IMPORTANTE
LA AYUDA DE LIBROS DE TEXTO ÚNICAMENTE SE PODRÁ SOLICITAR DURANTE EL PERIODO DE MATRÍCULA Y SOLICITUD DE SERVICIOS: DEL 9 AL 29 DE MAYO DE 2025
En la normativa que rige la convocatoria de la ayuda de libros para el curso 2025/2026, la Resolución de 11 de abril de 2025, se recoge que para que el alumnado pueda percibir la ayuda debe cumplir los siguientes requisitos:
a) El alumnado debe estar matriculado en el curso escolar para el que se solicita el uso gratuito de libros de textos en cualquier centro docente público.
b) La renta (correspondiente al año 2023) de la unidad de responsables del alumnado solicitante debe ser inferior a 18.000,00 euros en unidades familiares de dos a cuatro miembros computables. A partir del cuarto miembro, se añadirán 1.600,00 euros por cada miembro computable que se aumenta a la Unidad Familiar.
Así, los umbrales de renta quedan establecidos de la siguiente manera:

Si en la familia existiera alguna persona con discapacidad, se añadirá un miembro más a la unidad de responsables. Las discapacidades deben acreditarse documentalmente.
- En el caso de las personas responsables, deben presentar una discapacidad superior al 65%.
- En el caso de alumna/o solicitante, o hermanas/os, la discapacidad ha de ser igual o superior al 33%.
En el caso de familias monoparentales con más de dos hijas o hijos, las unidades de responsables del alumnado solicitante de aumentará un miembro de forma que si tiene 3 hijos se contabilizará como una unidad de 5 miembros, y si tienen 4 o más hijos se contabilizará como una unidad de 6 miembros.
c) Quedará excluido del disfrute del préstamo de los libros de texto, material tecnológico o material didáctico aquel alumnado beneficiario que en cursos anteriores no haya cumplido con las obligaciones exigidas en anteriores convocatorias.
SE RECOMIENDA CONSULTAR A CONTINUACIÓN LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA SEGÚN EL TIPO DE UNIDAD FAMILIAR Y SU SITUACIÓN ECONÓMICA