Como decisiones más destacadas de la sesión celebrada en el día de hoy, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) aprobó esta tarde, de manera definitiva y parcial, la Revisión del Plan General de Ordenación (PGO) de Puerto del Rosario y el Plan Hidrológico Insular de La Palma.
El órgano colegiado acordó la suspensión de tres determinaciones, que el Ayuntamiento solventó por acuerdo plenario, ante la complejidad de la documentación aportada y la necesidad de estudiar que todas las indicaciones de la Cotmac se han aplicado
Sobre declaraciones de impacto ambiental, la Cotmac devolvió a la ponenica, a expensas de un estudio más detallado, el expediente del «Parque Eólico de Chimida, de 9 megavatios y línea soterrada de evacuación a 30 kv», en los términos municipales de Teguise y San Bartolomé, e informó de forma desfavorable, sobre todo por su gran impacto paisajístico, el «Parque Eólico de La Camellita», en el término municipal de Haría, ambos en Lanzarote. En Gran Canaria, la DIA del proyecto denominado «Parque Eólico Montaña del Canónigo de 6,8 MW», en el municipio de Agüimes, recibió informe favorable condicionado y el «Parque Eólico El Goro de 8,1 MW», en Telde, recibió un informe de desfavorabilidad. A ellos se le suma acuerdo similar alcanzado respecto a la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Parque Eólico La Morra de 6,3 MW», en el municipio de Arico, en Tenerife, .
Sobre la isla de Gran Canaria, además, la Comisión aprobó definitivamente y con condicionantes la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) de Telde, en el ámbito de acceso al suelo urbano-enlace Las Huesas GC-1 y los equipamientos estructurantes 1-3-M y 1-3-T.
A continuación, se reseña la totalidad de los acuerdos alcanzados en la Cotmac, por Islas.
Fuerteventura
Revisión del Plan General de Ordenación de Puerto del Rosario. Trámite de aprobación definitiva. Término municipal de Puerto del Rosario.- La Cotmac aprobó definitivamente la Revisión del Plan General de Ordenación (PGO) de Puerto del Rosario, con sólo tres de sus determinaciones suspendidas.
La Cotmac decidió dejar la sobre la mesa la aprobación de este documento, en su sesión celebrada los pasados 11 y 12 de mayo, al preferir el consistorio que no se aprobase parcialmente el PGO e intentar solventar todas las condiciones puestas por la Comisión para aprobar todo su contenido en una sola sesión, antes del final de la Legislatura.
Sin embargo, en la sesión de hoy la Cotmac comprobó que el Ayuntamiento acató, aplicó y corrigió la mayor parte de las condiciones puestas en la sesión anterior, con algunas correcciones de carácter menor que han de ser comprobadas antes de su publicación.
En cuanto a las determinaciones suspendidas, la causa en todas ellas radica en la complejidad documental que las regulan, lo que ha hecho imposible que pudiese ser estudiada a tiempo para comprobar que todos los condicionantes señalados por la Cotmac quedaron subsanados pro el Ayuntamiento.
Así, entre las determinaciones suspendidas en el PGO, la más amplia es la que afecta a las referidas al aumento de edificabilidad hasta las tres plantas con carácter generalizado en la capital insular, para lo que la Cotmac entiende que han de monetarizarse los incrementos de dotación en equipamientos y espacios libres públicos que han de acompañar este incremento de edificabilidad. Es decir, el valor que debe aplicarse a las licencias de obra para quienes decidan hacer efectiva esta ventaja. Además, se suspenden, entre otras, las determinaciones relativas al asentamiento rural de Guisguey, zona en la que se acordó que seguirán vigentes las disposiciones del Plan Especial de Protección de Guijey.
El documento de Revisión Parcial del PGO de Puerto del Rosario fue informado para su adaptación plena e íntegra al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC) y a la Ley de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias.
El procedimiento para la adaptación plena del PGO de Puerto del Rosario es el previsto en el Primer Título del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, modificado por Decreto 30/2007, con las especialidades que se establecen en los artículos 78 y siguientes del citado Reglamento.
Lanzarote
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Parque Eólico Chimida y línea soterrada de evacuación de 30kv», promovido por Alas Capital & Gas Natural, S.A. Términos municipales de Teguise y San Bartolomé.- La Cotmac decidió devolver a la ponencia técnica el expediente de esta Declaración de Impacto Ambiental, por entender que es necesario contar con una información más detallada sobre la posible incidencia de los aerogeneradores en el cercano paisaje protegido del Risco de Famara y enjuiciar si es relevante o si alguna modificación menor del proyecto podría minimizar su impacto mediambiental.
Propuesta de la Viceconsejera de Medio Ambiente relativa a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Parque Eólico de La Camellita», promovido por Enel Greenpower España, S.L. Término municipal de Haría.- La Cotmac emitió sólo a efectos ambientales la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Parque Eólico de La Camellita», resultando desfavorable la resolución del órgano ambiental actuante sobre la DIA.
El ámbito territorial de la actuación es la zona conocida como Lomo de La Camellita, en el término municipal de Haría y el proyecto está promovido por Enel Green Power España, S.L. El proyecto consiste en la construcción de un parque eólico, denominado «La Camellita», mediante la instalación de 11 aerogeneradores ENERCON E-44, de 900 Kw cada uno, con una potencia total de 9,9 MW, así como otras instalaciones de evacuación y gestión de la energía.
Entre los argumentos de desfavorabilidad se indica que el lugar previsto para la ubicación del parque eólico se sitúa en el Lomo de La Camellita, un cuchillo que se eleva más de 150 metros sobre los barrancos que lo flanquean, en un entorno de gran valor paisajístico donde predominan las dinámicas naturales sobre las productivas. Los elementos del parque, resultarían muy visibles desde numerosos puntos con un elevado tránsito potencial de observadores, debido al tamaño de los aerogeneradores (55 metros de altura de buje y 77 metros en total), a su posición elevada sobre el territorio que lo rodea y a las condiciones geomorfológicas del entorno. Todo ello, incluyendo los factores naturales e histórico-culturales, conllevan a que la construcción del parque provocaría un impacto paisajístico muy significativo.
Gran Canaria
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Parque Eólico Montaña del Canónigo de 6,8 MW». Promotor: Enel Green Power España, S.L. Término municipal de Agüimes.- La Cotmac emitió sólo a efectos ambientales la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Parque Eólico Montaña del Canónigo de 6,8 MW», resultando favorable la resolución del órgano ambiental actuante sobre la DIA, condicionada al cumplimiento de determinadas condiciones, entre las que figura la necesidad de realizar un estudio del impacto sobre la avifauna del lugar, con carácter previo al inicio de las obras de implantación del centro.
Por otro lado, se deberá retranquear uno de los tres aerogeneradores del parque hasta ocupar suelo rústico residual, toda vez que el proyecto presentado lo desplaza lo suficiente como para ocupar un suelo de protección paisajística.
El proyecto de esta actuación, que está promovido por Enel Green Power España, S.L. en el término municipal de Agüimes, consiste en la instalación de aerogeneradores E-70 de un sistema eléctrico colector de media tensión y un centro de reparto y control.
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Parque Eólico El Goro de 8,1 MW» promovido por Alas Capital & GN, S. A. Término municipal de Telde.- La Cotmac emitió sólo a efectos ambientales la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Parque Eólico El Goro de 8,1 MW», resultando desfavorable la resolución del órgano ambiental actuante sobre la DIA.
El proyecto, que está promovido por Alas Capital & GN, S. A. en el término municipal de Telde, consiste en la instalación de un Parque Eólico de 8,1 MW. Está constituido por nueve aerogeneradores Enercon E44 de 0,9 MW de potencia cada uno. La altura total de los aerogeneradores es de 77 metros con una altura del buje de 55 metros y un rotor de tres palas con 44 metros de diámetro y una velocidad de giro variable de 12-34 rpm.
Entre los argumentos de desfavorabilidad se encuentra que el área de emplazamiento del Parque Eólico está fuera de las zonas compatibles establecidas por el PTE-32, el cual regula la implantación de los parques eólicos teniendo en cuenta, dentro de las zonas eólicas definidas por el Plan Insular de Ordenación (PIO), una serie de limitaciones de carácter ambiental.
La instalación de este parque eólico supone la alteración del paisaje tanto desde el entorno del Bien de Interés Cultural (BIC) de Cuatro Puertas como desde poblaciones cercanas y vías de comunicación.
Modificación Puntual (Revisión Parcial) del Plan General de Ordenación de Telde en el ámbito de accesos al suelo urbano enlace Las Huesas GC-1 y los equipamientos estructurales 1-3M y 1-3T. Trámite de aprobación definitiva. Término municipal de Telde.- La Cotmac aprobó definitivamente la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) de Telde, en el ámbito de acceso al suelo urbano- enlace Las Huesas GC-1 y los equipamientos estructurantes 1-3-M y 1-3-T, si bien condiciona la publicación del acuerdo a la corrección de deficiencias relativas a la propuesta de ordenación y a la documentación a aportar de forma separada para su correcta sustitución en el PGO vigente.
Además faculta a la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de Canarias para que, previos los informes correspondientes, verifique el cumplimiento de los condicionantes establecidos en el acuerdo y, una vez verificado, ordene su publicación.
En cuanto a la propuesta de ordenación, entre otras cuestiones, se deberá reflejar en los planos de ordenación pormenorizada la delimitación del BIC y modificar en el Anexo Normas de Equipamientos Estructurantes propuesta la remisión al plano de información y al plano de ordenación pormenorizada, en cumplimiento de un informe emitido por el Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo de Gran Canaria. Además, se deberá aportar una estimación de los costes de la ejecución de la dotación social y la modificación del programa de actuación y estudio económico financiero del Plan vigente para incorporar dicha actuación, especificando la fuente de financiación.
La Palma
Plan Hidrológico Insular de La Palma. Informe del artículo 47 TRLOTENC.- La Cotmac informó de forma favorable la tramitación del Plan Hidrológico Insular de La Palma, de forma que se elevará la propuesta para que el Gobierno pueda suspender el planeamiento vigente sobre esta materia en la isla y, en el mismo acto, aprobar una nueva regulación normativa del mismo, que establece las determinaciones a seguir en la totalidad de la isla, en lo relativo a este materia.
El Plan Hidrológico insular es el instrumento básico de la planificación hidrológica destinado a conseguir la mayor satisfacción de las demandas de agua y a racionalizar el empleo de los recursos hídricos de la Isla, protegiendo su calidad y economizándolos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales. Con la entrada en vigor de la Ley de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias, en las que se asimilan los Planes Hidrológicos Insulares a los Planes Territoriales Especiales, los Planes Hidrológicos mantienen su contenido sectorial propio y se le añaden aspectos territoriales respecto a su contenido y procedimiento de formulación.
Tenerife
Plan Territorial Parcial de la Plataforma Logística del Sur. Fase de aprobación definitiva. Término municipal de Granadilla de Abona.- La Comisión volvió a dejar sobre la mesa el documento del Plan Territorial Parcial de la Plataforma Logística del Sur (PTPOPLS), al estar pendiente de una posible modificación de criterios en la doctrina del Tribunal Supremo, que aún no se ha producido, pero que generaría un sustancial ahorro de tiempo en la tramitación del documento, al permitir retrotraer el expediente, según dicta una sentencia judicial, al momento de la tramitación del mismo en el que hubo una actuación incorrecta, y no al inicio de todo el trámite.
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Parque Eólico La Morra de 6,3 MW», promovido por Alas Capital & Gas Natural, S.A. Término municipal de Arico.- La Cotmac emitió sólo a efectos ambientales la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Parque Eólico La Morra de 6,3 MW», y decidió devolver el expediente al promotor, para que realice las modificaciones necesarias para un informe de favorabilidad.
El proyecto está promovido por Alas Capital & Gas Natural, S.A. en el término municipal de Arico, y el Parque Eólico La Morra se ubica fuera de los límites establecidos para la Red Canaria de Espacios Naturales Protegidos. El espacio natural más inmediato corresponde al Monumento Natural de Montaña Centinela, a aproximadamente 1.920 metros del aerogenerador más cercano. Aun así, el Parque Eólico afecta en parte a un hábitat de interés comunitario, fuera de Red Natura, con código 5330, constituido por matorrales termomediterráneos y preestéticos, lo que constituye una de las causas por las que se ha devuelto el expediente.
En cuanto a los argumentos de desfavorabilidad destaca la ubicación de determinados elementos del Parque Eólico La Morra en áreas incompatibles desde el punto de vista ambiental (territorial) y la necesidad de reubicarlas para hacer posible la viabilidad ambiental del Parque Eólico.