A nivel general La Comisión de Seguimiento del Régimen Específico de Abastecimiento pasa a depender de la Dirección General de Comercio y Consumo, de la Consejería de Industria y Comercio
Artículo 1 (apartado 2). Modificado
Artículo 2 (apartados 1 y 3). Modificado
Artículo 5 Modificado