Está en:

Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1762


  • Descargar  280,71 KB
  • Fecha salida:  22/02/2016
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: 

    La entidad mercantil pública consultante tiene la consideración de medio instrumental y servicio técnico del Ayuntamiento titular de su capital social. Dicho Ayuntamiento le ha encomendado diversas actuaciones de reurbanización y reposición de viviendas y de instalación de ascensores y rehabilitación de viviendas. Se consulta sobre la  aplicación de la no sujeción prevista en el artículo 9.1º de la Ley 20/1991, su consideración como promotor, la aplicación de la inversión del sujeto pasivo previsto en el artículo 19.1.2º.h) de la Ley 19/1994, la aplicación del tipo cero previsto en el artículo 58.1 y 2 de la Ley 4/2012 y la base imponible de las operaciones sujetas al IGIC.

  • Respuesta: 

    VÉASE CONTESTACIÓN A LA CONSULTA: ESTA CONSULTA HA SIDO SUSTITUIDA POR LA CONSULTA 1780 DE 6 DE JUNIO DE 2016

Actualizado  01/06/2021