Modelo 403. Devolución de IGIC en régimen de viajeros (DIGIC)
Fecha de la última modificación: 01/06/2026
El modelo 403 se utilizará por los sujetos pasivos del IGIC que realicen ventas de bienes a viajeros no residentes en las Islas Canarias. A través de este documento electrónico de rembolso (DER), modelo 403, se permitirá a los viajeros tramitar y obtener la devolución en régimen de viajeros del IGIC por las compras realizadas en establecimientos ubicados en Canarias.
El sujeto pasivo que efectúe la entrega de los bienes (establecimiento comercial) deberá expedir, en el mismo momento de la entrega, la correspondiente factura y el DER, disponible en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, en los que se consignarán los bienes adquiridos y, separadamente el impuesto que corresponda.
Una vez efectuada la entrega, el establecimiento remitirá a la Agencia Tributaria Canaria, a través de la sede electrónica el DER correspondiente a la venta, debiendo entregar al viajero una copia del mismo.
Para generar el derecho a la devolución el propio viajero deberá presentar y validar el DER en los terminales interactivos (kioscos) existentes en cada uno de los puertos y aeropuertos canarios o en cualquier otro lugar habilitado al efecto.
Los bienes tendrán que salir del territorio canario en el plazo de los tres meses siguientes a aquel en que se haya efectuado la expedición de la factura.
El importe mínimo acumulado de todos los DER de un mismo viajero y viaje deberá ser igual o superior a 40 euros.
La documentación necesaria para tramitar la solicitud de reembolso es la siguiente:
- Factura de la compra
- DER debidamente cumplimentado
En el caso de viajeros residentes en la UE, además de lo anterior, deberá acreditarse que se ha satisfecho el IVA en su país de destino y que no existe exención del IVA o impuesto análogo en el plazo de un mes desde la salida del viajero.
El viajero recibirá una única devolución por el importe total de los DER tramitados. Ésta se realizará por transferencia a la cuenta bancaria consignada al efecto. El importe de la devolución se minorará en el importe de las posibles comisiones que se exijan por las entidades bancarias.
- Decreto 268/2011, de 4 agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.
- Orden de 29 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el modelo 403, documento electrónico de reembolso (DER), de solicitud de devolución del Impuesto General Indirecto Canario en el régimen de viajeros, se establecen las condiciones generales para su presentación y los requisitos, condiciones y procedimiento para la devolución, y se determina la cuantía mínima de cuota del Impuesto General Indirecto Canario o de la carga impositiva implícita a reembolsar.
- Resolución de 17 de febrero de 2023 de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria, por la que se establece el horario de presentación de los documentos electrónicos de reembolso (DER) en los terminales interactivos.
Tramitación
Se puede tramitar con las siguientes credenciales:
- Certificado digital o DNI electronico
- DNI + PIN
- Cl@ve
Formulario de generación del DER
Formulario de consulta, anulación o reenvío del DER