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Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 1876


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  • Fecha salida:  27/03/2018
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: 

    La sociedad mercantil consultante con domicilio fiscal en Canarias tiene como objeto social la gestión y explotación de viviendas vacacionales, adquiriendo inmuebles a otros empresarios y a particulares.
    Consulta:
    - Si a dichas adquisiciones pudiera ser de aplicación la exención prevista en el artículo 25 de la Ley 19/1994 para el IGIC o para la modalidad transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
    - Respecto al requisito de entrada en funcionamiento, si se prorroga el plazo de tres meses debido al período de gestión y autorización para viviendas vacacionales en el Cabildo Insular de Gran Canaria.
    - Si existe la obligación de mantener una infraestructura empresarial con al menos un empleado a jornada completa y local.

  • Respuesta: 

    No resulta de aplicación la exención del artículo 25 de la Ley 19/1994 a la adquisición sujeta al IGIC de bienes inmuebles destinados a su explotación como viviendas vacacionales.

Actualizado  01/06/2021