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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1697


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  • Fecha salida:  09/12/2014
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: 

    La entidad mercantil consultante desarrolla la actividad de venta al menor de productos de alimentación congelados, por la que tiene la consideración de comerciante minorista a efectos del IGIC, contando con una amplia red de tiendas. Teniendo en cuenta la antigüedad y obsolescencia de la actual nave de almacenamiento y distribución logística, ha decidido abandonar las instalaciones de su propiedad y promover la construcción de una nueva planta de almacenamiento y distribución logística de los productos que comercializa. La construcción se realizará a través de distintas ejecuciones de obras que serán contratadas por la propia entidad mercantil consultante a distintos proveedores dentro de un proyecto de ejecución único y común y bajo una única dirección facultativa y de obra, sin que ninguna de las ejecuciones de obras entre en funcionamiento de forma independiente. Se describen las ejecuciones de obra que se pretenden desarrollar.

    Se desea conocer si resultaría de aplicación la exención prevista en el artículo 25 de la Ley 19/1994.

  • Respuesta: Resulta de aplicación la exención prevista en el artículo 25 de la Ley 19/1994 a las distintas ejecuciones de obras realizadas en favor de la entidad mercantil consultante, pues se realizan con ocasión de una inversión inicial al tener por objeto la transformación sustancial en el proceso general de producción de un establecimiento.
Actualizado  01/06/2021