PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS A SEGUIR PARA OTORGAR LA «MATRÍCULA DE HONOR»

PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS A SEGUIR PARA OTORGAR LA «MATRÍCULA DE HONOR» AL ALUMNADO QUE CUMPLA LOS REQUISITOS PARA ELLO, DETERMINANDO EL MODO DE ACTUACIÓN EN CASO QUE EXISTA UN MAYOR NÚMERO DE ALUMNADO QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS GENERALES EN CASO QUE SE PRODUZCA EMPATE, ASÍ COMO DETERMINAR EL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN.

De acuerdo con la Resolución núm. 945/2021, de fecha 10/05/2021, de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Calidad, por la que se establecen instrucciones para la concesión de Matrículas de Honor en la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, una vez aprobado el procedimiento y los criterios en el Claustro del día 18 de mayo de 2021, en los siguientes términos y condiciones.

1) CONCESIÓN DE LA «MATRÍCULA DE HONOR» EN EL BACHILLERATO, EN EL CEAD S/C. DE TENERIFE “MERCEDES PINTO”.

  1. Se podrá conceder «Matrícula de Honor» al alumnado que haya superado todas las materias del Bachillerato y cuya calificación global de los dos cursos sea 9 o superior. La «Matrícula de Honor» se podrá conceder a un número máximo de alumnos y alumnas igual o inferior al 5 por 100 del total del alumnado de 2º curso de Bachillerato del centro.
  2. El número de alumnos y alumnas que se tendrá en cuenta para calcular las matrículas de honor que se pueden otorgar en Bachillerato, se calculará teniendo en consideración al total de alumnado matriculado en el 2.º curso de la etapa al finalizar el curso. En nuestro caso, que se imparte Bachillerato a distancia con tutorización y Bachillerato a distancia por internet, para el cálculo del número de matrículas de honor que se puede conceder al alumnado de segundo de Bachillerato, se debe contar únicamente el que esté matriculado de todas las materias necesarias para titular (AECT).

2) PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LA CONCESIÓN DE LA «MATRÍCULA DE HONOR» EN EL BACHILLERATO.

Para garantizar que el procedimiento sea objetivo y transparente, se ha establecido previamente el presente procedimiento para otorgar la Matrícula de Honor al alumnado que cumple con los requisitos para ello, incluyendo, de manera específica, el modo de actuación o criterios a tener en cuenta cuando exista un mayor número de alumnado que cumpla con los requisitos generales o en caso de que se produzca empate.

Concesión de Matrículas de Honor: el procedimiento será el siguiente:

  1. En la sesión de evaluación final ordinaria de 2º de bachillerato, cada equipo docente podrá proponer, de entre el alumnado cuya calificación global de Bachillerato sea 9 o superior, a los que estime que son merecedores de la mención de “Matrículas de Honor”. Dicha propuesta será reflejada por el tutor en el acta de la sesión de evaluación correspondiente.
  2. La propuesta para otorgar esta mención de “Matrícula de Honor” tendrá carácter provisional hasta que finalice el periodo de reclamaciones a las calificaciones y de las matrículas de Honor, teniendo en cuenta en su caso, que el alumnado con calificación global de los dos cursos sea 9 o superior, excede del 5 por 100, respecto del total del alumnado de 2º curso de Bachillerato en condiciones de titular (AECT).
  3. La propuesta para la concesión de Matrícula de Honor, así como su otorgamiento definitivo, será comunicado al alumnado una vez finalice el periodo de reclamaciones.
  4. La concesión definitiva de «Matrícula de Honor» se consignará mediante una diligencia específica en el expediente académico y en el historial académico del alumno o de la alumna y surtirá los efectos que determine la normativa vigente.

3) LOS CRITERIOS PARA OTORGAR LAS “MATRÍCULAS DE HONOR” AL ALUMNADO, POR ORDEN DE PRIORIDAD, SON LOS SIGUIENTES:

El procedimiento para otorgar esta concesión al alumnado que tenga la calificación de 9 o superior, y supere el porcentaje establecido, se ordenará conforme a los siguientes criterios de prioridad:

  1. Aspectos académicos objetivos.
    1. Mayor nota media en Bachillerato, considerando hasta la centésima.
    2. Mayor nota media en 2º Bachillerato, considerando hasta la centésima.
    3. Mayor número de 10 en Bachillerato.
  2. Criterio que el centro considera relevante, para el desempate.
    1. Sorteo público, en el que participa el alumnado que ha obtenido un empate en todos los criterios académicos objetivos.

4) PROCEDIMIENTO PARA LA PRESENTACIÓN DE RECLAMACIONES ANTE LA “NO” PROPUESTA PROVISIONAL DE CONCESIÓN DE “MATRÍCULA DE HONOR”:

 Ante la “no” propuesta de «Matrícula de Honor» en Bachillerato, el alumnado del CEAD S/C. de Tenerife “Mercedes Pinto” que considera que le correspondería según la aplicación de los criterios para ser otorgado dicho mérito, podrá reclamar en el centro educativo durante el periodo de reclamación a las calificaciones de la convocatoria ordinaria, presentando las alegaciones que considere oportunas mediante un escrito de reclamación ante el director.

Una vez finalizado el plazo de reclamación, será resuelta y notificada en un plazo máximo de dos días hábiles. La comunicación de notificación de la resolución a la reclamación presentada se remitirá por medios telemáticos al correo electrónico de la persona que reclama o su representante legal, o en su caso, podrá ser recogida en la Secretaría del CEAD.

La persona afectada o su representante legal, no conforme con la resolución adoptada, podrá reiterar la reclamación ante la Dirección Territorial de Educación de Santa Cruz de Tenerife, que en el plazo de los dos días hábiles siguientes a su notificación y, en su defecto, transcurridos diez días desde que inicialmente formulará dicha reclamación.

La Dirección Territorial de Educación, previo informe de la Inspección de Educación resolverá notificándolo en el plazo de veinte días tanto al centro como a la persona interesada.