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 1.2.3. Las TIC en la normativa canaria

La Ley 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educaci�n no Universitaria, constituye el marco normativo auton�mico vigente. En su Exposici�n de Motivos se recoge la importancia de la integraci�n de las TIC en la actividad de la Escuela para contribuir al logro de los objetivos de la Educaci�n en Canarias:

"II
Sin lugar a dudas, es el momento oportuno para estimular m�todos educativos y formas de aprendizaje de gran calidad e innovadores utilizando las tecnolog�as y los contenidos digitales. El marco de funcionamiento de los centros de ense�anza debe cambiar para que puedan poner en pr�ctica formas de aprendizaje que incorporen las TIC y entornos de aprendizaje abiertos. La posibilidad de hacer un seguimiento m�s estructurado y transparente facilita la tarea del docente de acompa�ar a cada alumno y alumna. Aplicar las medidas necesarias desde una fase temprana ser� posible, adem�s, con la ayuda de las nuevas tecnolog�as; ofrecer distintos m�todos de aprendizaje que se adapten a cada alumno o alumna participante. Todos los estilos de aprendizaje pueden apoyarse en un grado considerablemente mayor que antes gracias a las tecnolog�as digitales
".


La Ley Canaria de Educaci�n tambi�n contempla en numerosos art�culos la presencia de las TIC en la actividad educativa:

"Art�culo 9.- Las familias.

3. Las familias tienen derecho a recibir de los centros docentes, de forma peri�dica y adecuada, la informaci�n sobre la evoluci�n escolar de sus hijos e hijas, as� como sobre sus oportunidades educativas. A tal fin, los centros educativos establecer�n procedimientos incorporando las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n para facilitar la relaci�n de las familias con el profesorado, as� como para garantizar que sean o�das en aquellas decisiones que afecten a dicha evoluci�n escolar, especialmente en las decisiones que correspondan a la repetici�n de curso o en la elecci�n de distintas opciones educativas.
(...)

CAP�TULO V
PROGRAMAS Y ENTORNOS EDUCATIVOS
Art�culo 23.- Programas y proyectos educativos espec�ficos.

8. El Gobierno pondr� en marcha un plan de modernizaci�n tecnol�gica del sistema educativo que incluir�, entre otras, medidas destinadas a facilitar el acceso a la banda ancha de todos los centros y servicios educativos.

Art�culo 24.- Espacios educativos virtuales y nuevos entornos para el aprendizaje y la comunicaci�n.

2. La consejer�a competente en materia educativa promover� el desarrollo de entornos de aprendizaje abiertos que ofrezcan nuevas condiciones y formas de aprendizaje y docencia adaptadas a un mundo digitalizado, as� como la utilizaci�n de recursos educativos abiertos, es decir, un mayor acceso al conocimiento, el material did�ctico y otros recursos de apoyo en internet y la formaci�n del profesorado y de todos los miembros de la comunidad educativa para que dominen estas tecnolog�as.

(...)

4. La estructura y la organizaci�n de los centros deben definir entornos de aprendizaje que permitan el trabajo en red y las distintas formas de transmisi�n de conocimientos a los grupos o clases, as� como las actividades individuales de trabajo y estudio. A tal fin, los proyectos constructivos de centros educativos deben definir espacios, instalaciones y equipamientos que maximicen la sostenibilidad, reduzcan el impacto ambiental y permitan integrar las tecnolog�as digitales, y deben configurar entornos de ense�anza y aprendizaje funcionales y ergon�micos que estimulen la vinculaci�n del alumnado con el proceso de aprendizaje.

Art�culo 28.- Las ense�anzas del sistema educativo no universitario.

4. Los curr�culos de la educaci�n b�sica deben orientarse a la adquisici�n de las capacidades esenciales y las competencias b�sicas que deben contribuir al desarrollo personal de los alumnos y alumnas y a la pr�ctica de la ciudadan�a activa y deben incorporar, de forma generalizada, las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n en los procesos de aprendizaje.

Art�culo 33.- La formaci�n profesional.

4. Adem�s de los m�dulos asociados a competencias profesionales, todos los ciclos formativos de formaci�n profesional incluir�n en su curr�culo formaci�n relativa a prevenci�n de riesgos laborales y medioambientales, tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n, fomento de la cultura emprendedora, creaci�n y gesti�n de empresas y autoempleo y conocimiento del mercado de trabajo y de las relaciones laborales.

Art�culo 39.- Programaci�n anual de ense�anzas y pruebas para las personas adultas.

4. Las ense�anzas para personas adultas se podr�n impartir en las modalidades presencial, semipresencial y a distancia. Las modalidades semipresencial y a distancia se impartir�n en los centros que sean autorizados por la administraci�n educativa para realizar estas ofertas de ense�anzas, de acuerdo con la planificaci�n educativa. Estas modalidades se realizar�n utilizando, preferentemente, las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n.

Art�culo 43.- Plan Estrat�gico de Atenci�n a la Diversidad (PEAD).

3. La administraci�n educativa impulsar� a trav�s del PEAD, entre otras, las siguientes medidas:
e) Dotar de recursos humanos y materiales y especialmente:
- Dotar a los centros educativos de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n necesarias para llevar a cabo los proyectos educativos: equipos inform�ticos en la etapa de infantil y primaria, pizarras digitales y todos aquellos recursos materiales que posibiliten la calidad en la ense�anza y el aprendizaje.

Art�culo 64.- Formaci�n y promoci�n de la carrera docente.

3. La formaci�n inicial del profesorado debe comprender, al menos, la capacitaci�n adecuada para afrontar los retos del sistema educativo, en el marco de los principios y objetivos de la presente ley, la adquisici�n de conocimientos y el desarrollo de capacidades y aptitudes profesionales, entre las cuales debe figurar el dominio equilibrado de los contenidos de las disciplinas y de aspectos psicopedag�gicos, el conocimiento suficiente de una lengua extranjera, el dominio de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n y el conocimiento de las instituciones y la cultura europea, espa�ola y canaria".

El an�lisis de diversos decretos de �mbito auton�mico nos ayuda a contextualizar la relevancia de la integraci�n real de las TIC en los centros educativos. A saber:

  • El Decreto 106/2009, de 28 de julio, por el que se regula la funci�n directiva en los centros docentes p�blicos no universitarios dependientes de la Comunidad Aut�noma de Canarias, establece que entre las funciones del equipo directivo est� el "h) Fomentar la participaci�n del centro docente p�blico en proyectos europeos, de innovaci�n y desarrollo de la calidad y equidad educativa, en proyectos de formaci�n y de perfeccionamiento de la acci�n docente del profesorado, y de uso integrado de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n en la ense�anza".
  • El Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Org�nico de los centros docentes p�blicos no universitarios de la Comunidad Aut�noma de Canarias, establece los principios de actuaci�n y las competencias en materias relativas al fomento del uso y a la integraci�n de las TIC en el centro:

"Art�culo 12.- Principios de actuaci�n.

e) Impulsar el uso de las tecnolog�as de la comunicaci�n y de la informaci�n como instrumento de modernizaci�n administrativa de los centros y de adaptaci�n e incorporaci�n del alumnado a una sociedad en cambio constante.

Art�culo 25.- Competencias de la comisi�n de coordinaci�n pedag�gica.

d) Promover la innovaci�n pedag�gica, el trabajo interdisciplinar, el uso de las nuevas tecnolog�as y el trabajo colaborativo del profesorado.

Art�culo 32.- Competencias de los departamentos de coordinaci�n did�ctica.

e) Proponer actividades de formaci�n que promuevan la actualizaci�n did�ctica del profesorado y la utilizaci�n de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n, de acuerdo con el proyecto educativo del centro.

Art�culo 39.- Proyecto educativo.

j) El plan de integraci�n de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n recoger� las actuaciones que fomenten su uso como herramienta de trabajo en el aula y en las relaciones de los miembros de la comunidad educativa".


El Decreto 89/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la ordenaci�n y el curr�culo de la Educaci�n Primaria en la Comunidad Aut�noma de Canarias, pone de relieve la presencia y la importancia de las TIC en el aula:

"Art�culo 5.- Competencias.

1. A trav�s del curr�culo se garantizar� el desarrollo de las siguientes competencias:
(...)
2�) Competencia matem�tica y competencias b�sicas en ciencia y tecnolog�a.

Art�culo 6.- Elementos transversales.

1. Sin perjuicio de su tratamiento espec�fico en algunas de las asignaturas de la etapa, con car�cter general, se trabajar�n los elementos transversales recogidos en el art�culo 10 del Real Decreto 126/2014, con una especial atenci�n al desarrollo de estrategias de comprensi�n y producci�n oral y escrita y a la formaci�n para la participaci�n responsable y segura en los nuevos �mbitos socioculturales generados por las tecnolog�as digitales de expresi�n, interacci�n y tratamiento de la informaci�n, que ser�n objeto de aprendizaje en algunas de las �reas de la etapa, y adem�s deben ser utilizadas como recurso en todas las �reas, en aras de la adquisici�n de la autonom�a del alumnado".

El DECRETO 315/2015, de 28 de agosto, por el que se establece la ordenaci�n de la Educaci�n Secundaria Obligatoria y del Bachillerato en la Comunidad Aut�noma de Canarias. En el art�culo 24 podemos leer lo siguiente:

"Art�culo 24.- Metodolog�a did�ctica.
(...) 5. La educaci�n en valores deber� estar presente tambi�n con el fin de desarrollar en el alumnado una madurez personal y social que le permita actuar de forma responsable, reflexiva, cr�tica y aut�noma. Adem�s, se deber� propiciar el uso de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n como herramienta de apoyo esencial en su proceso de aprendizaje
".

El art�culo 3 del Decreto 127/2007, de 24 de mayo, y dentro de los objetivos de la etapa, se�ala el de "desarrollar destrezas b�sicas en la utilizaci�n de las fuentes de informaci�n para, con sentido cr�tico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparaci�n b�sica en el campo de las tecnolog�as, especialmente las de la informaci�n y la comunicaci�n".

Asimismo se incluye como �rea de esta etapa, las Tecnolog�as de la Informaci�n y la Comunicaci�n que debe impartirse en todos los cursos.

El art�culo 7 del mismo decreto, relativo a las competencias b�sicas, se�ala como la cuarta competencia:

"el tratamiento de la informaci�n y competencia digital: El dominio de esta competencia supone el ejercicio de una serie de destrezas y habilidades que incluyen la obtenci�n cr�tica de informaci�n utilizando distintas estrategias y soportes, su transformaci�n en conocimiento y la adecuada transmisi�n mediante un conjunto de recursos que van desde t�cnicas y lenguajes determinados hasta las posibilidades ofrecidas por las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n. La competencia comporta asimismo hacer uso habitual de los recursos tecnol�gicos disponibles para resolver problemas reales de modo eficaz".

Con respecto al Decreto 202/2008, de 30 de septiembre, podemos se�alar el anexo I sobre las competencias generales del Bachillerato, trata de la competencia en el tratamiento de la informaci�n y la competencia digital a trav�s del apropiado empleo de las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n en tres vertientes: las tecnolog�as de transmisi�n (presentaciones, comunicaci�n...), las interactivas (recursos con posibilidades de interactuaci�n, sea en DVD, formato web, etc.), y las colaborativas (comunidades virtuales, sobre todo).

La Consejer�a de Educaci�n y Universidades, consciente de la necesidad de que los centros educativos cuenten con profesorado debidamente capacitado y acreditado para liderar junto con los equipos directivos la plena integraci�n de las TIC, ha promovido desde el curso escolar 2012-2013 un procedimiento de �Acreditaci�n en TIC�. Toda la informaci�n relativa a este procedimiento est� disponible en la web de la Consejer�a de Educaci�n:

http://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/perfeccionamiento/areapersonal/aulatic.php?id=10

Acreditaci�n TIC


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