Pago diferido

La retirada de la mercancía importada está condicionada al pago previo de los impuestos devengados o alternativamente a la constitución de una garantía.

El Código Aduanero de la Unión establece que debe haberse satisfecho o garantizado el importe de la deuda para la concesión del levante de la mercancía si la admisión de una declaración en aduana implicara el nacimiento de la misma.

El aval es la garantía otorgada por una entidad financiera o una sociedad de garantía recíproca.

1. Descargar el modelo de aval desde la Sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.

2. El documento de aval deberá ser emitido electrónicamente por la Entidad Avalista.

3. Solicitar el bastanteo de los documentos a depositar, a los Servicios Jurídicos del Gobierno de Canarias, a través de la Sede Electrónica.

(Siendo obligatoria la presentación de la solicitud de bastanteo, a través de la Sede Electrónica, para los interesados que enumera el apartado 2 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.)

4. Una vez bastanteados los documentos, los Servicios Jurídicos los remitirán a la Caja de Depósitos (Dirección General del Tesoro y Política Financiera) para la constitución de los depósitos.

5. Constitución de los depósitos por parte de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

6. Constituidos los correspondientes depósitos, se notificarán y remitirán los resguardos de constitución, por comparecencia en Sede Electrónica, a los referidos interesados que están obligados a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

7. Presentar el modelo de aval y número de resguardo por alguna de las siguientes vías:

  • Por Registro Electrónico de la ATC (dirigido a: Administración de Tributos a la Importación y Especiales de Las Palmas / de Santa Cruz de Tenerife).
  • De forma presencial ante cualquier Registro General (dirigido a las mismas Administraciones anteriores).

Acordeón invisible

  • Modelo de aval
  • Número de resguardo (documento emitido por la Caja de Depósitos)

Acordeón invisible

  • Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias. 
  • Decreto 268/2011, de 4 agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias
  • Ley 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del Arbitrio sobre las Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias.
  • Reglamento Nº 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el Código Aduanero de la Unión (CAU).
  • Decreto 241/2017, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja de Depósitos de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  • Orden de 17 mayo de 2011, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen los modelos de garantía en relación con los tributos exigibles con ocasión de la importación de bienes, así como en distintas operaciones relacionadas con el Impuesto sobre las Labores del Tabaco.

Acordeón invisible

Tramitación

Se puede presentar con las siguientes credenciales:

  • Certificado digital o DNI electrónico
  • DNI + PIN
  • Cl@ve

Descargar modelo

Solicitar bastanteo

Registro electrónico

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