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Decreto 28/1991, 21 febrero, por el que se delegan en el Consejero de Economía y Comercio competencias en relación con las Cajas de Ahorros

Publicado en:

Ley 13/1990, 26 julio, de Cajas de Ahorros

Artículo 3 (apartado 2). Competencias delegadas en el Consejero de Economía y Comercio
Artículo 8 (apartado 1). Competencias delegadas en el Consejero de Economía y Comercio
Artículo 9 (apartado 1). Competencias delegadas en el Consejero de Economía y Comercio
Artículo 15 Competencias delegadas en el Consejero de Economía y Comercio
Artículo 56 (apartado 1.i). Competencias delegadas en el Consejero de Economía y Comercio
Artículo 63 Competencias delegadas en el Consejero de Economía y Comercio

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