Certificado de estar dado de alta en el IGIC o AIEM

Fecha de la última modificación: 01/06/2026

Este certificado se emite en papel e implica el pago de tasas antes de presentar la solicitud

1. Descargar el modelo de solicitud y cumplimentarlo. La solicitud debe dirigirse a la oficina de la Agencia Tributaria Canaria correspondiente al domicilio fiscal en Canarias de la persona solicitante o, en su caso, a su establecimiento permanente principal.

2. Pagar la tasa correspondiente utilizando el Modelo 700.

3. Presentación: la solicitud, junto con la documentación necesaria, se puede presentar

4. Obtención del certificado: en la solicitud tienes la opción de marcar que se te envíe al domicilio fiscal. Si no, lo puedes recoger en las oficinas de atención de la Agencia Tributaria Canaria (plazo de entrega: 4 días).

 

El pago de tasas se realiza mediante el modelo 700 y hay que hacerlo antes de presentar la solicitud.

Al cumplimentar el modelo 700 debes seleccionar los siguientes epígrafes:

  • En el desplegable Concepto: 129 - Tasas por actuaciones de la Agencia Tributaria Canaria.
  • En el desplegable Tasa: 1- Expedición de certificados (4,58 €).

En caso de solicitar copias compulsadas del certificado, se tendrá que abonar la tasa correspondiente por cada compulsa.

Existen dos formas de pago para el modelo 700:

Al cumplimentar el modelo 700 debes seleccionar “En efectivo”. Imprime el modelo cumplimentado y realiza el pago en alguna de las entidades bancarias colaboradoras de la Agencia Tributaria Canaria.

No es necesario ser cliente de una de estas entidades bancarias y el método de pago dependerá de las opciones que ofrezca cada entidad: en efectivo, cajero automático…

Una vez realizado el pago, la entidad bancaria te proporcionará un justificante del pago de la tasa.

Entidades bancarias colaboradoras

Al cumplimentar el modelo 700 debes seleccionar “Pago telemático” y este se realiza directamente desde el propio modelo al finalizar su cumplimentación.

Para acceder al pago telemático es necesario disponer de una identificación electrónica reconocida (certificado digital o DNI electrónico, DNI + PIN o Cl@ve) y puedes elegir dos opciones para realizar el pago:

A) Si eres cliente de una entidad bancaria que permite el pago telemático: introducir el IBAN de tu cuenta en dicha entidad

B) Pago con tarjeta: mediante tarjeta de cualquier entidad bancaria, aunque no sea una entidad colaboradora

Una vez realizado el pago, se te generará un justificante del pago de la tasa.

Entidades bancarias colaboradoras

- Modelo de solicitud cumplimentado

- Justificante del pago de tasas

- Copia del DNI o del NIF del interesado

- Si el certificado se va a tramitar en representación de terceros, es imprescindible acreditar dicha representación tanto para solicitarlo como para retirarlo.

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Se ha habilitado la posibilidad de realizar el pago de tasas (modelo 700) telemáticamente mediante tarjeta bancaria de cualquier entidad.

Hasta ahora, la opción telemática únicamente se podía usar en caso de tener una cuenta en una de las entidades bancarias colaboradoras que permiten el pago telemático.  A partir de ahora, también se puede hacer con una tarjeta bancaria de cualquier entidad.

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