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Archivo de la categoría: Ayudas
Ayudas para alumnado con TDAH que no tenga reconocida discapacidad igual o superior al 33%
Publicadas (02/10/2025) las bases y convocatoria de ayudas para alumnado de centros educativos públicos no universitarios con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) asociadas a trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH), para el curso académico 2024-2025, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Solicitud y forma de aportar la documentación
Plazo de presentación de solicitudes: diez (10) días hábiles (del 3 al 16 de octubre de 2025), a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
La presentación de las solicitudes, respuesta a requerimientos de subsanación y demás documentación se realizará prioritariamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Una vez cumplimentada la solicitud, si el solicitante o la solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato PDF (escaneado), la documentación que le sea requerida por la propia aplicación en el plazo que se indica en el resuelvo cuarto de esta Orden. 4.
Los/as solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero PDF (modelo que podrán encontrar en la dirección de internet indicada en el punto 1 de esta base, en la pestaña “documentación”), una vez cumplimentado, lo presentarán, con su firma, acompañado de la documentación descrita en el propio formulario, en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Documentación a aportar
1. Junto al modelo normalizado de solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
a. Factura(s) expedida(s) por el centro, gabinete psicopedagógico o profesional especialista o reeducador que prestó el servicio durante el curso 2024-2025, en la que conste el concepto del tipo de servicio prestado, persona beneficiaria, número y fecha de expedición, periodo del servicio prestado, e importe de la/s misma/s, además de los requisitos legales exigidos.
b. Documentación acreditativa de la entidad bancaria, donde figure el IBAN, y en la que se haga constar la titularidad o cotitularidad (incluyendo al menos el nombre y apellidos, DNI o NIE) de la cuenta bancaria elegida para percibir -en su caso- la ayuda. El alumnado siempre debe ser el titular o cotitular de la cuenta consignada en la solicitud .
c. Documento a cumplimentar, según modelo normalizado que se facilita en el enlace disponible en la base sexta, por el Gabinete, Centro o profesional, donde se detallen las características, horas y precio del servicio, así como el n.º de colegiado del profesional prestador del servicio.
d. Documentación acreditativa de la representación legal del alumno/a menor de edad, en su caso.
2. El modelo de solicitud contemplará una declaración responsable del/de la solicitante en la que se señalará, entre otras cuestiones, que el alumno/a no tiene una discapacidad reconocida del 33% o superior, así como que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Apertura del plazo de presentación de solicitudes del concurso de ayudas para el alumnado con necesidades educativas especiales 25-26
En el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, núm. 110, de 12 de septiembre de 2025, han sido publicadas las bases reguladoras y extracto de la convocatoria del concurso de ayudas para el alumnado con necesidades educativas especiales, curso 2025/2026.
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 15 de septiembre hasta el 28 de noviembre de 2025.
Publicación del primer listado de adjudicados y denegados de la ayuda de libros
Se ha enviado a las familias, por correo electrónico y a través de la App Familias, si tienen adjudicada o denegada la solicitud de la ayuda de libros. Rogamos consulten sus correos electrónicos (revisen carpeta spam).
Las familias que tengan la ayuda denegada pueden pasar por la Secretaría del centro, de 9:00 a 13:30 horas, para conocer el motivo. El período para la recepción de solicitudes de subsanación o reclamación finaliza el 16 de septiembre.
Publicado en Ayudas
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Bases y convocatoria de ayudas para alumnado con TDAH que no tenga reconocida discapacidad igual o superior al 33%, curso 2023-2024
Objetivo:
Las presentes bases tienen por objeto regular la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a ayudas para alumnado de centros educativos públicos no universitarios con necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) asociadas a trastornos por déficit de atención con o sin hiperactividad (TDAH), para el curso académico 2023-2024, que no tengan reconocida discapacidad igual o superior al 33%, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Destinatarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria los alumnos y las alumnas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Disponer de informe psicopedagógico con NEAE por TDAH, emitido por los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógicos (EOEP), con fecha anterior a septiembre de 2023 y con cinco cursos como máximo de antigüedad.
2. No tener reconocida una situación de discapacidad igual o superior al 33%.
3. Haber estado escolarizados en un centro educativo público no universitario de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el curso escolar 2023-2024, en alguna de las siguientes etapas educativas o enseñanzas:
- Educación Infantil.
- Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Bachillerato.
- Ciclos Formativos de Grado Medio y Superior.
- Ciclos Formativos de Grado Básico.
4. Haber recibido el servicio de reeducación pedagógica y/o del lenguaje durante el curso 2023-2024, prestado por un Gabinete psicopedagógico, centro, o profesional especialista.
5. Estar dado de alta en la Base de Datos de Terceros del Sistema Económico-Financiero y Logístico de Canarias (SEFLogiC), presentado y registrado ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera para el cobro de la ayuda.
6. No hallarse en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria previstas en el artículo 13.2 de la LGS.
Solicitud y forma de aportar la documentación:
Fecha de publicación: 02/10/2024.
Plazo de presentación de solicitudes: diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.
La presentación de las solicitudes, respuesta a requerimientos de subsanación y demás documentación se realizará prioritariamente a través del aplicativo informático de gestión de la convocatoria, ubicado en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
Una vez cumplimentada la solicitud, si el solicitante o la solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato PDF (escaneado), la documentación que le sea requerida por la propia aplicación en el plazo que se indica en el resuelvo cuarto de esta Orden. 4.
Los/as solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero PDF (modelo que podrán encontrar en la dirección de internet indicada en el punto 1 de esta base, en la pestaña “documentación”), una vez cumplimentado, lo presentarán, con su firma, acompañado de la documentación descrita en el propio formulario, en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Documentación a aportar:
- Junto al modelo normalizado de solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación:
- Factura(s) expedida(s) por el centro, gabinete psicopedagógico o profesional especialista o reeducador que prestó el servicio durante el curso 2023-2024, en la que conste el concepto del tipo de servicio prestado, persona beneficiaria, número y fecha de expedición, periodo del servicio prestado, e importe de la/s misma/s, además de los requisitos legales exigidos.
- Documentación acreditativa de la entidad bancaria, donde figure el IBAN, y en la que se haga constar la titularidad o cotitularidad (incluyendo al menos el nombre y apellidos, DNI o NIE) de la cuenta bancaria elegida para percibir -en su caso- la ayuda.
- Documento acreditativo (o solicitud) de que el/la beneficiario/a está dado de alta como tercero en el sistema de información económico financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias presentado y registrado ante la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
- Documento a cumplimentar -según modelo normalizado que se facilita- por el Gabinete, Centro o profesional, donde se detallen las características, horas y precio del servicio, así como el n.º de colegiado del profesional prestador del servicio.
- Documentación acreditativa de la representación legal del alumno/a menor de edad, en su caso.
2. El modelo de solicitud contemplará una declaración responsable del/de la solicitante en la que se señalará, entre otras cuestiones, que el alumno/a no tiene una discapacidad reconocida del 33% o superior, así como que se halla al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o que carece de ellas.
Acceso a la convocatoria aquí.
Publicación del listado provisional de adjudicados y denegados de la ayuda de libros
Se ha enviado a las familias por correo electrónico si tienen adjudicada o denegada, en el listado provisional, la solicitud de la ayuda de libros. Rogamos consulten sus correos electrónicos.
Las familias que tengan la ayuda denegada deben pasar por la Secretaría del centro para conocer el motivo y, si hubiese modo de subsanación o quieren presentar reclamación, tienen de plazo hasta el 13 de septiembre.
Ayuda de libros: publicado el listado tras subsanaciones
La Consejería de Educación ha corregido los errores que había en los listados provisionales y ha publicado las adjudicaciones tras el período en el que las familias presentaron documentación para subsanar.
Se ha enviado correo electrónico a las familias que tienen adjudicada la ayuda de libros.
Publicado el listado provisional de adjudicación de la ayuda de libros
Se ha enviado a las familias por correo electrónico si tienen adjudicada o denegada, en el listado provisional, la solicitud de la ayuda de libros.
Las familias que tengan la ayuda denegada deben pasar por la Secretaría del centro para conocer el motivo y, si hubiese modo de subsanación, deben hacerlo antes del 15 de septiembre.
Últimos días para solicitar las becas generales del curso 2023-2024
- El plazo para pedir estas ayudas para estudios postobligatorios finaliza el próximo 17 de mayo.
- Las ayudas para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo se pueden solicitar hasta el 20 de septiembre.
El plazo de presentación de solicitudes para las becas generales del curso 2023-2024 termina el próximo miércoles 17 de mayo. Los estudiantes que quieran pedir estas ayudas deben hacerlo antes de este día, aunque aún no sepan qué van a estudiar ni qué notas sacarán este curso o, incluso, si no saben si continuarán su formación. Hasta la fecha, 900.000 alumnos y alumnas han solicitado ya su beca para el próximo curso, un 54,6% no universitarios y un 45,4%, universitarios.
Las becas y ayudas al estudio son una de las principales herramientas para garantizar la igualdad en el acceso a la educación y una de las políticas prioritarias del Gobierno. El presupuesto destinado a la convocatoria 2023-2024 ha marcado un nuevo máximo histórico con 2.520 millones de euros.
En cuanto a las ayudas para estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo, el plazo de solicitud se inició el pasado 8 de mayo y permanecerá abierto hasta el 20 de septiembre. Estas incluyen la ayuda de 400 euros para gastos adicionales de carácter general, que pueden pedir los alumnos y alumnas que acrediten una discapacidad de al menos un 33%, trastorno grave de la comunicación/lenguaje, trastorno grave de conducta, trastorno del espectro autista (TEA) o altas capacidades.
Toda la información está disponible en la página web de becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Último plazo para la ayuda de desayunos escolares
Abierto el último plazo para solicitar la ayuda de desayunos hasta el 18 de abril.
El alumnado solicitante debe cumplir dos requisitos:
1. Disponer de certificado de Situación Económica Crítica del Ayuntamiento o de cualquier ONG.
2. Los ingresos de 2021 de la unidad familiar tienen que estar por debajo del IPREM 6454,03 €.
La solicitud debe presentarse en la Secretaría del centro junto con el informe de situación económica crítica.
Publicado en Alumnado, Ayudas, Familias
Etiquetado Aviso, Desayunos escolares
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