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El Gobierno modifica el Reglamento de desarrollo de la Ley de ordenación del transporte por carretera

El Gobierno de Canarias aprobó hoy el decreto por el que se modifica el Reglamento de Desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, aprobado por el Decreto 72/2012, de 2 de agosto, con la intención de mejorar el servicio público del sector y, sobre todo, facilitar la continuidad de los profesionales en un difícil contexto económico. El Gobierno parte de la base de que la caída de la actividad como consecuencia de la ralentización de la economía continúa afectando de forma negativa al sector.

Afecta a la sustitución de vehículos, flexibiliza el número de unidades en ciertos casos e incorpora el transporte de carácter especial para personas de movilidad reducida

La actual situación aconseja modificar algunos aspectos del Reglamento por el que se rige el transporte por carretera, con el fin de acomodar el ajuste de la actividad a los rápidos e incesantes cambios que se producen en el mercado actual del transporte.

Con esta modificación, se trata de buscar un equilibrio entre las soluciones normativas que ya han mostrado su eficacia y se encuentran arraigadas en el sector, y las que afrontan nuevas realidades.

Entre otras cosas, el Gobierno canario considera conveniente incorporar al Reglamento la posibilidad de la sustitución de vehículos antiguos por otros de menor edad, aunque no suponga un aumento de la flota, un extremo que hasta ahora estaba prohibido, así como flexibilizar el número de unidades para los transportistas que se hayan incorporado a cooperativas, como forma de promocionar la agrupación y cooperación de los pequeños y medianos operadores de transportes, auspiciada en la propia Ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

Por otro lado, el decreto de modificación del Reglamento añade una especificación respecto al transporte de carácter especial para usuarios de centros y servicios sociales e incorpora una disposición adicional dirigida a clarificar la eficacia de las autorizaciones de transporte por carretera, tras la aprobación de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, con el objetivo de solventar la disparidad de criterios existente entre los Cabildos.

Modificaciones aprobadas

Con la modificación que se propone llevar a cabo el Gobierno, el apartado 1 del artículo 53 quedaría redactado de la siguiente manera: «1. El ámbito de las autorizaciones será el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de la eficacia en todo el territorio nacional, establecida en la legislación básica del Estado de garantía de unidad de mercado».

El decreto añade un nuevo artículo, el 59 bis, relativo a la sustitución de vehículos, en los siguientes términos:

«1. En el caso de la sustitución de vehículos dedicados al transporte público discrecional, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Si el vehículo sustituido tiene una antigüedad igual o inferior a seis años, el vehículo sustituto no podrá superar los seis años de antigüedad desde su primera matriculación.

b) Si el vehículo sustituido tiene una antigüedad superior a los seis años, el vehículo sustituto deberá tener como máximo un año menos de antigüedad que el vehículo sustituido, a contar desde la fecha de su primera matriculación.

2. Los requisitos de antigüedad exigidos en este artículo no serán aplicables a la transmisión de vehículos regulada en este reglamento.

3. El cabildo insular competente deberá expedir una copia de la autorización correspondiente para el vehículo sustituto, en los términos previstos en el apartado 3 del artículo 56 de este reglamento.»

En el Capitulo V del Título III del Reglamento se incluye un nuevo artículo, el 93 bis, dedicado al transporte especial para usuarios de centros y servicios sociales que establece:

«1. En el caso de los Centros y Servicios Sociales reguladas por la normativa sectorial especifica en el ámbito territorial de Canarias, que precisen transportar a los usuarios de los mismos en un transporte adaptado especial, la autorización correspondiente tendrá la consideración de transporte de carácter especial, previsto en el apartado 6 del artículo 3 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias o norma que la sustituya aplicándose para su otorgamiento el régimen jurídico recogido en este Reglamento para el transporte privado complementario de viajeros, con excepción de los requisitos referidos a los usuarios; quedando expresamente prohibido el transporte de terceros ajenos a los centros y servicios sociales y cualesquiera otras actividades distintas de la autorizada.

2. Los vehículos destinados a este tipo de transportes deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 89 de este reglamento».

El decreto de modificación contempla también una disposición adicional relativa al cumplimiento de requisitos de la flota mínima para el transporte discrecional que estipula:

» El cumplimiento de flota mínima exigido para la obtención de autorizaciones de transporte público discrecional, tanto de viajeros como de mercancías no será exigible a la empresa que se incorpore a una cooperativa de transportistas, cooperativa de trabajo asociado, sociedad de comercialización o agrupaciones de interés económico que cumplan los requisitos de capacidad económica, debiendo acreditarse documentalmente esta incorporación mediante certificación expedida por la entidad correspondiente. La certificación tendrá una validez no superior a seis meses».

También se añade al Reglamento una disposición adicional, la sexta, relacionada con la eficacia de las autorizaciones administrativas para el desarrollo de la actividad de transporte que dice textualmente:»En el documento en que se formalicen las autorizaciones administrativas de transporte por carretera otorgadas por los cabildos insulares, de acuerdo con la Ley de ordenación del transporte por carretera de Canarias y el presente reglamento, otorgadas por los cabildos insulares, deberá consignarse que las mismas tienen eficacia nacional, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación básica del Estado de garantía de unidad de mercado».

Para adaptar el Reglamento a la realidad del Archipiélago el Gobierno de Canarias ha dado previamente audiencia a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de las Islas; así como a las asociaciones representativas del sector del transporte por carretera y sus usuarios; a las corporaciones locales; y a la Administración General del Estado. Las alegaciones formuladas por éstos en el trámite de audiencia e información pública del documento, así como las aportaciones del Consejo Consultivo de Canarias han sido tenidas en cuenta a la hora de redactar el proyecto de decreto.

Al Consultivo la modificación del Reglamento de la Ley de ordenación del transporte por carretera

El Gobierno de Canarias ha tomado en consideración el proyecto de decreto por el que se modifica el Reglamento de Desarrollo de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, aprobado por el Decreto 72/2012, de 2 de agosto, y ha acordado remitirlo al Consejo Consultivo de Canarias para que dictamine al respecto. Con esta modificación se trata de buscar un equilibrio entre las soluciones normativas que ya han mostrado su eficacia y se encuentran arraigadas en el sector, y las que afrontan nuevas realidades.

Contempla la sustitución de vehículos mientras no incrementen la flota, y flexibiliza el número de unidades cuando el transportista se incorpore a cooperativas, entre otros aspectos

El Gobierno parte de la base de que la caída de la actividad como consecuencia de la ralentización de la economía continúa afectando de forma negativa al sector del transporte por carretera, lo que aconseja modificar algunos aspectos del Reglamento por el que se rige, con el fin de acomodar el ajuste de la actividad a los rápidos e incesantes cambios que se producen en el mercado actual del transporte.

Entre otras cosas, el Gobierno canario considera conveniente incorporar al Reglamento la posibilidad de la sustitución de vehículos antiguos por otros de menor edad, aunque no suponga un aumento de la flota, un extremo que hasta ahora estaba prohibido, así como flexibilizar el número de unidades para los transportistas que se hayan incorporado a cooperativas, como forma de promocionar la agrupación y cooperación de los pequeños y medianos operadores de transportes, auspiciada en la propia Ley de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

Por otro lado, el decreto de modificación del Reglamento añade una especificación respecto al transporte de carácter especial cuando tenga como usuarios a personas de movilidad reducida; e incorpora una disposición adicional dirigida a clarificar la eficacia de las autorizaciones de transporte por carretera, tras la aprobación de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, con el objetivo de solventar la disparidad de criterios existente entre los Cabildos.

Modificaciones planteadas

Con la modificación que se propone llevar a cabo el Gobierno, el apartado 1 del artículo 53 quedaría redactado de la siguiente manera: «1. El ámbito de las autorizaciones será el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, sin perjuicio de la eficacia establecida en la legislación básica del Estado de garantía de unidad de mercado».

El decreto añade un nuevo artículo, el 59 bis, relativo a la sustitución de vehículos, en los siguientes términos:

«1. En el caso de la sustitución de vehículos dedicados al transporte público discrecional, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

a) Si el vehículo sustituido tiene una antigüedad igual o inferior a seis años, el vehículo sustituto no podrá superar los seis años de antigüedad desde su primera matriculación.

b) Si el vehículo sustituido tiene una antigüedad superior a los seis años, el vehículo sustituto deberá tener como máximo un año menos de antigüedad que el vehículo sustituido, a contar desde la fecha de su primera matriculación.

2. Los requisitos de antigüedad exigidos en este artículo no serán aplicables a la transmisión de vehículos regulada en este reglamento.

3. El cabildo insular competente deberá expedir una copia de la autorización correspondiente para el vehículo sustituto, en los términos previstos en el apartado 3 del artículo 56 de este reglamento.»

En el Capitulo V del Título III del Reglamento se incluye un nuevo artículo, el 93 bis, dedicado al transporte especial para centros y servicios sociales que establece:

«1. En el caso de los Centros y Servicios Sociales  reguladas por la normativa sectorial especifica en el ámbito territorial de Canarias,  que precisen transportar a los usuarios de la misma en un transporte adaptado especial, la autorización correspondiente tendrá la consideración de transporte de carácter especial, previsto en el apartado 6 del artículo 3 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias o norma que la sustituya  aplicándose para su otorgamiento el régimen jurídico recogido en este Reglamento para el transporte privado complementario de viajeros, con excepción de los requisitos referidos a los usuarios y quedando expresamente prohibido el transporte a terceros  o a otras actividades distintas de la principal para la que se autoriza.

2. Los vehículos destinados a este tipo de transportes deberán cumplir con los  requisitos establecidos en el artículo 89 de este reglamento».

El decreto de modificación contempla también una disposición adicional relativa al cumplimiento de requisitos de la flota mínima para el transporte discrecional que estipula:

» El cumplimiento de flota mínima exigido para la obtención de autorizaciones de transporte público discrecional, tanto de viajeros como de mercancías no será exigible a la empresa que se incorpore a una cooperativa de transportistas, cooperativa de trabajo asociado, sociedad de comercialización o agrupaciones de interés económico que cumplan los requisitos de capacidad económica, debiendo acreditarse documentalmente esta incorporación mediante certificación expedida por la entidad correspondiente. La certificación tendrá una validez no superior a seis meses».

También se añade al Reglamento una disposición adicional, la sexta, relacionada con la eficacia de las autorizaciones administrativas para el desarrollo de la actividad de transporte que dice textualemnte:»En el documento en que se formalice las autorizaciones administrativas de transporte por carretera obtenidas de acuerdo con la Ley de ordenación del transporte por carretera de Canarias y el presente reglamento, otorgadas por los cabildos insulares, deberá consignarse que las mismas tienen la eficacia prevista en el artículo 20 de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado».

Para adaptar el Reglamento a la realidad del Archipiélago el Gobierno de Canarias ha dado previamente audiencia a las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación de las Islas; así como a las asociaciones representativas del sector del transporte por carretera y sus usuarios; a las corporaciones locales; y a la Administración General del Estado. Las alegaciones formuladas por éstos en el trámite de audiencia e información pública del documento han sido tenidas en cuenta a la hora de redactar el proyecto de decreto.

La Cotmac informa de manera favorable los Planes Hidrológicos de Fuerteventura y El Hierro

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La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) informó hoy favorablemente la tramitación de los Planes Hidrológicos de Fuerteventura y El Hierro, a través del artículo 47 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de los Espacios Naturales de Canarias, de forma que se pueden suspender los Planes vigentes y establecer normas transitorias, que regulen el ámbito completo de ambas islas en esta materia. En el caso de Fuerteventura, el informe sólo se condicionó a correcciones menores en los documentos presentados, mientras que en el de El Hierro, se establecieron algunos condicionantes

También aprueba la Declaración de Impacto Ambiental para la instalación de una planta de revalorización de residuos

Por otro lado, la Cotmac aprobó las declaraciones de impacto de los proyectos «Nueva Industria de Anodizado de Perfiles de Aluminio y Recuperación de Tochos de Aluminio por Fusión de Retales», en Tenerife, así como el proyecto denominado «Planta de valorización energética de residuos peligrosos y no peligrosos», cuyo ámbito de actuación es el término de Agüimes en la isla de Gran Canaria.

En esa misma isla, la Cotmac levantó la suspensión y, en consecuencia, aprobó definitivamente las determinaciones del PGO de Arucas relativas a «la ordenación propuesta de los asentamientos rurales», además de otras modficaciones de pequeño alcance en diversos ámbits municipales.

A continuación, se reseña la totalidad de los acuerdos alcanzados en la Cotmac, por Islas:

Fuerteventura

Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura. Informe previo de la Cotmac del artículo 47 TRLOTENC y 23 del RPC.- Conforme con el artículo 47 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC), la Cotmac informó favorablemente la suspensión del vigente Plan Hidrológico Insular de Fuerteventura  condicionado a que en las normas sustantivas transitorias se realicen determinadas correcciones, de carácter menor, relativas únicamente al procedimiennto administrativo y que se resumen en que el órgano competente tome en consideración la propuesta antes de elevarla al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.

El Plan Hidrológico Insular es el instrumento básico de la planificación hidrológica destinado a conseguir la mayor satisfacción de las demandas de agua y a racionalizar el empleo de los recursos hídricos de la Isla, protegiendo su calidad y economizándolos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales. Con la entrada en vigor de la Ley de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias, en las que se asimilan los Planes Hidrológicos Insulares a los Planes Territoriales Especiales, los Planes Hidrológicos mantienen su contenido sectorial propio y se le añaden aspectos territoriales respecto a su contenido y procedimiento de formulación.

Declaración de caducidad de la DIA Proyecto Monumental Montaña Tindaya y solicitud de informe a la DG de Protección de la Naturaleza sobre su posible rehabilitación.- El Pleno de la Cotmac analizó la solicitud de caducidad de la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto Monumental Montaña Tindaya presentada por la asoiación ecologista Ben Magec, así como la del Cabildo de Fuerteventura que, ante el hecho de que han transcurrido los cinco años de vigencia de la DIA establecidos en la normativa, se proceda a su rehabilitación.

Las leyes actuales, estatales y autonómicas, establecen que, en determinados supuestos de caducidad de una DIA, sus disposiciones pueden rehablitarse y, por lo tanto, mantener su vigencia sin necesidad de iniciar de nuevo todo el procedimiento, en el caso de que no se hayan producido variaciones de relevacia en las condiciones existentes en el lugar, en el momento en el que se aprobó la primera Declaración de Impacto Ambiental.

Como es necesario comprobar si este hecho se ha producido o no, la Cotmac acordó solicitar un informe previo a la Dirección General de Protección de la Naturaleza, sobre las variaciones ambientales que pudieran haberse producido en Tindaya en el último lustro.

Gran Canaria

Plan Territorial Especial de Infraestructuras de Energía Eólica (PTE-32). Informe al documento de aprobación provisional.- La Cotmac infrormó de manera favorable la aprobación definitiva del Plan Territorial Especial de Infraestructuras de Energía Eólica (PTE-32), a efecto de que se subsanen algunos condicionantes y facultó al titular de la Consejería competente en materia de Política Territorial a aprobar el documento definitivo, unha vez que haya sido aprobado a su vez por la institución insular.

Es objeto básico del PTE-32 el fomento, ordenación y regulación de la producción de energía eólica en la isla de Gran Canaria, buscando la implantación coordinada de las instalaciones previstas y futuras, teniendo en cuenta, por un lado, las zonas eólicas insulares recogidas en el Plan Insular de Gran Canaria (PIO-GC) y, por otro lado, los valores productivos, urbanísticos y ambientales de los terrenos que sean susceptibles de albergar los aerogeneradores.

El ámbito territorial del PTE-32 comprende la totalidad del territorio insular de Gran Canaria y el Plan distingue entre ámbito extenso y ámbito específico para facilitar el análisis de las áreas finalmente delimitadas para la implantación de instalaciones eólicas.

Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente en relación con la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Planta de valorización energética de residuos peligrosos y no peligrosos en Polígono Industrial de Arinaga.». Promotor: DIPSER, S.L. Término municipal de Agüimes.- La Cotmac aprobó con condicionantes y sólo a efectos ambientales la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Planta de valorización energética de residuos peligrosos y no peligrosos», cuyo ámbito de actuación es una nave industrial situada en el Polígono Industrial de Arinaga, en el término de Agüimes de la isla de Gran Canaria.

El proyecto, que está promovido por la entidad Dirección Integrada de Proyectos y Servicios Energéticos y Residuos, S.L. (DIPSER), consiste en la instalación de una planta de valorización energética (incineradora) de residuos peligrosos y no peligrosos con recuperación energética, que se llevará a cabo dentro de una nave industrial ya existente de 1.774,70 metros cuadrados. Sólo se ejecutarán obras de reforma para alojar la actividad, así como una pequeña línea soterrada.

Sin perjuicio de otras condiciones que puedan imponerse en las correspondientes autorizaciones para el ejercicio de la actividad, como las relativas al tratamiento específico de los residuos o a la calidad del aire, y en aras a garantizar que no se produzcan efectos negativos en la salud de las personas, deberán cumplirse algunas determinaciones. Así, la actividad se llevará a cabo de modo que se obtenga un grado de incineración tal que el contenido en carbono orgánico total (COT) de las escorias y cenizas de hogar sea inferior al tres por ciento o, alternativamente, su pérdida por combustión sea inferior al cinco por ciento del peso seco de la materia.

También deberá llevarse a cabo una campaña de mediciones de aire, de dioxinas y furanos, en las inmediaciones de los principales núcleos de población más cercanos y en distintos puntos del polígono industrial antes y después de la puesta en marcha de la planta.

Además, entre otros condicionantes, se establece que todos los residuos generados en la planta se deberán gestionar de acuerdo con lo dispuesto en la normativa sobre residuos y normativas específicas que le sea de aplicación.

Modificación Puntual número dos del PGO de Telde en el sector PAU7-A-Lomo Taliarte. Trámite de aprobación definitiva. Término municipal de Telde.- La Cotmac aprobó definitivamente la Modificación Puntual número dos del Plan General de Ordenación (PGO) en el sector PAU 7-A – Lomo Taliarte, en el término municipal de Telde.

No obstante,  recordó que se debe remitir a la Dirección General de Aviación Civil, a la mayor brevedad posible, el plan o instrumento de ordenación aprobado definitivamente, acompañado de certificación del acto de aprobación definitiva. Todo ello conforme con la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto de 4 de diciembre sobre la Ordenación de los Aeropuertos de Interés General y su Zona de Servicio.

Esta Modificación Puntual está motivada por el hallazgo de valores arqueológicos, y propone un serie de correcciones. Entre ellas, cabe destacar, la relocalización de las parcelas 48 y 49, que en el proyecto de compensación ocupaban el área del yacimiento del Atalaya de Taliarte, y que deben ser trasladadas como consecuencia de la desafección del área arqueológica, resultando la creación de nuevas parcelas. Esta área de yacimiento pasa a formar parte de los espacios libres.

Otras correcciones conciernen a la reducción del equipamiento docente en la cabida de 600 metros cuadrados, en su lindero con la parcela número 192, destinándolo a la relocalización de las parcelas 48 y 49, destinándola a uso residencial y conservando la edificabilidad de 0, 452 mc2/m2s.

Además se establece la supresión de la escalera colindante con el yacimiento arqueológico, con una superficie de 250 metros cuadrados, que se destina a espacio libre; así como la eliminación de giros en la alameda y sustitución de la escalera número cinco por un vial. Se propone la modificación del viario interior del Plan Parcial, específicamente en las áreas peatonales y ajardinadas JN-1 y JN-2, con la posibilidad de giros intermedios para el cambio de sentido de la vía, que no se considera adecuado a la seguridad del tráfico, así como la sustitución de la escalera número cinco por vial en prolongación, procedente de la calle Miramar.

Revisión Parcial del PGO de San Bartolomé de Tirajana en el ámbito del sector 20 (Hornillo 3C 2/3), así como de la ordenación pormenorizada del sector 20A e Informe de Sostenibilidad Ambiental. Trámite de aprobación de Memoria Ambiental. Término municipal de San Bartolomé de Tirajana.- La Comisión aprobó la Memoria Ambiental de la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) de San Bartolomé de Tirajana, en el ámbito del sector 20 (Hornillo 3c 2/3), así como de la Ordenación Pormenorizada del Sector 20 A. No obstante, condiciona la publicación de este acuerdo a que se subsanen determinados aspectos.

Entre ellos, debe incorporarse al Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), como anexo, el estudio hidrológico del barranco aportado en la Memoria Ambiental e incorporar en el apartado 2.12. del ISA el análisis de los tres perfiles topográficos de la cuenca del Barranco de El Tablero, así como el análisis de las imágenes llevado a cabo en las determinaciones finales de la Memoria Ambiental.

La Revisión se informó en sentido condicionado puesto que, entre otras cuestiones, se debe realizar un informe o ampliarse el informe existente de disciplina urbanística de fecha 16 de julio de 2014, que acredite que no existe ninguna sentencia firme que ordene la demolición de alguna de las viviendas ubicadas en el sector. Igualmente, dado que la Dirección General de Infraestructura Viaria de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias ha emitido informe desfavorable, una vez subsanada la documentación, deberá remitirse a dicha Dirección General, a los efectos de la emisión de un nuevo informe.

La Revisión propuesta pretende dividir el actual sector 20 de suelo urbanizable no ordenado en dos sectores, el 20-A y el 20-B, integrándose en el A) la totalidad de los terrenos de los promotores; así como ordenar pormenorizadamente, con el mismo grado de precisión que un Plan Parcial, el sector 20-A, que se categoriza como suelo urbanizable sectorizado ordenado. Asimismo, pretende dividir este sector en dos unidades de actuación. Se modifica la altura máxima permitida a las edificaciones de dos a tres plantas en las parcelas ubicadas en las cotas más bajas del plan y linealmente a lo largo del desarrollo del vial interior que comunica la zona del Hornillo con la de Sonneland y el Tablero, procurando que su visión directa desde la autopista sea imperceptible, y se asigna la superficie de suelo necesaria para poder materializar el 30% de la edificabilidad residencial o el 20% del aprovechamiento del sector, la que resulte mayor, con destino a la construcción de viviendas de Protección Pública.

Igualmente, con esta Revisión Paracial se quiere categorizar el sector 20-B como suelo urbanizable sectorizado no ordenado, para posibilitar que sus propietarios lo desarrollen en función de sus intereses, y en el B establecer la altura máxima en dos plantas y 10,5 metros.

Se pretende además delimitar físicamente el parque urbano de Tabaqueras, ya que en el PGOU del 96 no existe un documento gráfico que delimite exactamente los terrenos que constituyen el sistema general; y delimitar correctamente el sector 20, en su lindero con la autopista GC-1, lo que supone una reducción de su superficie de 5.958, 25 metros cuadrados.

Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de San Bartolomé de Tirajana en el ámbito de la urbanización Salobre Golf. Trámite de exclusión del procedimiento de Evaluación ambiental y trámite de consulta. Término municipal de San Bartolomé de Tirajana.- La Cotmac excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación (PGO) de San Bartolomé de Tirajana en el ámbito de la urbanización Salobre Golf promovido por dos ciudadanos, en representación de la Agrupación de Interés Económico «Golf El Salobre, A.I.E.», al considerarse que sus afecciones no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente.

Además, informó, en el trámite de consulta previsto en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, la necesidad de que se acredite por el Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana si existe sentencia o procedimiento de ejecución de sentencia, en relación a lo que constituye el objeto de la Modificación, a fin de evitar que la misma sea contraria al pronunciamiento de alguna sentencia o resolución judicial, o se pretenda eludir su cumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en  la Ley de 23 de julio reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

En especial, se condicionó la continidad de la tramitación de este expedente a que se determine documental y exactamente si ha habido variaciones sustanciales en la parcelación y cuál es la que debe prevalecer, y en especial, la referida a la ubicación residencial prevista en la zona, para la que ha de certificarse que no existen riesgos derivados de la proximidad de una pequeña presa en el barranco donde se edificarían las viviendas.

Corrección de error material en el PGO Supletorio de Teror aprobado por la Cotmac en sesión celebrada el día 30 de junio de 2014. Término municipal de Teror.- La Comisión aprobó la corrección del error material advertido en el plano de ordenación pormenorizada 1.2 (San José del Álamo-Lo Blanco) del Plan General de Ordenación (PGO) Supletorio de Teror, aprobado por la Cotmac en sesión celebrada el día 30 de junio de 2014.

En el PGO supletorio de Teror no se incluyó en el plano de ordenación pormenorizada 1.2 (San José del Álamo-Lo Blanco) una parcela dentro del ámbito de suelo urbano, según los términos en que se contestó a una alegación al respecto.

Por ello se solicitó la inclusión de la parcela señalada en el plano adjunto dentro del suelo urbano consolidado por la urbanización con uso residencial ya que reúne todas las condiciones y los servicios para poder construir una vivienda. Figura la estimación de la citada alegación en los siguientes términos: «se considera lo expuesto en la alegación por estar dotada la parcela señalada de los servicios requeridos para ser soporte de aprovechamiento urbanístico conforme a la ordenación urbanística prevista para el suelo en cuestión».

Modificación Puntual número 10, Lomo Los Santos, del PGO de Tejeda. Trámite de consulta interadministrativa al documento de aprobación inicial e Informe de Sostenibilidad Ambiental. Término municipal de Tejeda.- La Comatc informó la Modificación Puntual número 10 del Plan General de Ordenación (PGO) de Tejeda, para la sustitución de tramo de calle por fondo de saco en Lomo Los Santos, en sentido condicionado a la subsanación de consideraciones recogidas en un informe jurídico y técnico, e informó de forma favorable el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) de la citada Modificación Puntual para la sustitución de tramo de calle por fondo de saco en Lomo Los Santos.

Como condicionantes se indica que debe incorporarse al expediente administrativo los acuses de recibo o acreditación de la recepción de los oficios enviados a las administraciones afectadas en el trámite de consulta y/o petición de informes preceptivos, así como la certificación de que el expediente ha estado expuesto en el tablón de anuncios por un plazo de 45 días.

Además debe aportarse los datos de las superficies resultantes de la nueva ordenación del viario y abordarse la valoración económica de la actuación, precisando si se produce incremento de la superficie destinada a vial. En este caso se preciará cual es el mecanismo previsto para la obtención del mismo, para lo cual se contemplará la rectificación oportuna del estudio económico financiero, aclarando si se acudirá a la expropiación, ocupación directa o a la cesión gratuita por convenio urbanístico, así como la expresa asunción de responsabilidad económica de la administración que formula el Plan.

Esta Modificación Puntual contiene una propuesta geométrica del fondo de saco que afecta a dos parcelas urbanas, una edificada al norte y otra sin edificar, a un camino (33 metros cuadrados), resultando una superficie de solares más camino de 285,63 metros cuadrados en cuya superficie se incluye un solar ubicado al sur del viario propuesto en el PGO vigente.

Se justifica la Modificación en base al interés público de solucionar adecuadamente el remate del sistema viario.

El objetivo principal es reordenar el trazado de la vía para adaptarlo a la realidad funcional y física del barrio, dando una respuesta real a las actuales condiciones topográficas. Concretamente, el objeto de la Modificación Puntual número 10 del Plan General de Ordenación de Tejeda es la reordenación de una vía en suelo urbano, en la zona conocida como Lomo de Los Santos. El trazado viario contenido en el PGO vigente, en el que se prevé en el tramo final de la calle El Patio un giro al naciente que conectaría con la calle La Erilla, no puede ejecutarse por imposibilidad técnica, dada la pendiente que resultaría de la vía propuesta. Se propone suprimir el tramo en «L» de excesiva pendiente y reemplazarlo por un fondo de saco de 12 metros de diámetro a nivel.

La modificación afecta únicamente a la planimetría del PGO, en concreto al trazado de un sistema local viario recogido en el plano «2.1 Ordenación Pormenoriza. Calificación del suelo urbano», en el que se establece las alineaciones de las manzanas edificables, los anchos de las vías y la ordenanza zonal de aplicación, manzana cerrada edificación entre medianeras de dos plantas, tipo M2 de uso característico residencial en vivienda entre medianeras.

Modificación Puntual número 13, La Tosca. Trámite de consulta interadministrativa al documento de aprobación inicial e Informe de Sostenibilidad Ambiental. Término municipal de Tejeda.- La Cotmac informó la Modificación Puntual número 13 del Plan General de Ordenación (PGO) de Tejeda para la corrección de vial en La Tosca, en sentido condicionado a la subsanación de determinadas consideraciones, e informó de manera favorable el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) de la citada Modificación Puntual.

Deberá, según los condicionantes, incorporarse al expediente administrativo los acuses de recibo o acreditación de la recepción de los oficios enviados a las Administraciones afectadas en el trámite de consulta y/o petición de informes preceptivos, así como la certificación de que el expediente ha estado expuesto en el tablón de anuncios por un plazo de 45 días.

Además se puede modificar la alineación pretendida pero eliminando toda mención a una equidistribución de cargas y estableciendo cual es el mecanismo previsto para la obtención del suelo destinado a la ampliación del vial que se pretende, para lo cual se debe contemplar la rectificación oportuna del estudio económico financiero o aportar un estudio económico financiero de la Modificación Puntual, aclarando si se acudirá a la expropiación, ocupación directa o a la cesión gratuita por convenio urbanístico, así como la expresa asunción de responsabilidad económica de la administración que formula el Plan.

Esta Modificación Puntual, según se desprende del expediente, responde a que la oficina técnica municipal del Ayuntamiento de Tejeda, como gestor y ejecución del planeamiento, detectó en esta zona del barrio un agravio comparativo entre las afecciones que se derivan del establecimiento de las alineaciones a vial en la calle  Almogarén, siendo que la propiedad a poniente soporta toda la cesión para el rodonal ordenado en la planimetría del PGO.

La justificación de la Modificación Puntual se centra en la equidistribuión justa de las afecciones derivadas de las alineaciones del planeamiento del Suelo Urbano Consolidado, para lo que se establece el reparto entre ambos propietarios que dan frente a este camino. Atendiendo a las actuales condiciones del lugar, se reordena el trazado partiendo del eje de la calle y, hacia ambos lados, se marcan los nuevos frentes de fachada para que el rodonal obtenga los 3,00 metros de sección finales.

Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Agaete en el ámbito de la AUA-7. Trámite de exclusión Evaluación Ambiental e informe del artículo 11 del TRLOTENC.- La Cotmac informó en sentido condicionado  la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación (PGO) de Agaete en el ámbito de la AUA-7 y excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental  la citada Revisión Parcial, ya que se considera que las afecciones que pudieran originarse por su desarrollo no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente y pueden encuadrarse en el artículo 24.4 del Reglamento de Procedimientos.

Los condicionantes del trámite de consulta establecen, entre otras cuestiones, que deberá garantizarse con carácter previo a la tramitación de la Revisión Parcial la obtención del tramo de viario que queda dentro de la AUA-7, a los efectos de resolver problemas de accesibilidad.

Además deberá actualizarse el estudio económico financiero del Plan General, a los efectos de evaluar económicamente la ejecución de las obras de urbanización que comporta esta Revisión Parcial, y deberá aportarse un informe o memoria de sostenibilidad económica de las actuaciones de nueva urbanización que se pretenden mediante esta Revisión de Planeamiento, en el que se ponderará, en particular, el impacto de la actuación en las Haciendas Públicas afectadas por la implantación y el mantenimiento de las infraestructuras necesarias o la puesta en marcha y la prestación de los servicios resultantes, así como la suficiencia y adecuación del suelo destinado a usos productivos.

El objeto de esta Revisión es categorizar como suelo urbano consolidado la parcela ubicada en la calle Guayarmina números 46-48 con una superficie de 334,05 metros cuadrados al contar con los servicios exigidos al efecto, así como mantener la ordenación fijada en el Plan General sobre dicha parcela, esto es, tanto la calle de ocho metros de ancho prevista en el Plan General como el viario de 10 metros en su lindero sur. La superficie total de cesión es de 173,85 metros cuadrados, ordenando el resto con uso residencial ordenanza M3, afectando a una superficie de 160,20 metros cuadrados.

De igual manera, esta Revisión incrementa la superficie destinada a espacios libres en 20 metros cuadrados a resultas del incremento de edificabilidad de la parcela, transformando el uso de la calle adyacente objeto de esta Revisión de viario a peatonal.

Plan General de Ordenación de Arucas. Levantamiento de la suspensión de la aprobación definitiva relativa a los asentamientos rurales. Término municipal de Arucas.- La Cotmac levantó la suspensión y, en consecuencia, aprobó definitivamente las determinaciones del Plan General de Ordenación (PGO) de Arucas relativas a «La ordenación propuesta de los asentamientos rurales» al entender un informe emitido por el Servicio Técnico de Planeamiento Urbanístico Oriental del Gobierno de Canarias que la documentación remitida justifica la reducida dimensión de los asentamientos rurales contenidos en el Plan General, el escaso crecimiento de los mismos, así como que existen dotaciones próximas en las inmediaciones de ellos a los efectos de cumplimentar la Directriz 63.2.d.

Con anterioridad, en sesión celebrada el 30 de junio de 2014, la Cotmac levantó la suspensión y, en consecuencia, aprobó de forma definitiva, las determinaciones del PGO de Arucas afectadas por el informe emitido por la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar de 10 de diciembre de 2013.

No obstante, suspendió la aprobación definitiva de las determinaciones del Plan General de Ordenación de Arucas relativas a la Unidad de Actuación UA TA-02, manteniendo la suspensión de la aprobación definitiva de las determinaciones del PGO relativas al Suelo Rústico de Protección Minera de Rosa de Silva, a efectos de que se ajuste su perímetro al área no ocupada por el hábitat de interés comunitario en torno a la explotación, previa consulta; y las relativas a la ordenación propuesta de los asentamientos rurales.

La Palma

Equiparación de las categorías de suelo rústico solicitada por el Ayuntamiento de la Villa de Mazo, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria 4ª de la Ley 14/2014, de 26 de diciembre, de Armonización y Simplificación en materia de Protección del Territorio y de los Recursos Naturales. Término municipal de Mazo.- La Cotmac dejó sobre la mesa este expediente, a expensas de que se produzca una aclaración sobre la manera correcta de realizar la equiparación solicitada por el Ayntamieto de la Villa de Mazo.

Plan General de Ordenación de Los Llanos de Aridane. Aprobación definitiva de los ámbitos suspendidos correspondientes a los sectores de suelo urbanizable sectorizado ordenado turístico de la zona de Puerto Naos denominados G3S2, G3S3 y G3S4. Término municipal de Los Llanos de Aridane.- La Cotmac también dejó sobre la mesa este expediente, ante la discrepancia surgida entre los promotores y los técnicos de la propia Cotmac sobre la subsanación de los condicionantes puestos al mismo en una sesión anrterior. Ante esta situación, el Pleno decidió posponer su resolución hasta su próxima reunión, para aclarar si se han subsanado todos los requisitos impuestos.

Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto «Parque Eólico Garafía II de 3,6 MW», promovido por Eólica del Sureste, S.L.U. Término municipal de Garafía.- La Comisión aprobó con condicionantes y sólo a efectos ambientales el proyecto  denominado «Parque Eólico Garafía II de 3,6 MW», promovido por Eólica del Sureste, S.L.U., en el término municipal de Garafía.

Este proyecto propone la instalación de cuatro aerogeneradores tripala ENERCON E-44 de 0,9 MW de potencia unitaria, dispuestos en una única alineación, en el lugar conocido como Lomo Salvatierra, a unos 600 metros del núcleo urbano de Santo Domingo -entre los 353 y 405 m.s.n.m.-, en el municipio de Garafía.

Las dimensiones de cada aerogenerador será de 44 metros de diámetro de palas y una altura de buje de 55 metros, lo que dará una altura total de 77 metros. La potencia total a instalar será de 3,6 MW.

La obra civil para la construcción de este parque eólico precisará de cimentación de los aerogeneradores, plataformas de montaje, centro de salida, apertura de zanjas para el cableado eléctrico de media tensión (20 Kv) entre aerogeneradores, accesos y caminos de servicio interiores nuevos que permitan llegar hasta las máquinas, acondicionamiento viario desde el núcleo poblacional de Santo Domingo hasta la ubicación del parque eólico y un mástil meteorológico.

Entre los condicionantes establecidos por la Cotmac destaca que se deberá comprobar los niveles de inmisión sonora estimados en el estudio de ruidos para las viviendas aisladas, a dos metros de las fachadas y en cualquiera de sus alturas, durante la etapa de verificación del Programa de Vigilancia Ambiental, con el objeto de que se confirme la afección cero a la población, tanto en periodos diurnos como nocturnos por los cambios locales en el régimen de brisas costeras.

También, entre otras cuestiones, se deberá estudiar y valorar las intensidades medias diarias (IMD) de las carreteras internas próximas a los aerogeneradores, que comunican los distintos barrios del municipio, en correlación con los datos obtenidos en el Estudio de Impacto Ambiental y en su documentación adicional sobre el efecto parpadeo o discoteca, a los efectos de descartar molestias significativas para los usuarios de estas vías.

El Hierro

Plan Hidrológico de El Hierro. Informe previo de la Cotmac del artículo 47 TRLOTENC y 23 del Reglamento de Procedimientos.- La Cotmac informó de manera favorable la suspensión del planeamiento hidrológico vigente en la isla de El Hierro, de acuerdo a lo establecido en el artículo 47 del Texto Refundido de la Leyes de ordenación del territorio y de los espacios naturales de Canarias, si bien lo hizo de manera condicionada a que el órgano promotor subsane varios aspectos, antes de poder elevarlo a la consideración del Consejo de Gobierno de Canarias, que es el competete para aprobar la suspensión del planeamiento y la aprobación de una nueva normativa transitoria para la isla.

Tenerife

Desistimiento del proyecto de actuación territorial «Casa de Las Mariposas» e incoación del procedimiento previsto en el artículo 63.9 del TRLOTENC. Término municipal de Arona.- La Cotmac resolvió el desestimiento formulado por un interesado en el Proyecto de Actuación Territorial «Casa de Las Mariposas», así como la incoación del procedimiento solicitado en virtud del artículo 63.9 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC).

La parte interesada solicitó el desistimiento sobre el Proyecto de Actuación Territorial que se está tramitando en la Dirección General de Ordenación del Territorio y la incoación de la autorización en suelo rústico para la implantación de infraestructuras y equipamientos en las fincas registrales 1.287 y 61.686.

Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Guía de Isora en el sector Abama. Subámbito 1. Solicitud exclusión Evaluación Ambiental Estratégica. Término municipal de Guía de Isora.- La Cotmac excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación (PGO) de Guía de Isora en el sector Abama, subámbito 1, conforme con lo establecido en el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, al tratarse de una Modificación Puntual de escasa entidad y al acreditarse la ausencia de efectos significativos en el medio ambiente.

El objeto de esta Modificación afecta al trazado viario y a las condiciones de implantación de la edificación, alterando determinaciones de ordenación pormenorizada del PGO, lo que se puede considerar de escasa entidad en referencia al artículo 24.4 del Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.

Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto «Nueva Industria de anodizado de perfiles de aluminio y recuperación de tochos de aluminio por fusión de retales», promovido por ALUCANSA, S.A. Término municipal de Güímar.- La Cotmac aprobó con condicionantes y sólo a efectos ambientales la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Nueva Industria de Anodizado de Perfiles de Aluminio y Recuperación de Tochos de Aluminio por Fusión de Retales», promovido por Alucansa, en el Polígono Industrial de Güímar.

Las principales actuaciones que comprende el diseño de la actividad se resumen, entre otras cuestiones, en las siguientes: el proceso productivo principal desarrollado por Alucansa consiste en el anodizado de perfiles de aluminio, si bien también tienen lugar diversos procesos mecánicos de menor capacidad productiva, con el fin de aportar al perfil de aluminio el acabado deseado por el cliente. Por otra parte, la actividad está dotada con una instalación de extrusión, que a partir de tochos de aluminio, proporciona los perfiles para ser tratados en el resto de procesos.

Según el Estudio de Impacto Ambiental presentado, no se emitirá humo, vahos u otros aires calientes a nivel de acera exterior y las emisiones a la atmósfera de la combustión de los hornos se realizarán por la cubierta de la edificación tras su paso por un filtro. Asimismo, los gases aspirados en la zona de anodizado pasan a través de una torre de lavado de gases, antes de su emisión a la atmósfera.

Con respecto al Plan Insular de Ordenación Territorial de Tenerife, la actuación se localiza en suelo urbano, comprendido en el Polígono Industrial de Güímar, por lo que la instalación deberá atenerse a las disposiciones de aplicación establecidas en el planeamiento urbanístico municipal.

Además, según el apéndice de condicionantes, entre otras cuestiones, no se podrá iniciar la actividad prevista sin que se produzca un acuerdo y compromiso expreso de las administraciones competentes en relación a la puesta a punto del sistema de saneamiento que permita una primera depuración en la empresa Alucan; y una segunda depuración, antes de que el vertido se produzca a través de la correspondiente infraestructura debidamente autorizada por el Consejo Insular de Aguas de Tenerife.

En relación al Programa de Vigilancia Ambiental, el mismo debe implementarse en determinados aspectos, de manera que, entre otras cuestiones, debe incluirse un protocolo que permita llevar a cabo el seguimiento de los niveles de emisión y ruidos dentro del ámbito de la Reserva Natural Integral Malpais de Güímar.

Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente relativa a la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Planta de Almacenamiento de Combustibles en el Puerto de Granadilla», promovido por PETROCAN. Término municipal de Granadilla de Abona.- La Cotmac devolvió esteexpediene a su pomotor,a expensas de que se apruebe la Evaluación Ambiental Estratégica del Plan de Usos del Puerto, en la que debe de basarse la Evaluación dde Impacto Ambiental de los proyectos a ubicar en él.

El Consorcio de El Rincón analiza las conclusiones de las Jornadas celebradas durante este mes

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El viceconsejero de Política Territorial del Gobierno de Canarias, Mario Pérez, presidió esta tarde la reunión de la Comisión Ejecutiva del Consorcio de El Rincón, celebrada en el Ayuntamiento de La Orotava, cuyo alcalde, Francisco Linares, es el vicepresidente de la Comisión, en la que se analizaron las conclusiones de las Jornadas de debate organizadas en la Villa durante los cuatro primeros lunes de este mes de marzo.

Las infraestructuras contempladas en el Plan Especial redactado para la zona, como la red de riego, el acceso a las playas o el cierre del anillo viario, son las actuaciones que mayor consenso alcanzaron

Con una participación media de 59 personas en cada una de las jornadas y la presencia de numerosos miembros de la Asociación de Propietarios y del Coolectivo Ecologista de El Rincón, las jornadas evidenciaron que el mayor consenso en cuanto a las actuaciones que se contemplan en el Plan girna en torno a las infraestructuras, ya sean generales como específicas. La red de riego, el acceso a las playas o el cierre del anillo viario son las intervenciones recogidas en el documento que los asistentes a los encuentros consideraon prioritarias.

A ellas se sumó además otra propuesta, no incluida en el Plan, aunque ya tratada y acordada en el propio pleno municipal, y que se ha comenzado a gestionar con la empresa suministradora, que es la del soterramiento de los tendidos eléctricos que atraviesan el espacio aéreo de El Rincón.

Por otro lado, y dentro del apartado de estrategias que pueden estudiarse y comenzar a consensuarse de forma inmediata, estarían las relacionadas con la movilidad sostenible y los aparcamientos, sobre todo durante la temporada estival.

En cuanto al valor agrícola de la zona, además  de la reforma de calado que supone la implantación de una eficiente red de riego, se propuso trabajar junto a los principales agricultores de El Rincón, fundamentalmente especializados en el cultivo de la platanera y el aguacate, para poner en marcha la implantación de cultivos alternativos rentables, el fomento de cultivos ecológicos y la creación de una marca o sello de calidad distintivo de los productos de El Rincón, así como informar y actualizar todas las posibilidades de ayudas y subvenciones existentes en el sector.

En cuanto a los asuntos en los que se ha detectado que se necesita incrementar el acuerdo y trabajar en el marco de un proceso participativo, se resumieron principalmente en aquellas actuaciones que en el Plan se proponen para alcanzar unas rentas complementarias a la agrícola. La implantación del hotel, del camping o incluso del albergue, y la gestión que ello supone y que generaron las mayores dudas entre los asistentes a las Jornadas, sobre todo por las diferentes alternativas propuestas y que podrían conllevar la posible modificación en el Plan.

A este respecto, se planteó que la mejor fórmula para desarrollar el objetivo principal del Consorcio, que es la conservación de los valores agrícolas y paisajísticos de la zona, dentro de un modelo que resulte sostenible y económicamente viable para todos los agentes implicados en él, sea empezar a gestionar el Plan Especial vigente e ir viendo, dentro del sistema de diálogo continuo consolidado a través de las reuniones casi mensuales de la Comisión Ejecutiva, cuáles son las necesidades de modificaciones puntuales que éste requiera, sin llegar a una revisión general; la carencia de una evaluación ambiental estratégica o la necesidad de elaborar un informe de sostenibilidad económica pueden complejizar y alargar temporalmente un proceso de revisión.

En definitiva, para el Consorcio se abren ahora dos vías de gestión. Aquella, más económica y ejecutiva, que tiene que ver con la consecución y materialización de las infraestructuras más prioritarias, y la que conlleva un mayor estudio y participación sobre posibles alternativas a los aspectos más conflictivos del documento, planteando la posibilidad de abordarlos de forma individual, en función de su grado de complejidad o conflictividad.

Las conclusiones de estas Jornadas, servirán, pues, como base para la elección del mejor y más eficaz modelo de gestión que se debe implantar, para dar continuidad al intenso trabajo que se ha desarrollado en el último año y que, como logro más notable, ha conseguido la aprobación de unos nuevos estatutos de funcionamiento del propio consorcio, con el acuerdo de todos sus miembros, desde los propietarios y vecinos, hasta los colectivos ecologistas y las administraciones públicas representadas en él.

Puertos Canarios aprueba provisionalmente el proyecto para la nueva dársena deportiva de Arguineguín

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El Consejo de Administración del Ente Público Puertos Canarios, del que forman parte el Gobierno autonómico, cabildos insulares, ayuntamientos y organizaciones patronales de ámbito portuario del Archipiélago, acordó hoy aprobar provisionalmente el proyecto de concesión de la dársena deportiva del Puerto de Arguineguín, en Gran Canaria, seleccionado por la mesa de contratación convocada al efecto y ratificado por el Consejo Asesor.

El Consejo de Administración del Ente autorizó además a su vicepresidente, Mario Pérez, a suscribir los convenios necesarios para encauzar el barranco de Órzola, al norte de Lanzarote

El proyecto escogido, presentado por la empresa Puerto Deportivo Arguineguín, S.L., saldrá ahora a un nuevo periodo de información pública durante un mes, antes de ser aprobado definitivamente. La propuesta escogida en este caso propone una inversión superior a los 16,6 millones de euros, que conseguirá ubicar un total de 334 atraques deportivos y 90 para pesqueros en las instalaciones del sur grancanario, además de otras mejoras en restauración, comerciales y para los propios pescadores.

El Ente también aprobó hoy delegar en su vicepresidente, Mario Pérez Hernández, la capacidad para suscribir dos acuerdo con fines diferentes en la isla de Lanzarote. El primero de ellos, fue el acuerdo de colaboración necesario, entre el Consejo Insular de Aguas del Cabildo Insular de Lanzarote y Puertos Canarios, para la ejecución del encauzamiento del Barranco de Órzola, en Haría.

El objetivo del mencionado convenio es el de desviar el cauce actual del barranco, que viene a verter sus escorrentías en el mismo interior del puerto de Órzola, con todos los trastornos y la peligrosidad para la navegación que esto supone en épocas muy lluviosas, en las que el cauce puede llegar a verter en el interior del puerto objetos de abultadas dimensiones. Una vez firmado el convenio, el Consejo Insular de Aguas de Lanzarote y Puertos Canarios invertirán más de medio millón de euros en encauzar el barranco, para desviar la desembocadura del mismo hacia el norte del núcleo poblacional.

La segunda de las autorizaciones faculta a Mario Pérez a suscribir también convenios de colaboración entre el Ente público y la ONG Emergencias y Rescates de Lanzarote (EMERLAN), con el fin de facilitar a los equipos de rescate su labor en el mar, al mismo tiempo que se mejoran las garantías de seguridad que los puertos de Lanzarote dependientes de la Comunidad Autónoma ofrecen a sus usuarios.

Por último, el orden del día de la sesión, incluyó resoluciones sobre varias concesiones, como la adjudicación de la gestión de la grúa, y otras instalaciones pesqueras del puerto de Playa Santiago a la empresa Pescados Ramón e Hijos, como lo que los gomeros contarán con un nuevo lugar de primera venta a pie de muelle; la de la ocupación y posterior explotación de la zona de primera venta de la instalación portuaria de El Pris, en Tacoronte, para la actividad de restauración, informada de forma favorable para la Cofradía de Pescadores del lugar; o la explotación de la cafetería del antiguo muelle de Garachico.

Ya en el apartado de daciones de cuentas, el director gerente de Puertos Canarios, Juan José Martínez, recordó a los presentes que el próximo miércoles se celebra la III Regata de Puertos Canarios, que partirá de Santa Cruz de Tenerife, con destino a las recientes instalaciones de Tazacorte, así como del interés mostrado por varios puertos de Estados Unidos, como el de Orlando, para llegar a acuerdos de colaboración y desarrollar acciones comunes con el Ente de la Comunidad Autónoma.

Abierta al tráfico la Duplicación de la Circunvalación de Arrecife, en Lanzarote

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El presidente del Gobierno de Canarias, Paulino Rivero, ha inaugurado hoy la Duplicación de la Circunvalación de Arrecife, en Lanzarote, con la presencia del consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial, Domingo Berriel, el presidente del Cabildo Insular, Pedro San Ginés, el alcalde de Arrecife, Manuel Fajardo, y el subdelegado del Gobierno en Las Palmas, Luis Molina,entre otras autoridades.

El proyecto, que ha requerido una inversión de más de 36 millones de euros, proporciona mayor capacidad a la vía, mejorando la fluidez y seguridad del tráfico

El proyecto inaugurado, que abarca una longitud de 5,6 kilómetros de la LZ-3, se desarrolla íntegramente en el municipio de Arrecife, cuya carretera de Circunvalación contaba sólo con una calzada de dos carriles, sin arcenes pavimentados, conectando la LZ-2 con el acceso al Puerto de Los Mármoles y con las tres principales carreteras radiales de la ciudad, la LZ-20 (Arrecife-San Bartolomé-Tinajo), la LZ-1 (Arrecife-Tahiche-Mala-Arrieta-Órzola), y la carretera de Arrecife al núcleo turístico de Costa Teguise.

Con la duplicación, la Circunvalación ha pasado a tener dos calzadas independientes de dos carriles por sentido, de 3,5 metros de ancho, arcenes exteriores de 2,5 metros, arcenes interiores de un metro y mediana ajardinada de tres metros de ancho, protegida por semibarreras rígidas tipo New Jersey.

El proyecto incluye 12 estructuras entre enlaces, pasos superiores e inferiores y una pasarela peatonal. Con ello, se mejora la accesibilidad a Arrecife desde la carretera de interés regional LZ-2, conectando su entrada en el municipio con la Rambla Medular a través de una glorieta de gran diámetro, situada en las inmediaciones del Cabildo Insular.

De los 5,6 kilómetros que abarca la obra, apenas han podido ser aprovechados 500 metros de la plataforma existente,  al discurrir el resto de la traza a una cota inferior. En el tramo comprendido entre los Enlaces de Costa Teguise y Tahiche se han ejecutado tres carriles en cada calzada, debido a la proximidad de los ramales de aceleración y desaceleración de ambos nudos, disponiéndose de este modo de una mayor longitud para efectuar los movimientos de trenzado.

El proyecto ejecutado incluye también la modificación de cuatro de los cinco nudos que existían en la rotonda a nivel de Los Mármoles y en los enlaces de la LZ-3 con la carretera a Costa Teguise, con la que comunica Tahiche con Órzola, y con la que conduce a San Bartolomé.

Nuevos enlaces para dar mayor fluidez al tráfico

Aparte de proporcionar mayor capacidad y seguridad a la vía de Circunvalación, el proyecto cumple con el objetivo de mejorar el funcionamiento de los enlaces existentes, sobre todo el de San Bartolomé, en el que había aumentado considerablemente la intensidad del tráfico, con las consiguientes retenciones. Una rotonda elevada con un radio interior de 45 metros  mejora esta conexión, descongestionándola y proporcionando mayor seguridad y fluidez al tráfico.

También quedan resueltos los problemas existentes en el acceso a Arrecife desde la carretera LZ-2, que une la capital con el aeropuerto y la zona sur de la isla. Para ello, se optó por ordenar la entrada a Arrecife de la LZ-2, conectándola con la vía medular mediante una rotonda a nivel de 50 metros de radio interior.

Igualmente, se mejora la seguridad y funcionalidad del enlace de la Circunvalación con la LZ-2, resolviendo las conexiones entre Arrecife y LZ-3, al convertir el carril de incorporación en tercer carril de la LZ-2, que se conecta con la nueva glorieta del enlace con la Vía Medular, para lo que ha sido preciso macizar la estructura existente en el paso inferior de la Avenida Fred Olsen.

Las obras han requerido una inversión de 36.343.778 euros, ejecutada por la UTE CIRCUNVALACIÓN ARRECIFE, integrada por las empresas Acciona Infraestructuras, Lanzagrava y Hormigones Insulares.

La financiación de esta obra no se ha visto tan afectada como otras del Archipiélago por los recortes efectuados por el Estado al Convenio de Carreteras, al poder asignársele al proyecto fondos europeos de la Comunidad Autónoma, a través del programa FEDER.

GRAFCAN se muestra en una exposición itinerante que recorrerá el Archipiélago a partir de hoy

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La exposición itinerante «GRAFCAN, 25 años al servicio del territorio» abrió hoy en Gran Canaria sus puertas al público interesado en información geográfica y territorial. La muestra, que desea acercar a la sociedad canaria la trayectoria de la empresa en estos 25 años, fue inaugurada por el presidente de la empresa y consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canaarias, Domingo Berriel, en un acto celebrado en el Museo Elder de la Ciencia y la Tecnología, en el Parque Santa Catalina de Las Palmas de Gran Canaria.

• La empresa adscrita al Gobierno de Canarias acerca a la sociedad canaria la trayectoria de la entidad y su amplio conocimiento en información geográfica y territorial

Esta muestra itinerante, que recorrerá todas las islas del Archipiélago, se desarrolla con motivo del 25 aniversario de la constitución de la empresa pública Cartográfica de Canarias, S.A. en 1989.  A través de imágenes aéreas que pertenecen al fondo documental de la empresa, el público podrá observar en este escenario la evolución del territorio canario en diferentes puntos del Archipiélago, pudiendo así observar los cambios naturales y antrópicos ocurridos sobre las islas. Además se ha seleccionado una muestra subjetiva, mínima y variada de personas y pasajes que han dado universalidad a Canarias y que aportan a la exposición una visión más rica e integral de nuestro espacio vital.

La exposición «GRAFCAN, 25 años al servicio del territorio» acerca así a la sociedad canaria la trayectoria de la empresa en estos 25 años de manera que los ciudadanos puedan obtener una visión general de la trayectoria de los servicios de la empresa. Para ello ofrece, en la exposición que comienza hoy en Gran Canaria, 19 póster de 100 por 70 centímetros de imágenes aéreas sobre evolución del territorio, póster de 25 hitos de la empresa, así como, cedidos por el Cabildo de Gran Canaria, cuatro planos en TELA originales de cartografía de Gran Canaria del año 1960, un gráfico director 1/250.000 en tela Cartografía Gran Canaria del año 1960 y un póster a escala 1:25.000 también de la misma isla de cartografía del año 1960.

Además de la proyección del vídeo corporativo de la empresa, el visitante podrá disfrutar de la proyección de un vídeo con un vuelo 3D Canarias y otro del plan de mapas y gráficos del año 1967 y se podrán contemplar la Cámara Analógica Fotogramétrica RC30 WILD, con la que se sacaban las fotografías desde los aviones antes de su cambio a formato digital; el receptor GPS RS500, que garantiza unas mediciones con el más alto grado de precisión , un póster del Archipiélago, escala 1:150.000 de tres metros con ortofoto y otro de iguales características con Modelos de Sombras. También habrá un monitor de pantalla plana con el visor de IDECanarias para que el público pueda realizar sus propias consultas de información territorial.

En esta exposición, se difunden los 25 hitos más importantes logrados por GRAFCAN desde su constitución, que abarca desde la ejecución del Plan Regional de Ordenación de la Información Geográfica aprobado por el Gobierno de Canarias, gracias al que consiguió ser la primera comunidad autónoma de España en producir Cartografía en 3D de todo su territorio, hasta la implantación y desarrollo de la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias, IDECanarias, alineada con la directiva europea INSPIRE.

Otras actuaciones relevantes han sido su participación en la creación de la empresa de vuelos aéreos «Regional Geodata Air», el acuerdo alcanzado con Google, que publica las ortofotos de las islas para todo el mundo, la puesta en funcionamiento de la Red de Estaciones Permanentes (REP) de Canarias con 17 estaciones GNSS (Global Navigation Satellite System), y la producción del primer vuelo LIDAR de Canarias y del primer Mapa Topográfico Integrado del Archipiélago. También cabe destacar la colaboración con las distintas administraciones del Estado: Costas, Catastro, Medio Ambiente, Fomento, Instituto Geográfico Nacional, Colegio Nacional de Registradores, así como el desarrollo de proyectos basados en sistemas de información territorial en otros países como México, Cabo Verde, Marruecos, Colombia, Portugal, etc.

A lo largo de estos años GRAFCAN ha prestado servicios a los ciudadanos en materia de información geográfica y territorial, ha custodiado el fondo documental de información territorial de Canarias y gestionado el Sistema de Información Territorial de la Comunidad Autónoma de Canarias (SITCAN), produciendo, manteniendo y difundiendo los datos geográfico y territoriales y asistiendo a las distintas administraciones nacionales y autonómicas en materia de información georreferida.

25 Hitos de GRAFCAN

GRAFCAN se constituyó el 28 de diciembre de 1989 e inició en 1994 la ejecución del Plan Regional de Ordenación de la Información Geográfica (PROIG), aprobado por el Gobierno de Canarias. Un año después, el Gobierno de Canarias cofinanció junto con el Instituto Geográfico Nacional (ING) la Observación de la Red Geodésica Nacional por técnicas espaciales (REGENTE) y, en 1996, GRAFCAN produce y publica la Cartográfica de Canarias en 3D, orientada a elementos y con precisión de un metro para todo el territorio y de 20 centímetros para zonas urbanas de las islas.

En 1997, GRAFCAN organizó la I Conferencia sobre Sistemas Avanzados de Gestión del Territorio «Territorial, 97» y un año después desarrolló y puso en funcionamiento el primer Sistema de Información Geográfica del Gobierno de Canarias, el CANARYMAP.

GRAFCAN, además, participó en 2001 en los primeros trabajos de sistematización informática y control de calidad del planeamiento urbanístico de Canarias, un proyecto pionero a nivel nacional y, en 2002, experimentó un gran avance en sus servicios, al desarrollar un nuevo Sistema de Información Geográfica, MAPA, que se implantaría en Ayuntamientos, Cabildos y Gobierno de Canarias; ese año firmó un Convenio Marco con la Federación Canaria de Municipios para la implantación de MAPA y la cesión de uso de la cartografía con las administraciones locales de Canarias; acometió sus primeros proyectos internacionales: CARTOGRAF y GABITEC – esta actividad exterior se lleva a cabo en Cabo Verde, Madeira y Azores -; y participó en la creación de la empresa de vuelos aéreos «Regional Geodata Air».

Fue en el año 2005 cuando la empresa alcanzó con Google un acuerdo para ser el partner preferencial de información geográfica de Canarias garantizando que las ortofotos de las islas llegen a todo el mundo a través de Google Earth y Google Maps. Posteriormente, GRAFCAN apoyó a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (APMUN) de Canarias en materia de disciplina urbanística, a través de la detección de cambios en el  territorio mediante análisis de información geográfica.

En el año 2006 la empresa pública produjo la primera versión de la Ortoexpress, innovación que supone un considerable ahorro de costes y tiempo de producción y, en el mismo periodo anual, colaboró, a través de un convenio, con el Colegio Nacional de Registradores en la primera cartografía de Fincas Registrales de España. Esta cartografía se publica en Internet a partir de año 2008.

Además de prestar asistencia técnica durante varios años a diversos departamentos del Gobierno de Canarias: 1998 Viceconsejería de Medio Ambiente (SIGMA), 2003 Consejería de Agricultura (proyecto SIGPAC), 2004 Dirección General de Seguridad y Emergencias y 2006 Viceconsejería de Medio Ambiente (proyecto ATLANTIS); en 2007 GRAFCAN desarrolla su primer visualizador de información geográfica en Internet y difunde a través de la red el boletín electrónico de noticias Orchilla Meridiano Oº.

Un año después, en 2008, GRAFCAN puso en funcionamiento la Infraestructura de Datos Espaciales de Canarias IDECanarias, alineada con la Directiva Europea INSPIRE y organizó las V Jornadas Técnicas de las INFRAESTRUCTURAS DE DATOS ESPACIALES DE ESPAÑA, JIDEE 2008.

La puesta en funcionamiento del servicio de Venta y Descarga de Información Geográfica y Territorial de Canarias en Internet y de la Red de Estaciones Permanentes de Canarias con 17 estaciones GNSS se produjo en 2009, siendo 2010 un año en el que la entidad destacó por la obtención de los certificados UNE-EN ISO 9001: 2008 y UNE-EN ISO 14001:2004 de Calidad y Medio Ambiente para las actividades de diseño, producción, mantenimiento, suministro y divulgación de información geográfica y territorial; y por la producción del primer vuelo LIDAR de Canarias y desarrollo de una solución innovadora para su visualización gratuita en Internet.

GRAFCAN produce y publica el primer Mapa Topográfico Integrado de Canarias en 2011, mapa que se caracteriza por la integración coherente de elementos multiescala y un mantenimiento evolutivo, y durante varios años la empresa exporta su conocimiento a otros países donde desarrolla proyectos basados en sistemas de información territorial: 2008 IMPLAN Aguascalientes, México; 2009 SIT Cabo Verde; 2011 SIT-Agadir Agencia Urbana de Agadir, Marruecos; 2011 Convenio con Instituto Nacional de Estadística y Geografía de México (INEGI); 2012 SIT AL MAGRIB Comunas Marruecos, CARTOGRAF MOROCO Agencia Urbana de Agadir; 2013 Convenio con Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) de Colombia y 2014 CNR, El Salvador.

También durante el pasado año consolida su colaboración en materias de Sistemas de Información Geográficos con el Gobierno de Marruecos a través de los Programas Europeos de Cooperación Transfronteriza (POCTEFEX).

Desvíos de tráfico nocturnos entre la glorieta de Mácher y la del instituto de Yaiza, en Lanzarote

A partir de la noche de mañana, miércoles, y hasta el viernes 27 de marzo, va a ser desviado el tráfico de la carretera LZ-2 en el tramo comprendido entre la glorieta de Mácher y la del Instituto de Yaiza, en Lanzarote. Estos desvíos son necesarios para poder colocar la última capa de rodadura dentro del proyecto de mejora e incremento de la seguridad vial, que en estos momentos está culminando la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, al frente de la cual se encuentra Domingo Berriel.

A partir del miércoles, y hasta el viernes 27 de marzo, para colocar la última capa de rodadura dentro del proyecto de mejora de la seguridad vial de la LZ-2

Los desvíos se efectuarán entre las 21.00 y las 06.00 horas del día siguiente. En ese intervalo de tiempo, el tráfico procedente del Norte que se dirija hacia Yaiza será desviado en la glorieta de Mácher por la carretera LZ-504, en dirección a Puerto Calero, donde se podrá tomar la salida hacia el instituto de Yaiza, conectando nuevamente con la LZ-2 en la glorieta existente. El tráfico procedente del Sur en dirección Arrecife-Aeropuerto deberá hacer el recorrido inverso, tomando nuevamente la LZ-2 en la Glorieta de Mácher.

Durante los desvíos se permitirá el acceso a los vecinos cuyas viviendas sean colindantes con la LZ-2, en función de la zona que se esté asfaltando en cada momento. Estos accesos se efectuarán a través del Camino de Los Olivos. En cualquier caso, el personal de la obra atenderá cualquier imprevisto que pudiera producirse durante esas horas.

La Consejería de Obras Públicas ruega a los automovilistas que disculpen las molestias que estos desvíos les puedan ocasionar, así como que programen sus desplazamientos teniendo en cuenta esta eventualidad.

Desvíos de tráfico nocturnos entre la glorieta de Mácher y la del instituto de Yaiza, en Lanzarote

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A partir de la noche del próximo miércoles, y hasta el viernes 27, va a ser desviado el tráfico de la carretera LZ-2 en el tramo comprendido entre la glorieta de Mácher y la del Instituto de Yaiza, en Lanzarote. Estos desvíos son necesarios para colocar la última capa de rodadura dentro del proyecto de mejora del tramo situado entre la Glorieta de Mácher y la de Playa Quemada, que en estos momentos está culminando la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, al frente de la cual se encuentra Domingo Berriel.

A partir del próximo miércoles, día 25, y hasta el viernes 27, para colocar la última capa de rodadura dentro del proyecto de mejora de la carretera LZ-2

Los desvíos se efectuarán entre las 21.00 y las 06.00 horas del día siguiente. En ese intervalo de tiempo, el tráfico procedente del Norte que se dirija hacia Yaiza será desviado en la glorieta de Mácher por la carretera LZ-504, en dirección a Puerto Calero, donde se podrá tomar la salida hacia el instituto de Yaiza, conectando nuevamente con la LZ-2 en la glorieta existente. El tráfico procedente del Sur en dirección Arrecife-Aeropuerto deberá hacer el recorrido inverso, tomando nuevamente la LZ-2 en la Glorieta de Mácher.

Durante los desvíos se permitirá el acceso a los vecinos cuyas viviendas sean colindantes con la LZ-2, en función de la zona que se esté asfaltando en cada momento. Estos accesos se efectuarán a través del Camino de Los Olivos. En cualquier caso, el personal de la obra atenderá cualquier imprevisto que pudiera producirse durante esas horas.

La Consejería de Obras Públicas ruega a los automovilistas que disculpen las molestias que estos desvíos les puedan ocasionar, así como que programen sus desplazamientos teniendo en cuenta esta eventualidad.

Domingo Berriel visitó ayer la estación de servicio del muelle de Puerto del Carmen, en Lanzarote

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El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, visitó ayer la estación de servicio de La Tiñosa, en Puerto del Carmen, Lanzarote. Por parte del Gobierno de Canarias acompañaron a Berriel los viceconsejeros de Política Territorial e Infraestructuras y Planificación, Mario Pérez y Gerardo Hernández, respectivamente, así como el director de Puertos Canarios, Juan José Martínez. También participó en el acto el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, y el alcalde de Tías, José Francisco Hernández.

De acuerdo con lo estipulado en la concesión, la estación deberá suministrar combustible a embarcaciones y pescadores en condiciones ventajosas para estos últimos

El ente público Puertos Canarios, que preside el consejero de Obras Públicas, otorgó a la UTE formada por la Cofradía La Tiñosa y Autos Sol y Playa, una concesión administrativa para la construcción y explotación de la estación de servicio, que ha tenido un coste de 820.000 euros.

De acuerdo con las condiciones estipuladas, el titular de la concesión deberá abonar un canon anual de 24.000 euros, y cumplir las siguientes condiciones:

– Proporcionar el servicio de suministro de combustible a barcos, quedando como servicios orientativos los de cafetería, venta de productos navales, suministro de combustible a vehículos, pequeño minimarket, etc.

– Dar suministro a los pescadores a coste subvencionado más un céntimo de euro.

– Surtir de combustible a las embarcaciones deportivas y recreativas según la cuantía vigente de la Ley de Tasas del Gobierno de Canarias, más dos céntimos de euro.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 45.2 de la Ley 14/2003, Ley de Puertos de Canarias, el plazo de la concesión administrativa es de quince años. En el caso de solicitud de prórroga, la duración de ésta, más el plazo inicial de concesión, no podrá ser superior a treinta años.

Los cánones por la concesión serán actualizados anualmente en la misma proporción que la variación experimentada por el Índice General de Precios al Consumo, IPC.