Alegaciones en trámite de audiencia
Fecha de la última modificación: 29/05/2025
Si en un procedimiento tributario ha recibido una propuesta de resolución, tiene derecho a formular las alegaciones y presentar los documentos y justificantes que estime procedentes.
A estos efectos, el trámite de alegaciones no podrá tener una duración inferior a 10 días ni superior a 15 días.
Registro Electrónico o de forma presencial ante cualquier Registro General.
Acordeón invisible
- Escrito de alegaciones. Puede utilizar el siguiente modelo.
Acordeón invisible
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
Acordeón invisible
Tramitación
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Certificado digital o DNI electronico
- DNI + PIN
- Cl@ve
Presentar las alegaciones por registro presencial.