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 2.1. Participaci�n democr�tica

En lo relativo al marco legislativo de aplicaci�n, debemos destacar que la participaci�n en el control y gesti�n de los centros est� ampliamente regulada, apareciendo referencias en la Constituci�n Espa�ola de 1978, en la Ley Org�nica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), en la Ley Org�nica de Educaci�n (LOE), en el Reglamento Org�nico de los centros, en el Decreto que regula la convivencia en el �mbito educativo en Canarias, en las propias Normas de Organizaci�n y Funcionamiento de los centros, y en la LEY 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educaci�n no Universitaria. No es objeto de este documento hacer una revisi�n exhaustiva de esta normativa, pues creemos que dicha informaci�n se incluye como parte del contenido de otros temas en este curso. Sin embargo, nos parece interesante traer aqu� una breve rese�a normativa que nos ayudar� a ponernos en situaci�n, en particular de la participaci�n de las familias en la vida de los centros educativos. No es objeto de este documento hacer una revisi�n exhaustiva de esta normativa, pues creemos que dicha informaci�n se incluye como parte del contenido de otros temas en este curso. Sin embargo, nos parece interesante traer aqu� una breve rese�a normativa que nos ayudar� a ponernos en situaci�n, en particular de la participaci�n de las familias en la vida de los centros educativos.

En su Disposici�n final primera, la LOE establece que:

"1. El art�culo 4 de la Ley Org�nica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educaci�n, queda redactado de la siguiente manera:
1. Los padres o tutores, en relaci�n con la educaci�n de sus hijos o pupilos, tienen los siguientes derechos:

(...)

e) A participar en el proceso de ense�anza y aprendizaje de sus hijos.
f) A participar en la organizaci�n, funcionamiento, gobierno y evaluaci�n del centro educativo, en los t�rminos establecidos en las leyes.
g) A ser o�dos en aquellas decisiones que afecten a la orientaci�n acad�mica y profesional de sus hijos.

2. Asimismo, como primeros responsables de la educaci�n de sus hijos o pupilos, les corresponde:

  1. Adoptar las medidas necesarias, o solicitar la ayuda correspondiente en caso de dificultad, para que sus hijos o pupilos cursen las ense�anzas obligatorias y asistan regularmente a clase.
  2. Proporcionar, en la medida de sus disponibilidades, los recursos y las condiciones necesarias para el progreso escolar.
  3. Estimularles para que lleven a cabo las actividades de estudio que se les encomienden.
  4. Participar de manera activa en las actividades que se establezcan en virtud de los compromisos educativos que los centros establezcan con las familias, para mejorar el rendimiento de sus hijos.
  5. Conocer, participar y apoyar la evoluci�n de su proceso educativo, en colaboraci�n con los profesores y los centros.
  6. Respetar y hacer respetar las normas establecidas por el centro, la autoridad y las indicaciones u orientaciones educativas del profesorado.
  7. Fomentar el respeto por todos los componentes de la comunidad educativa."

Esta misma disposici�n de la LOE establece que "Las Administraciones educativas favorecer�n el ejercicio del derecho de asociaci�n de los padres, as� como la formaci�n de federaciones y confederaciones".

La LOMCE actualiza el art�culo 132 de la LOE, sobre las competencias de la direcci�n, para incidir en que debe "g) Impulsar la colaboraci�n con las familias, con instituciones y con organismos que faciliten la relaci�n del centro con el entorno, y fomentar un clima escolar que favorezca el estudio y el desarrollo de cuantas actuaciones propicien una formaci�n integral en conocimientos y valores de los alumnos y alumnas".

El Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el �mbito educativo de la Comunidad Aut�noma de Canarias, dedica el cap�tulo II a abordar los Derechos de las familias (art�culos 19 a 21) y las Obligaciones de las mismas (art�culos 22 a 24).

El Decreto 81/2010, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Org�nico de los centros docentes p�blicos no universitarios de la Comunidad Aut�noma de Canarias, y la Orden de 9 de octubre de 2013, por la que se desarrolla el ROC, tambi�n incorporan la participaci�n, en especial de las familias, como un elemento clave de la mejora de la Calidad de la Educaci�n y de la participaci�n en la vida dos centros educativos. El art�culo 11 del ROC, relativo a la participaci�n de la comunidad educativa, establece que:

"1. Los distintos sectores de la comunidad educativa participar�n en el gobierno de los centros docentes a trav�s del Consejo Escolar.
2. El profesorado participar�, adem�s, en la toma de decisiones pedag�gicas que correspondan al Claustro, a los �rganos de coordinaci�n y a los equipos docentes.
3. Los padres y madres podr�n igualmente participar en el funcionamiento de los centros a trav�s de las asociaciones que legalmente se constituyan, y de acuerdo con la normativa de aplicaci�n.
4. El alumnado participar�, adem�s, en el funcionamiento de los centros a trav�s de los delegados y delegadas de grupo, que constituir�n la junta de delegados y delegadas, y de las asociaciones de alumnado del centro legalmente constituidas
".


La LEY 6/2014, de 25 de julio, Canaria de Educaci�n no Universitaria establece entre sus principios rectores (art�culo 3.e) "La corresponsabilidad de todos los agentes educativos para lograr que la educaci�n sea considerada como uno de los bienes m�s preciados dentro de la sociedad y que toda la poblaci�n pueda formarse a lo largo de la vida". De hecho, el t�rmino "participaci�n" aparece hasta en cincuenta y cinco ocasiones.

La citada ley dedica un art�culo exclusivamente a las familias (art�culo 9) que merece la pena reproducir aqu�:

"Art�culo 9.- Las familias.

  1. Las familias cuentan entre sus derechos b�sicos, adem�s de los establecidos por la normativa b�sica del Estado, y los que reglamentariamente establezca el Gobierno de Canarias, con la participaci�n en el proceso educativo de sus hijos e hijas, apoyando el proceso de ense�anza y aprendizaje de estos, de acuerdo con lo que se regula en la presente ley.
  2. La administraci�n educativa, los centros educativos y los servicios educativos facilitar�n informaci�n y orientaci�n adecuadas a las familias para estimular su participaci�n en el citado proceso.
  3. Las familias tienen derecho a recibir de los centros docentes, de forma peri�dica y adecuada, la informaci�n sobre la evoluci�n escolar de sus hijos e hijas, as� como sobre sus oportunidades educativas. A tal fin, los centros educativos establecer�n procedimientos incorporando las tecnolog�as de la informaci�n y la comunicaci�n para facilitar la relaci�n de las familias con el profesorado, as� como para garantizar que sean o�das en aquellas decisiones que afecten a dicha evoluci�n escolar, especialmente en las decisiones que correspondan a la repetici�n de curso o en la elecci�n de distintas opciones educativas.
  4. Los padres y las madres o tutores legales, como principales responsables de la educaci�n de sus hijos e hijas, tienen la obligaci�n de colaborar con los centros docentes y con el profesorado, especialmente durante la educaci�n infantil y la ense�anza b�sica.
  5. Las familias tienen derecho a participar activamente en la gesti�n y organizaci�n del centro, fundamentalmente a trav�s de sus asociaciones representativas -Ampas-, as� como de sus representantes en el Consejo Escolar.
  6. Las familias tienen el deber de garantizar la asistencia al centro escolar de sus hijos e hijas en la escolarizaci�n obligatoria y colaborar�n activamente con el profesorado y los centros educativos en la prevenci�n, control y erradicaci�n del absentismo escolar.
  7. La administraci�n educativa impulsar� la formaci�n de los padres y madres o tutores legales en aspectos que les permitan contribuir m�s efectivamente a la educaci�n de sus hijos e hijas".


Nos centraremos en analizar qu� entendemos por participaci�n, qui�nes deben participar y en qu� modo podemos participar en la gesti�n de un centro educativo, pasando posteriormente a analizar c�mo se pueden elaborar y desarrollar estrategias para promover y mejorar la participaci�n de los diferentes sectores de la comunidad educativa y su sentimiento de corresponsabilidad.

Los principios de participaci�n y democracia �se�as de identidad por excelencia de las sociedades modernas y progresistas� deben ser tambi�n aplicados en la gesti�n actual de los centros educativos. Por tanto, no se puede entender la participaci�n si �sta no se desarrolla desde un modelo de gesti�n basado en valores democr�ticos. Desde esta perspectiva, los modelos democr�ticos asumen y conciben que:

  • los miembros de un equipo tienen tambi�n derecho a participar en los procesos de toma de decisiones junto con sus directivos;
  • esos miembros tienen una representaci�n formal en los equipos, unidades u �rganos de gobierno de la instituci�n
  • todos los miembros de la organizaci�n poseen un conjunto de valores comunes: calidad y excelencia educativa, el respeto, la vocaci�n de servicio, la coherencia, la solidaridad, la autonom�a, la capacidad de esfuerzo;
  • las decisiones surgir�n tras un proceso de consenso o compromiso m�s que de la divisi�n o del conflicto. Las consultas informales no constituyen un aut�ntico enfoque democr�tico.

As�, participar en un centro escolar es intervenir en los procesos de planificaci�n, ejecuci�n o evaluaci�n de determinadas tareas que se desarrollan en �l. Por otra parte, concebimos el centro escolar como un sistema abierto, permeable y dependiente que desarrolla y cumple sus funciones condicionado por la interacci�n de los elementos internos y los del entorno. En consecuencia, la intervenci�n de otros miembros de la comunidad escolar, adem�s de los y las ense�antes, en los procesos de organizaci�n y gesti�n est� suficientemente justificada y no �nicamente porque las leyes lo reconozcan expl�citamente. A esa raz�n se a�ade el hecho de que la complejidad de la gesti�n de la escuela reclama la presencia numerosa de personas para que puedan colaborar seg�n sus capacidades y competencias. La expresi�n m�xima del modelo democr�tico es la participaci�n de toda la comunidad educativa en la gesti�n del establecimiento escolar.

El modelo participativo-democr�tico es deseable porque:

  • Inicia las tareas fijando los objetivos en com�n.
  • Busca la aceptaci�n, el consenso y la implicaci�n de los agentes.
  • Permite el trabajo aut�nomo y potencia la delegaci�n y el reparto de tareas.
  • Produce confianza, aumento de la participaci�n, claridad y transparencia en el proceso.
  • Plantea una evaluaci�n final de nuevo en com�n a partir de los compromisos iniciales y en un marco en el que todas las partes conocen las circunstancias (recursos, restricciones, posibilidades�) que han rodeado el mismo.


Sin embargo, como cualquier modelo gestor, presenta algunas limitaciones. A saber:

  • Posee una fuerte orientaci�n normativa y es habitualmente lento en la promoci�n de cambios y en la toma de decisiones.
  • Para que sea efectivo, debe mantenerse la participaci�n en un nivel adecuado: una participaci�n baja o una aceptaci�n pasiva sistem�tica por parte de una mayor�a de los miembros de un equipo supondr�a desvirtuar las posibilidades del modelo.
  • Promueve que personas especializadas en un �rea concreta deban participar activamente en otras �reas: personas con experiencia o capacidad en su trabajo espec�fico no quiere decir que la tengan para la toma de decisiones generales de la instituci�n.

A pesar de estas limitaciones, creemos que se debe abogar por un enfoque de gesti�n basado en procesos democr�ticos que nazcan desde la escuela como instituci�n, la cual ha de servir de ejemplo social mediante la pr�ctica de los valores que propugna.

A nivel general podr�amos se�alar como prop�sitos de la participaci�n en las instituciones educativas los siguientes:

  1. Educativo: se pretende preparar y capacitar a los miembros de la comunidad escolar, no s�lo al alumnado, para la democracia, la autonom�a y la libertad responsable.
  2. De gesti�n: se entiende como contribuci�n a las tareas de organizaci�n, funcionamiento y gobierno se pretende preparar y capacitar a los miembros de la comunidad escolar, no s�lo al alumnado, para la democracia, la autonom�a y la libertad responsable.de la escuela.
  3. De colaboraci�n en la toma de decisiones curriculares: se trata de ayudar a que los y las docentes lleven a cabo procesos de toma de decisiones compartidas respecto a la planificaci�n y desarrollo del curr�culo.
  4. De control social: se permite a los estamentos no docentes intervenir en procesos de supervisi�n de la actividad general de la escuela en los aspectos administrativos y docentes.
  5. De interiorizaci�n del proyecto educativo institucional: se contribuye a conocer y asumir los valores y objetivos de la instituci�n a trav�s del ejercicio de la participaci�n, para ayudar a desarrollarlos y aumentar la motivaci�n y el sentimiento de pertenencia de sus miembros.

Sigue :: 2.2. Principales agentes corresponsables y que participan en la educaci�n  

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