Modelo 620. Compraventa de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados entre particulares

Fecha de la última modificación: 01/06/2026

Este modelo 620 se utilizará para las autoliquidaciones que se practiquen por la transmisión de vehículos, embarcaciones o aeronaves usados, cuando el trasmitente (vendedor) no sea empresario o profesional.

El plazo para la presentación de las autoliquidaciones relativas a actos o contratos sujetos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados será de un mes a contar desde el momento en que se cause el acto o contrato.

Los particulares podrán optar por la presentación telemática o a través de las Oficinas tributarias.

Los modelos tributarios no se pueden presentar por registro electrónico porque no tendrán validez.

En todo caso, las personas jurídicas, los colaboradores sociales y los presentadores habituales están obligados a la presentación telemática.

La presentación de la autoliquidación podrá realizarse telemáticamente, a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria Canaria, para ello deberá confeccionar y presentar el modelo 620 a través del formulario  disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria. 

Adicionalmente, aquellas personas o entidades que dispongan de módulos de generación de la declaración en formato “.dec”, podrán presentarla través del siguiente enlace.

En el supuesto de personas obligadas a relacionarse telemáticamente con esta administración tributaria, únicamente quedará exonerado de dicha obligación cuando la declaración o autoliquidación tributaria no pueda cumplimentarse con los medios tecnológicos o programas de ayuda puestos a disposición por la Agencia Tributaria Canaria y esta circunstancia quede debidamente acreditada.

  • Original y copia del documento en el que conste o se relacione el acto o contrato que ha originado el devengo del tributo (puede utilizar el modelo de ejemplo siguiente).
  • Copia del NIF/NIE del sujeto pasivo.
  • Copia del NIF/NIE del transmitente.
  • En el caso de vehículos, copia del permiso de circulación y ficha técnica del medio de transporte usado, o en su defecto, los antecedentes facilitados por la Jefatura de Tráfico y demás documentación relacionada en la Orden del Consejero de Economía y Hacienda, de 9 de marzo de 2006, por la que se regula el cumplimiento de obligaciones tributarias, en relación a los tributos gestionados por la Agencia Tributaria Canaria, exigibles para la transmisión, cambio de residencia o matriculación española de determinados medios de transporte.
  • En el caso de embarcaciones o aeronaves usadas, además hay que aportar las hojas de características técnicas de estos medios de transporte y en el caso de embarcaciones el certificado del registro marítimo del país donde se encuentra registrado con su hoja de asiento.
  • Copia del Informe de valoración previa, si se ha solicitado a la Agencia Tributaria Canaria.
  • En el caso de no ser residente en Canarias, acreditar dicha residencia mediante el correspondiente certificado de empadronamiento o, en su defecto, contrato de arrendamiento actualizado. 

Se podrán seleccionar alguno de los siguientes modos de pago:

Para poder pagar telemáticamente a través de nuestra sede electrónica, tienes que ser cliente de las entidades bancarias que trabajan con nuestra pasarela de pago. En el siguiente enlace puedes consultar las entidades con las que puedes hacer el pago telemático o el adeudo en cuenta: 

       Pago telemático y presentación en un único trámite

Cuando su situación económico-financiera le impida efectuar el pago de deudas tributarias en los plazos establecidos, existe la posibilidad de fraccionar dicho pago. A este respecto, en la forma de pago, se debe seleccionar la opción de Pago Fraccionado.

Únicamente podrán seleccionar esta opción los contribuyentes que sean clientes de las entidades bancarias colaboradoras.

En el caso de que la entidad bancaria desde la cual se pretenda hacer el pago, no sea una de las entidades bancarias colaboradoras, se pueden realizar y finalizar la presentación telemática, para después abonar el pago directamente en una entidad bancaria colaboradora. El método de pago dependerá de las opciones que ofrezca cada entidad: ventanilla, cajero automático o banca electrónica.

Para ejercitar esta opción, una vez finalizada la presentación telemática, se debe descargar e imprimir el documento de autoliquidación ya presentada sin ingresar, en su "Área personal > Operaciones telemáticas > Presentaciones telemáticas

MUY IMPORTANTE: El pago a través de la entidad colaboradora debe realizarse con el mismo documento y número de justificante que aparece en la autoliquidación presentada telemáticamente, en caso contrario, dicha autoliquidación constará como presentada sin ingreso, generando una deuda tributaria.

En los siguientes enlaces puedes consultar las entidades colaboradoras en las que puedes hacer el pago diferido, aunque no seas cliente de ellas, y una guía sobre cómo hacerlo:

Si se selecciona esta opción, se deberá imprimir el modelo generado y acudir a una entidad bancaria colaboradora y satisfacer el importe que corresponda. Con posterioridad se deberá acudir a alguna de nuestras oficinas de atención tributaria para su presentación.

Normativa autonómica

  • Orden de 28 de abril de 2017, por la que se modifican diversas Órdenes con el objeto de establecer la presentación telemática obligatoria de modelos de autoliquidación, y de autorización a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria para establecer la obligación de presentar telemáticamente determinadas declaraciones tributarias.
  • Orden de 13 de marzo de 2007, por la que aprueba el modelo 620, de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados.
  • Resolución de 11 de noviembre de 2019, por la que se adapta el modelo 620 de autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de compraventa de determinados medios de transporte usados.

Normativa estatal

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electronico
  • DNI + PIN
  • Cl@ve

Cumplimentar modelo

 

Cumplimentar el modelo, imprimirlo y presentar en las oficinas tributarias.

Tramitación icono flecha hacia abajo

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