Alegaciones en trámite de audiencia
Fecha de la última modificación: 22/09/2026
Si en un procedimiento tributario has recibido una propuesta de resolución, tienes derecho a formular las alegaciones y presentar los documentos y justificantes que estimes procedentes.
En la propuesta de resolución que recibes se indica el plazo de alegaciones, que no podrá tener una duración inferior a 10 días ni superior a 15 días.
Acordeón invisible
Existe un modelo de alegaciones que debes cumplimentar y que puedes presentar por correo electrónico o presencial, junto con la documentación que consideres pertinente.
Acordeón invisible
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Acordeón invisible
Tramitación
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Certificado digital o DNI electrónico
- DNI + PIN
- Cl@ve