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4. Respuesta educativa al alumnado de NEAE

 4.1. Medidas extraordinarias

La Orden de 13 de diciembre de 2010 describe con detalle las medidas extraordinarias que pueden utilizarse en respuesta al alumnado de NEAE. A saber:

"Art�culo 7.- Medidas extraordinarias.

  1. Son medidas extraordinarias las adaptaciones de acceso al curr�culo (en adelante, AAC), las adaptaciones curriculares (en adelante, AC) y las adaptaciones curriculares significativas (en adelante, ACUS), en las condiciones que se determinan en la presente Orden y en sus desarrollos posteriores. Estas adaptaciones deben dar respuesta a las dificultades que presenta el alumnado desde el segundo ciclo de Educaci�n Infantil hasta el final de la escolaridad obligatoria y se propondr�n, con car�cter general, despu�s de que el equipo docente haya aplicado medidas ordinarias desde la programaci�n en el aula, que no mostraran su eficacia para resolver las necesidades educativas del alumno o alumna, al menos durante un curso escolar despu�s de detectadas y constatadas mediante el preinforme psicopedag�gico, salvo que se prevea alguna medida excepcional. Estas medidas pretenden promover el desarrollo pleno y equilibrado del alumnado, estableciendo las estrategias organizativas y did�cticas adecuadas para que el escolar adquiera las competencias b�sicas.
  2. Las AAC son aquellas modificaciones, provisiones de recursos o estrategias para el acceso al espacio educativo o a la comunicaci�n, y que hacen posible y facilitan preferentemente al alumnado con NEE su participaci�n en las actividades educativas ordinarias, favoreciendo un mayor nivel de autonom�a, interacci�n y comunicaci�n en el desarrollo de la actividad escolar. Determinados recursos o estrategias de acceso al espacio educativo o de acceso a la comunicaci�n podr�n destinarse de forma excepcional al alumnado que cursa formaci�n profesional o Bachillerato, seg�n los criterios que establezca la Consejer�a competente en materia de educaci�n.
  3. La AC de un �rea o materia es una medida extraordinaria y est� dirigida al alumnado con NEE, DEA, TDAH y ECOPHE cuyo referente curricular est� situado dos o m�s cursos por debajo del que se encuentra escolarizado, independientemente de que pueda haber repetido curso. Estos ajustes afectan a los elementos del curr�culo e implican la adecuaci�n de los objetivos, contenidos, metodolog�a o criterios de evaluaci�n del �rea o materia adaptada, pudi�ndose llegar a la supresi�n de alg�n contenido sin que afecten a la consecuci�n de los objetivos y al grado de adquisici�n de las competencias b�sicas del �rea o materia adaptada. Para el alumnado con ECOPHE, se requerir�, adem�s de las condiciones anteriores, que su referente curricular est� situado en Educaci�n Primaria.
  4. La ACUS de un �rea o una materia tiene car�cter extraordinario y est� dirigida al alumnado con NEE cuyo referente curricular est� situado para el alumnado de Educaci�n Infantil, tres o m�s cursos por debajo del que se encuentra escolarizado, y para el de la ense�anza b�sica, cuatro o m�s cursos, independientemente de que pueda haber repetido curso. Estos ajustes curriculares que afectan a los elementos del curr�culo implican la adecuaci�n o posible supresi�n temporal o definitiva, en su caso, de objetivos, competencias b�sicas, contenidos, metodolog�a o criterios de evaluaci�n del �rea o materia adaptada".

Sigue :: 4.2. Coordinaci�n para elaborar las AC o las ACUS  

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