Está en:

Consultas de Tributos REF y propios

Consulta VINCULANTE n° 2169


  • Descargar  184,73 KB
  • Fecha salida:  18/04/2023
  • Impuesto:  IGIC
  • Legislacion: 
  • Texto consulta: 

    La consultante, una sociedad con sede de actividad económica en las Islas Canarias, va a prestar servicios de consultoría para la mejora de la eficiencia energética a comunidades de propietarios situadas en el territorio de aplicación del Impuesto sobre el Valor Añadido. En el marco de estos contratos la consultante va a instalar los equipos o recursos necesarios y asume su mantenimiento.
    Se consulta si la operación descrita está o no sujeta al IGIC.

  • Respuesta: 

    Se encuentra no sujeta al IGIC la prestación de servicios de consultoría energética con la instalación de equipos y su mantenimiento, realizada sobre bienes inmuebles situados fuera de Canarias, con independencia de que la comunidad de propietarios destinataria del servicio disponga o no de la condición de empresario o profesional.

Actualizado  01/06/2021