Modelo 425. Declaración resumen anual

Fecha de la última modificación: 13/07/2026

Declaración tributaria que contiene las operaciones realizadas a lo largo del año natural relativas a la liquidación del Impuesto General Indirecto Canario (en adelante IGIC).

- Sujetos pasivos en régimen general, salvo que estén obligados o hayan optado al SII en el censo de empresarios o profesionales del impuesto por la llevanza de libros de registro del IGIC a través de la Sede Electrónica de la ATC basado en el Suministro Inmediato de Información (SII).

- Sujetos pasivos en alguno de los siguientes regímenes especiales:

  1.  pequeño empresario o profesional
  2.  bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección
  3.  de las agencias de viajes.

La declaración resumen anual se debe presentar durante el mes de enero del año siguiente al que se refiera junto a la última autoliquidación del IGIC del año. Si la fecha de presentación del modelo coincide con un día inhábil, el plazo quedará ampliado hasta el siguiente día hábil.

 

Presentación telemática o presencial mediante un programa de ayuda disponible en distintas versiones.

Presentación telemática obligatoria para varios supuestos: consultar en el enlace modelos con presentación telemática

La presentación del modelo por registro electrónico carecerá de validez, teniéndose por no presentado.

El programa de ayuda para cumplimentar el modelo 425 está disponible en las siguientes versiones: 

  • Windows, Linux y Mac (requieren instalación)
  • Multiplataforma (no requiere instalación). Esta versión es un archivo .zip que hay que descargar y ubicar su contenido en una localización de tu equipo. Para ejecutarlo necesitas tener instalada una "Máquina Virtual Java".

     → Instrucciones para descargar y ejecutar el programa de ayuda Multiplataforma

Presentación telemática obligatoria a excepción de:

  • Las personas físicas que desarrollen exclusivamente la actividad de arrendamiento de inmuebles, siempre que el volumen de operaciones para el conjunto de sus actividades no hubiese excedido durante el año natural inmediato anterior de 50.000 euros y que:
    • Desarrollen exclusivamente la actividad de arrendamiento de inmuebles.
    • Realicen actividades por las que estuvieran acogidas al régimen simplificado.
  • Las personas físicas incluidas en el régimen especial del pequeño empresario o profesional.
  1. Descargar el programa de ayuda y cumplimentarlo. En el último paso, selecciona la opción de presentación telemática.
  2. El programa generará un fichero “.dec” y te indicará su nombre y su ruta de acceso, necesarios para el siguiente paso en el que deberás cargar dicho fichero en la sede electrónica.
  3. La presentación final tiene dos opciones dependiendo de si vas a presentar el modelo en el momento o posteriormente:
  • Opción A) Presentarlo en el momento: pulsa el botón “Continuar” o “Aceptar” y el programa conectará con la sede electrónica, donde se te mostrará el nombre completo del fichero “.dec” generado en el paso anterior. Copia toda la ruta del fichero, pulsa en “Examinar” (o “Seleccionar archivo” si estás utilizando Google Chrome) y se te abrirá una ventana en la que debes pegar la ruta del fichero en la caja de texto que se muestra junto a “Nombre”.
  • Opción B) Presentarlo en otro momento: copia y guarda la ruta completa del fichero “.dec” que se ha generado en el paso 2.  Cuando vayas a presentarlo, accede a la sede electrónica, pulsa en “Examinar” (o “Seleccionar archivo” si estás utilizando Google Chrome) y se te abrirá una ventana en la que debes pegar la ruta del fichero, que has guardado previamente, en la caja de texto que se muestra junto a “Nombre”.

Presentación colectiva:

El modelo 425 permite la presentación colectiva de hasta 20 autoliquidaciones. Se podrán presentar de manera colectiva las autoliquidaciones que resulten a compensar, a devolver, sin actividad, y aquellas cuyo resultado sea a ingresar y se opte por la domiciliación o solicitar el pago fraccionado.

Presentación en papel mediante programa de ayuda:

  1. Descargar el programa de ayuda y cumplimentarlo. En el último paso, selecciona la opción de imprimir (generar presentación oficial). 
  2. Se te generará un pdf que debes imprimir para presentarlo en la oficina tributaria, junto con la documentación necesaria.

Asistencia presencial:

Si no usas el programa de ayuda, en las oficinas tributarias dispones de asistencia presencial para cumplimentar y presentar este modelo, aportando la documentación necesaria.

El modelo 425 no lleva aparejado pago, es una declaración resumen.

En el caso de presentación telemática, no debe anexarse ningún documento a la declaración.

En el caso de presentación presencial en papel ha de presentarse en el “sobre anual” adjunto a este modelo, en el que deben introducirse los siguientes documentos:

El ejemplar para la Administración de la Declaración-resumen anual (Modelo 425).

El ejemplar para el Sobre Anual de todas las autoliquidaciones periódicas del IGIC correspondientes al ejercicio presentadas en papel. Si no dispone del ejemplar para el Sobre Anual de alguna autoliquidación, ha de introducir en el sobre una copia del ejemplar para el Sujeto Pasivo.

  • Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.
  • Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Directora, por la que se modifica el modelo 425 de declaración-resumen anual del Impuesto General Indirecto Canario.
  • Resolución de 22 de marzo de 2024, por la que se determinan los modelos de declaración y autoliquidación tributaria que se pueden presentar telemáticamente y se establecen los supuestos y condiciones de presentación telemática obligatoria.
  • Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento de gestión de los tributos derivados del régimen económico y fiscal de Canarias, según redacción dada por el Decreto 111/2018, de 30 de julio. (También Reglamento de Gestión).
  • Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales el Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

Tramitación

1. Descargar el programa de ayuda y cumplimentarlo:

 Para Windows (2025)

Para Linux (2025)

Para Mac (2025)

Multiplataforma (2025)

Instrucciones para descargar y ejecutar el programa de ayuda Multiplataforma

Versiones anteriores

2. Presentarlo:

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electronico
  • DNI + PIN
  • Cl@ve

Opción A) Presentarlo en el momento: desde el propio programa ayuda conectarás con la sede electrónica

Opción B) Presentarlo en otro momento a través de los siguientes enlaces:

Presentación individual sede electrónica

Presentación colectiva sede electrónica

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