Solicitud especial de aplazamiento/fraccionamiento de pago: Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD)

Fecha de la última modificación: 12/06/2025

Existen aplazamientos y fraccionamientos específicos para las deudas derivadas de la liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones que pueden ser solicitados al órgano de gestión del tributo. 

Estos supuestos contemplan, previo cumplimiento de los requisitos necesarios, el aplazamiento de la deuda por término de hasta un año, el fraccionamiento hasta por cinco anualidades, el aplazamiento en el caso de la existencia de causahabientes desconocidos, el aplazamiento en el caso de adquisiciones de empresas individuales y/o vivienda habitual del causante y el fraccionamiento de la deuda derivada de las cantidades percibidas en forma de renta por contratos de seguros sobre la vida.
 

La solicitud de pago fraccionado se deberá añadir en el momento de la confección de la correspondiente autoliquidación a través del programa de ayuda para la cumplimentación del modelo de autoliquidación (Modelo 650/660).  

A este respecto, en la casilla de Ingreso, en la Forma de pago, se debe seleccionar la opción "Pago fraccionado supuesto especial".

Se podrá solicitar el fraccionamiento de autoliquidaciones ya presentadas o de deudas liquidadas y notificadas, mediante la remisisón del siguiente modelo en el Registro electrónico o de manera presencial en las oficinas de registro.

Modelo de autoliquidación o documento de donde resulte la liquidación cuyo importe desea fraccionar. 

Tramitación

Presentar la solicitud por registro electrónico

Se puede tramitar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electronico
  • DNI + PIN
  • Cl@ve

Registro electrónico

 

Presentar la solicitud por registro presencial

Oficinas de registro

 

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