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Transparencia: Información Institucional

La Agencia Tributaria Canaria fue creada por Ley 7/2014, de 30 de julio, como un ente de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, con patrimonio y tesorería propios, y autonomía de gestión y funcional para la aplicación de los tributos propios de la Comunidad Autónoma de Canarias, de los derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias y de los estatales cedidos, comenzando, de manera efectiva, su actividad el 1 de enero de 2015.

La Misión de la Agencia Tributaria Canaria viene establecida en el preámbulo de su Estatuto, aprobado por Decreto 125/2014, de 18 de diciembre, al disponer que la Agencia tiene como misión hacer efectivo el deber de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias de acuerdo con su capacidad económica mediante el sistema tributario canario.

La Agencia Tributaria Canaria incorpora el modelo de gestión propio de las agencias públicas que permite un mayor grado de autonomía en la gestión de los recursos humanos y materiales, un mayor grado de descentralización y agilidad en la toma de decisiones, y un sistema de gestión y control por objetivos

Corresponde a la Agencia Tributaria Canaria la aplicación efectiva del sistema tributario canario en nombre y por cuenta de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como el ejercicio de la potestad sancionadora y la revisión en vía administrativa de los actos dimanantes de su actividad. Se configura como un organismo especializado dedicado a la gestión, inspección y recaudación de los tributos dejando fuera de su ámbito todo lo relativo a la política tributaria, consultas vinculantes y las reclamaciones económico-administrativas.

En el ejercicio de estas funciones la Agencia adecuará sus actuaciones a la transparencia en la gestión, la consecución de objetivos y la responsabilidad por resultados, teniendo como objetivo permanente, la calidad de la actividad y el servicio público prestado, y se regirá por los principios establecidos en el artículo 8 de la citada Ley 7/2014.

Asimismo, la Agencia, de acuerdo, con lo establecido en el artículo 5 de su Estatuto, debe regir su actuación por las siguientes líneas estratégicas:

1. El servicio a los ciudadanos.

2. La cooperación interadministrativa.

3. La transparencia.

4. La calidad y mejora continua.

5. La autonomía.

6. La responsabilidad pública y la ética profesional.

Actualizado  01/10/2023