Modelo 651. Autoliquidación de donaciones

Fecha de la última modificación: 07/04/2026

Este impuesto debe ser objeto de autoliquidación cuando una persona, en vida, cede gratuitamente bienes o derechos a otra persona física.

El plazo de presentación es de un mes a contar desde el momento en que se realice el acto o contrato.

  • Adquirentes de bienes inmuebles y derechos sobre los mismos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito e inter vivos, cuando dichos inmuebles radiquen en las Islas Canarias.
  • Adquirentes de otros bienes y derechos (incluidos inmuebles sitos en el extranjero), cuando el donatario tenga su residencia habitual en Islas Canarias.
  • Adquirentes con residencia habitual en el extranjero, cuando el mayor valor de los bienes y derechos adquiridos radique en Islas Canarias.

Los particulares podrán optar por la presentación telemática o a través de las Oficinas tributarias.

En todo caso, las personas jurídicas, los colaboradores sociales y los presentadores habituales están obligados a la presentación telemática.

Los modelos tributarios no se pueden presentar por registro electrónico porque no tendrán validez.

Presentación telemática cuando el presentador sea una entidad obligada a relacionarse telemáticamente, ser un colaborador social de la Agencia Tributaria Canaria o tenga la consideración de presentador habitual. 

Presentación telemática mediante programa de ayuda:

  1. Descargar el programa de ayuda correspondiente al año del devengo (fallecimiento) y cumplimentarlo. En el último paso, selecciona la opción de presentación telemática.
  2. El programa generará un fichero “.dec” y te indicará su nombre y su ruta de acceso, necesarios para el siguiente paso en el que deberás cargar dicho fichero en la sede electrónica.
  3. La presentación final tiene dos opciones dependiendo de si vas a presentar el modelo en el momento o posteriormente:
  • Opción A) Presentarlo en el momento: pulsa el botón “Continuar” o “Aceptar” y el programa conectará con la sede electrónica, donde se te mostrará el nombre completo del fichero “.dec” generado en el paso anterior. Copia toda la ruta del fichero, pulsa en “Examinar” (o “Seleccionar archivo” si estás utilizando Google Chrome) y se te abrirá una ventana en la que debes pegar la ruta del fichero en la caja de texto que se muestra junto a “Nombre”.
  • Opción B) Presentarlo en otro momento: copia y guarda la ruta completa del fichero “.dec” que se ha generado en el paso 2.  Cuando vayas a presentarlo, accede a la sede electrónica, pulsa en “Examinar” (o “Seleccionar archivo” si estás utilizando Google Chrome) y se te abrirá una ventana en la que debes pegar la ruta del fichero, que has guardado previamente, en la caja de texto que se muestra junto a “Nombre”.

Presentación en papel mediante programa de ayuda:

  1. Descargar el programa de ayuda correspondiente al año del devengo (fallecimiento) y cumplimentarlo. En el último paso, selecciona la opción de imprimir (generar presentación oficial). 
  2. Se te generará un pdf que debes imprimir para presentarlo en la oficina tributaria, junto con la documentación necesaria.

Asistencia presencial:

Si no usas el programa de ayuda, en las oficinas tributarias dispones de asistencia presencial para cumplimentar y presentar este modelo, aportando la documentación necesaria.

Se podrán seleccionar alguno de los siguientes modos de pago:

Para poder pagar telemáticamente a través de nuestra sede electrónica, tienes que ser cliente de las entidades bancarias que trabajan con nuestra pasarela de pago. En el siguiente enlace puedes consultar las entidades con las que puedes hacer el pago telemático o el adeudo en cuenta: 

Cuando su situación económico-financiera le impida efectuar el pago de deudas tributarias en los plazos establecidos, existe la posibilidad de fraccionar dicho pago. A este respecto, en la forma de pago, se debe seleccionar la opción de Pago Fraccionado.

Únicamente podrán seleccionar esta opción los contribuyentes que sean clientes de las entidades bancarias colaboradoras.

En el caso de que la entidad bancaria desde la cual se pretenda hacer el pago, no sea una de las entidades bancarias colaboradoras, se pueden realizar y finalizar la presentación telemática, para después abonar el pago directamente en una entidad bancaria colaboradora. El método de pago dependerá de las opciones que ofrezca cada entidad: ventanilla, cajero automático o banca electrónica.

Para ejercitar esta opción, una vez finalizada la presentación telemática, se debe descargar e imprimir el documento de autoliquidación ya presentada sin ingresar, en su "Área personal > Operaciones telemáticas > Presentaciones telemáticas

MUY IMPORTANTE: El pago a través de la entidad colaboradora debe realizarse con el mismo documento y número de justificante que aparece en la autoliquidación presentada telemáticamente, en caso contrario, dicha autoliquidación constará como presentada sin ingreso, generando una deuda tributaria.

En los siguientes enlaces puedes consultar las entidades colaboradoras en las que puedes hacer el pago diferido, aunque no seas cliente de ellas, y una guía sobre cómo hacerlo:

Si se selecciona esta opción, se deberá imprimir el modelo generado y acudir a una entidad bancaria colaboradora y satisfacer el importe que corresponda. Con posterioridad se deberá acudir a alguna de nuestras oficinas de atención tributaria para su presentación.

  • Fotocopia NIF/NIE donante/s y donatario/s.
  • Original y copia del documento en el que conste o se relacione el acto que origina el tributo. Si se trata de un documento notarial, original y copia simple.
  • En caso de donación de bienes muebles, deberá aportarse el certificado de empadronamiento
    histórico del donatario/s para poder acreditar la competencia y, por tanto, la bonificación del impuesto en los supuestos de los grupos I y II.
  • Si no acude el obligado tributario (donatario), la persona que acuda a la oficina deberá venir perfectamente autorizada para realizar este trámite en su nombre.
  • Si solo viene a presentarlo, modelo 651 debidamente cumplimentado, firmado y pagado en entidad colaboradora, si fuera el caso.

Normativa autonómica

Normativa estatal

Tramitación

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electronico
  • DNI + PIN
  • Cl@ve

Descargar el programa de ayuda:

Para Windows (2026)

Para Linux (2026)

Para Mac (2026)

Multiplataforma (2026)

Versiones anteriores

Para presentación posterior:

Presentación individual en sede electrónica

1. Descargar el programa de ayuda:

Para Windows (2026)

Para Linux (2026)

Para Mac (2026)

Multiplataforma (2026)

Versiones anteriores

2. Presentar el modelo en las oficinas tributarias:

Oficinas tributarias

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