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Respuesta educativa al alumnado de NEAE
:: 4.1. Medidas extraordinarias
4. Respuesta educativa al alumnado de
NEAE
4.1. Medidas
extraordinarias
La Orden
de 13 de diciembre de 2010 describe con detalle las
medidas extraordinarias que pueden utilizarse en respuesta al
alumnado de NEAE. A saber:
"Art�culo 7.-
Medidas extraordinarias.
- Son medidas extraordinarias las adaptaciones de acceso al
curr�culo (en adelante, AAC), las adaptaciones
curriculares (en adelante, AC) y las adaptaciones
curriculares significativas (en adelante, ACUS),
en las condiciones que se determinan en la presente Orden y
en sus desarrollos posteriores. Estas adaptaciones deben dar
respuesta a las dificultades que presenta el alumnado desde
el segundo ciclo de Educaci�n Infantil hasta el final de la
escolaridad obligatoria y se propondr�n, con car�cter
general, despu�s de que el equipo docente haya aplicado
medidas ordinarias desde la programaci�n en el aula, que no
mostraran su eficacia para resolver las necesidades
educativas del alumno o alumna, al menos durante un curso
escolar despu�s de detectadas y constatadas mediante el preinforme
psicopedag�gico, salvo que se prevea alguna medida
excepcional. Estas medidas pretenden promover el desarrollo
pleno y equilibrado del alumnado, estableciendo las
estrategias organizativas y did�cticas adecuadas para que el
escolar adquiera las competencias b�sicas.
- Las AAC son aquellas modificaciones, provisiones
de recursos o estrategias para el acceso al espacio
educativo o a la comunicaci�n, y que hacen posible y
facilitan preferentemente al alumnado con NEE su
participaci�n en las actividades educativas ordinarias,
favoreciendo un mayor nivel de autonom�a, interacci�n y
comunicaci�n en el desarrollo de la actividad escolar.
Determinados recursos o estrategias de acceso al espacio
educativo o de acceso a la comunicaci�n podr�n destinarse de
forma excepcional al alumnado que cursa formaci�n
profesional o Bachillerato, seg�n los criterios que
establezca la Consejer�a competente en materia de educaci�n.
- La AC de un �rea o materia es una medida extraordinaria y
est� dirigida al alumnado con NEE, DEA, TDAH y ECOPHE
cuyo referente curricular est� situado dos o m�s cursos por
debajo del que se encuentra escolarizado, independientemente
de que pueda haber repetido curso. Estos ajustes afectan a
los elementos del curr�culo e implican la adecuaci�n de los
objetivos, contenidos, metodolog�a o criterios de evaluaci�n
del �rea o materia adaptada, pudi�ndose llegar a la
supresi�n de alg�n contenido sin que afecten a la
consecuci�n de los objetivos y al grado de adquisici�n de
las competencias b�sicas del �rea o materia adaptada. Para
el alumnado con ECOPHE, se requerir�, adem�s de las
condiciones anteriores, que su referente curricular est�
situado en Educaci�n Primaria.
- La ACUS de un �rea o una materia tiene car�cter
extraordinario y est� dirigida al alumnado con NEE cuyo
referente curricular est� situado para el alumnado de
Educaci�n Infantil, tres o m�s cursos por debajo del que se
encuentra escolarizado, y para el de la ense�anza b�sica,
cuatro o m�s cursos, independientemente de que pueda haber
repetido curso. Estos ajustes curriculares que afectan a los
elementos del curr�culo implican la adecuaci�n o posible
supresi�n temporal o definitiva, en su caso, de objetivos,
competencias b�sicas, contenidos, metodolog�a o criterios de
evaluaci�n del �rea o materia adaptada".
Sigue :: 4.2.
Coordinaci�n para elaborar las AC o las ACUS 
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