El consejero de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial del Gobierno de Canarias, Domingo Berriel, presidió hoy una sesión de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) en la que se aprobó la Memoria Ambiental del Plan General de Ordenación (PGO) Supletorio de San Miguel de Abona en los mismos términos en que fue propuesta, la Memoria Ambiental del Plan Hidrológico de Tenerife (PTHI-TF) de manera condicionada, al igual que la Declaración de Impacto Ambiental del Puerto de Guía de Isora.
También considera subsanados los condicionantes a la Memoria Ambiental del Plan Hidrológico de Gran Canaria y aprueba la DIA del Puerto de Guía de Isora
La Comisión, además, consideró subsanados los condicionantes impuestos a la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial Hidrológico de Gran Canaria aprobada por acuerdo de la Cotmac de 27 de octubre de 2014; informó sobre el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y las cuestiones ambientales de las modificaciones sustanciales del PGO de Santa María de Guía; y también sobre la Modificación Puntual del PGO de Telde relativa a la unidad de actuación Calero-4, una modificación que implica una reordenación de suelo. Igualmente, informó en sentido condicionado la Revisión Parcial del PGO de Ingenio cuyo objeto es el ajuste de alineaciones y calificaciones, la corrección de errores materiales, el cambio de categorías y clasificaciones de suelos, entre otras cuestiones.
Durante el transcurso de la sesión de hoy también se estudiaron varias declaraciones de impacto ambiental, aprobándose sólo a efectos ambientales y de manera condicionada, las declaraciones de impacto ambiental de los proyectos para construir dos líneas de alta tensión en Lanzarote y Fuerteventura.
A continuación, se reseña la totalidad de los acuerdos alcanzados en la Cotmac, por Islas:
La Palma
Plan General de Ordenación de Santa Cruz de La Palma. Trámite de Aprobación Definitiva. Solicitud de la ampliación del plazo para la subsanación de deficiencias. Término municipal de Santa Cruz de La Palma.- La Comisión concedió la prórroga de tres meses solicitada por el Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma sobre el plazo de seis meses establecido en el acuerdo de la Cotmac de 26 de mayo de 2014, por el que se suspendió la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación (PGO) de Santa Cruz de La Palma y se ordenó la subsanación de las deficiencias observadas en el documento y enumeradas en el citado acuerdo.
El Ayuntamiento de Santa Cruz de La Palma fundamenta dicha solicitud en la complejidad del PGO que, además de los documentos que le son propios, incluye dos anejos con la ordenación pormenorizada de sendos sectores de suelo urbanizable sectorizado y otro anejo con la ordenación pormenorizada al nivel requerido de un Plan Especial de Protección para el recinto correspondiente al Suelo Urbano Consolidado de Interés Cultural que no forma parte del Conjunto Histórico; así como en la necesidad de solventar problemas de legislación sectorial y de ajuste con el Plan Insular de Ordenación de la Isla de La Palma.
En la sesión de la Cotmac de mayo del presente año, la Comisión suspendió la aprobación definitiva del PGO de Santa Cruz de La Palma, conforme con el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias y el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, al objeto de que se subsanen deficiencias observadas en los informes jurídico y técnico. Además, estableció un plazo máximo de seis meses para subsanar las deficiencias advertidas, conforme al Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.
El Hierro
Plan General de Ordenación de El Pinar. Aprobación de la Memoria Ambiental. Término municipal de El Pinar.- La Cotmac aprobó las correcciones de la Memoria Ambiental derivadas de la modificación del Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) que se ha producido en la tramitación del expediente, todo ello conforme con el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias. Las determinaciones de la Memoria Ambiental aprobada se incluirán en las determinaciones del instrumento de ordenación.
Este PGO de El Pinar propone, según informe, acometer una importante y detallada inversión municipal, en innumerables actuaciones de obtención de espacios libres, viarios ejecución de infraestructuras y construcción de equipamientos, del orden de 11.500.000 euros en un horizonte de 10 años o más. Hay que resaltar que el municipio dispone de los equipamientos necesarios para prestar servicios a sus ciudadanos y que este PGO no contempla realizar actuaciones que impliquen unos gastos asociados nuevos de funcionamiento y que casi todos ellos tienen un nivel de conservación muy controlado.
Tenerife
Propuesta de la Consejería de Medio Ambiente relativa a la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Entrada/Salida en S.E. Los Vallitos de la línea A 66 Kv Chayofa-Los Olivos», promovido por Red Eléctrica de España. Términos municipales de Adeje y Arona.- La Cotmac aprobó, sólo a efectos ambientales y de manera condicionada, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Entrada/Salida en la subestación de Los Vallitos de la línea A 66 Kv Chayofa-Los Olivos», promovido por Red Eléctrica de España en los términos municipales de Adeje y Arona.
El ámbito territorial de la actuación comprende los términos municipales de Adeje y Arona, localizándose el límite occidental del ámbito, prácticamente en el borde litoral y el borde oriental, al oeste de Roque del Conde.
Este proyecto incluye dos líneas aéreas/subterráneas a 66 Kv de doble circuito, que formarán parte de la red de transporte de alta tensión, para la evacuación de la Subestación (SE) de Los Vallitos, de tipo blindado, situada en el término municipal de Adeje. Cada línea constará de sendos tramos subterráneos: para entrada en la SE de Los Vallitos y para acceder a la zona de actuación junto a la línea de AT subterránea de doble circuito existente entre Chayofa y Los Olivos, que se localiza en los márgenes de la carretera TF-28.
Entre los condicionantes establecidos por la Cotmac se indica el deber de elaborar un estudio de integración paisajística, en el que se realicen propuestas concretas de medidas a fin de integrar el conjunto de las líneas e infraestructuras que comparten el espacio del Barranco del Rey y Barranco de La Arena. Previo a la ejecución del proyecto, además, se deberá realizar un estudio, al objeto de tener la certeza de la conveniencia y utilidad de la colocación de medidas anticolisión para las aves en las líneas propuestas, así como en aquellas existentes en el mismo ámbito de actuación.
Plan General de Ordenación Supletorio de San Miguel de Abona. Aprobación de la Memoria Ambiental. Término municipal de San Miguel de Abona.- La Cotmac aprobó la Memoria Ambiental del Plan General de Ordenación (PGO) Supletorio de San Miguel de Abona en los mismos términos en que fue propuesta y acordó elaborar, conforme con el Reglamento de Procedimientos de los Instrumentos de Ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias, el documento de Aprobación Inicial del PGO de San Miguel de Abona, en el que se deberán incluir las determinaciones de la Memoria Ambiental que se aprueba, así como las observaciones realizadas en un informe del servicio técnico de planeamiento urbanístico occidental.
La Comisión informó recientemente que procede la tramitación del PGO Supletorio de San Miguel de Abona, ya que ha superado los plazos previstos legalmente para su adaptación a la citada Ley, así como para su adaptación al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias.
Además, anunció que corresponde la competencia para la formulación e incoación del expediente para la tramitación del PGO Supletorio de San Miguel de Abona a la Dirección General de Ordenación del Territorio.
Plan General de Ordenación de Buenavista del Norte. Solicitud formulada por el Ayuntamiento de corrección de error material del plano número 11, delimitación de dotaciones (sita en la Avenida Daute y la calle Camino de La Montaña). Término municipal de Buenavista del Norte.- La Cotmac, en la sesión de hoy, desestimó la solicitud formulada por el Ayuntamiento de Buenavista del Norte de corrección de error material del plano número 11, delimitación de dotaciones (sita en la Avenida Daute y la calle Camino de La Montaña) en el término municipal de Buenavista del Norte, al no tratarse la corrección solicitada de un error material, de hecho o aritmético.
El Ayuntamiento fundamenta su solicitud en que se ha producido un error material al delimitar sobre la cartografía dentro de la dotación municipal la parte trasera de una edificación privada, construida al amparo de la correspondiente licencia de obras y que obtuvo posteriormente licencia de primera ocupación. Así mismo se deja fuera del dotacional, la Cripta municipal existente en el área.
Plan Hidrológico Insular de Tenerife. Aprobación de nueva Memoria Ambiental e informe previo a la aprobación definitiva. Término municipal de Santa Cruz de Tenerife.- La Comisión aprobó la Memoria Ambiental del Plan Hidrológico de Tenerife (PTHI-TF), condicionada a que subsanen cuestiones relativas al Informe de Sostenibilidad Actualizado y al propio documento de Memoria Ambiental, y señaló que el documento corregido deberá remitirse a la Cotmac a los efectos de que conste fehacientemente la corrección de la Memoria Ambiental con carácter previo a la aprobación definitiva del Plan Hidrológico de Tenerife.
Además informó las cuestiones sustantivas, territoriales y urbanísticas destacando, entre otros aspectos, el deber de incorporar en el documento de Aprobación Definitiva las cuestiones derivadas de los informes sectoriales preceptivos analizados, así como dar cumplimiento a los trámites de informes preceptivos exigidos por la normativa.
Con respecto a la Memoria de Ordenación, se indica, entre otras cuestiones, el deber de incorporar medidas concretas y singularizadas en las fichas correspondientes a los ámbitos de implantación, no pudiéndose trasladar la evaluación y posterior adopción de medidas ambientales a los estudios de impacto de los proyectos.
En cuanto a las previsiones económicas del PTHI-TF, se debe incluir la necesaria evaluación económica y financiera del «Programa de Medias» versus «Programa de Actuación» que justifique la viabilidad económica de las cuantías y de las fuentes de financiación.
El Plan Hidrológico insular es el instrumento básico de la planificación hidrológica destinado a conseguir la mayor satisfacción de las demandas de agua y a racionalizar el empleo de los recursos hídricos de la Isla, protegiendo su calidad y economizándolos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales.
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente en relación con la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Puerto de Isora» promovido por la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial. Término municipal de Guía de Isora.-
La Cotmac aprobó de manera condicionada la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto denominado «Puerto de Guía de Isora», que pretende la construcción de una nueva infraestructura portuaria en el oeste de Tenerife. La Cotmac aprobó la Declaración de Impacto Ambiental de forma condicionada a la evaluación de la incidencia de la construcción del proyecto en diversos ámbitos.
Así, la aprobación quedó condicionada a un mayor análisis de su incidencia en el hábitat de diferentes especies de interés localizadas en la zona, como el calderón tropical, las tortugas o el sebadal, así como en la calidad de las aguas.
El nuevo Puerto de Guía de Isora tendrá capacidad para cuatro atraques comerciales, tipo ro-ro, uno de cruceros, una dársena pesquera y otra con 460 atraques para embarcaciones deportivas. En tierra, las instalaciones se completarán con una terminal marítima de 4.000 metros cuadrados y un aparcamiento para 820 turismos o 297 vehículos de carga.
Lanzarote
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente en relación con la Evaluación de Impacto Ambiental de los proyectos denominados «Línea aérea/subterránea de transporte de energía eléctrica de 132 Kv doble circuito Playa Blanca – Mácher», «Nueva subestación eléctrica 132 Kv de Playa Blanca (Lanzarote) 1 Transformador de transporte (132 Kv de 70 MAV)» y «Nueva subestación eléctrica 132 KV de Mácher (Lanzarote) 2 Transformadores de transporte (132/66 Kv de 70 MVA)». Términos municipales de Tías y Yaiza.- La Cotmac aprobó, sólo a efectos ambientales, y con condicionantes la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de los proyectos denominados «Línea aérea/subterránea de transporte de energía eléctrica a 132 Kv doble circuito Playa Blanca-Mácher», «Nueva subestación eléctrica 132 Kv de Playa Blanca (Lanzarote) 1 transformador de transporte (132 Kv de 70 MAV)» y «Nueva subestación eléctrica 132 Kv de Mácher (Lanzarote) 2 transformadores de transporte (132/66 Kv de 70 MVA)».
El ámbito territorial de esta actuación es el sector suroccidental de la isla de Lanzarote. La línea se inicia en el futuro parque de 132 Kv de la subestación de Playa Blanca, en el término municipal de Yaiza, con un primer tramo subterráneo de 317 metros aproximadamente, para continuar en aéreo en dirección nordeste bordeando el macizo de los Ajaches hasta llegar al núcleo de Femés, rodeándolo por el sur, y luego tomar rumbo este/nordeste, bordeando el núcleo de Las Casitas por el norte, hasta llegar al término municipal de Tías, donde se inicia un segundo tramo subterráneo hasta llegar al futuro parque de 132 Kv de la subestación de Mácher.
El proyecto, que está promovido por la entidad mercantil Red Eléctrica de España, S.A.U. (REE), tiene por objeto la ejecución de una nueva línea de doble circuito de 132 Kv, que conecta la subestación de Playa Blanca (Yaiza) y la subestación de Mácher (Tías), siendo necesaria la construcción de dos nuevos parques de 132 Kv en ambas subestaciones.
La línea cuenta con dos tramos soterrados y uno intermedio aéreo. El primer tramo soterrado parte de la subestación de Playa Blanca, con una longitud aproximada de 317 metros. El tramo en aéreo consta de 53 apoyos, con una longitud de aproximadamente 14,4 kilómetros. El segundo tramo soterrado llega hasta la subestación de Mácher con una longitud aproximada de 3.133 metros.
Entre los condicionantes que se establece, se indica que no podrán realizarse nuevas vías de acceso a los apoyos 15 al 18 de la nueva línea, los cuales se encuentran en el interior del Monumento Natural de los Ajaches; en todo caso se transportarán los materiales mediante medios no mecánicos y/o aéreos. Además, en el plazo máximo de 18 meses a contar desde la puesta en funcionamiento de la nueva línea a 132 Kv, deberá estar finalizado el desmantelamiento de la línea a 66 Kv Mácher-Playa Blanca existente. A tal fin, antes de iniciar las obras de instalación de la nueva línea a 132 Kv, se deberá presentar en la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno de Canarias el proyecto de desmantelamiento de la mencionada línea a 66 Kv, con el objeto de recabar informe sobre su adecuación al documento «Estudio Ambiental del Desmantelamiento de la Línea 66 Kv Mácher-Playa Blanca».
También el promotor deberá coordinar las obras de instalación de la nueva línea a 132 Kv y las dos nuevas subestaciones de forma que la línea pueda ponerse en funcionamiento inmediatamente una vez finalizadas las obras de construcción.
Fuerteventura
Propuesta de la Viceconsejería de Medio Ambiente en relación con la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto denominado «Línea aéreo subterránea a 132 Kv DC entre la subestación Puerto del Rosario (Nueva Salinas) y la subestación La Oliva (Nueva Corralejo)», promovido por Red Eléctrica de España, S.A. Términos municipales de La Oliva y Puerto del Rosario.- La Comisión aprobó con condicionantes y sólo a efectos ambientales, la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto denominado «Línea aéreo subterránea a 132 Kv DC entre la subestación Puerto del Rosario (Nueva Salinas) y la subestación La Oliva (Nueva Corralejo)», promovido por Red Eléctrica de España, S.A., en los términos municipales de La Oliva y Puerto del Rosario.
Este proyecto consiste en la construcción de dos subestaciones tranformadoras de 132/66 Kv, una en Puerto del Rosario y otra en Corralejo; la instalación de una línea eléctrica subterránea de cuádruple circuito a 66 Kv de corriente alterna trifásica entre la subestación de Las Salinas y la nueva subestación de Puerto del Rosario; la instalación de una línea subterránea de conexión entre la nueva subestación eléctrica de Corralejo y la actual subestación de Corralejo; y la instalación de una línea transporte eléctrico de doble circuito. La realización de caminos de acceso hasta el emplazamiento de las torretas eléctricas constituye las únicas obras auxiliares que se precisan para la construcción de la línea eléctrica.
En cuanto a los condicionantes, entre otros, se contempla que, en relación con el patrimonio histórico inventariado en el ámbito del proyecto, se estará y deberá cumplirse las determinaciones propuestas en el estudio arqueológico que forman parte del estudio de impacto. Además, en el plazo máximo de 18 meses desde la puesta en funcionamiento de la nueva línea de 132 Kv deberá estar ultimado el desmantelamiento de la actual línea eléctrica a 66 Kv que une la subestación de Las Salinas y la actual subestación de Corralejo.
Igualmente, será responsabilidad única del promotor la solución de cualquier tipo de problema o alteración del medio no prevista y causada por el desarrollo de la actividad en cualquiera de sus fases, tanto en la zona de actuación como en cualquier otra área distinta que se viera afectada, debiendo poner de forma inmediata todos los medios necesarios para paliar cualquier situación conflictiva y, de ser el caso, proceder a la restauración ambiental pertinente.
Propuesta de suspensión de vigencia del planeamiento insular de Fuerteventura y municipal de Pájara para la implantación del Edificio Mirador Barranco de Los Canarios. Promovido por el Cabildo Insular de Fuerteventura. Informe artículo 47 TRLOENC. Término municipal de Pájara.- La Comisión se pronunció hoy sobre la petición formulada por el Cabildo de Fuerteventura relativa a la suspensión de la vigencia de las determinaciones del planeamiento insular de la Isla y municipal de Pájara para la implantación del «Edificio Mirador Barranco de Los Canarios», en cuanto a si esta petición reúne los requisitos previstos en el marco de nuestro ordenamiento jurídico.
Así, analizada la documentación aportada por el Cabildo de Fuerteventura y el procedimiento de suspensión previsto en el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y de Espacios Naturales de Canarias (TRLOTENC), la Comisión informó sobre el anuncio de la Dirección General de Ordenación del Territorio por el que se somete al trámite de información pública el expediente relativo a la propuesta por un plazo de 20 días; y además la Cotmac estableció aspectos a subsanar respecto al ámbito concreto de actuación y su relación con la propiedad de los suelos, instrumentos de ordenación objeto de suspensión y normativa transitoria propuesta.
Una vez subsanadas las deficiencias advertidas, anunció que corresponderá a la Cotmac y al Consejo de Gobierno valorar el interés general, oportunidad y conveniencia de usar la vía excepcional prevista en el TRLOTENC, ya que se omite el procedimiento ordinario de revisión o modificación del Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), Plan Insular de Ordenación (PIO) de Fuerteventura y del propio Plan General de Ordenación de Pájara.
Las actuaciones propuestas se harán efectivas mediante el instrumento o acto que lo legitime; y el plazo de vigencia de las Normas Transitorias será de seis meses. A tales efectos el planeamiento suspendido deberá ser modificado o revisado para incorporar tal normativa a sus propias determinaciones.
La actuación «Edificio Mirador Barranco de Los Canarios» consiste en la implantación de un edificio-mirador, sus terrazas o plazas exteriores circundantes al mismo, aparcamiento para vehículos tanto privado como de deporte colectivo, así como las infraestructuras necesarias para el soporte de dicha actividad.
En definitiva consiste en la ejecución de las obras necesarias para el funcionamiento de la zona como mirador, restauración y punto de información del Parque. El Mirador de Los Canarios permite prácticamente la visión global del arco de Cofete, además de ser actualmente un foco de atracción turística importante dentro de la zona.
Gran Canaria
Plan Territorial Parcial de Ordenación del espacio entre la GC-1 y la GC-500 en San Bartolomé de Tirajana (PTP-9). Trámite de aprobación de la Memoria Ambiental corregida e informe de la Cotmac previo a la aprobación definitiva. Promotor: Cabildo de Gran Canaria. Término municipal de San Bartolomé de Tirajana.- La Cotmac pospuso este punto del orden del día hasta su próxima sesión, con el fin de poder realizar un debate más profundo y completo de los diferentes parámetros a considerar en la aprobación de este instrumento de planeamiento territorial.
Plan Hidrológico de Gran Canaria. Trámite de subsanación de condicionantes de la Memoria Ambiental.- La Cotmac consideró subsanados los condicionantes impuestos a la Memoria Ambiental del Plan Territorial Especial Hidrológico de Gran Canaria, aprobada por acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 27 de octubre de 2014.
También acordó notificar este acuerdo al Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, a los efectos de que conste fehacientemente la corrección de la citada Memoria Ambiental con carácter previo a la aprobación definitiva del Plan Territorial Especial Hidrológico de Gran Canaria, y al Cabildo de Gran Canaria.
El documento corregido se remitió a la Cotmac, con el objeto de que constara fehacientemente la corrección de la Memoria Ambiental con carácter previo a la aprobación definitiva del Plan Hidrológico Insular de Gran Canaria por el órgano ambiental.
El Plan Hidrológico insular es el instrumento básico de la planificación hidrológica, destinado a conseguir la mayor satisfacción de las demandas de agua y a racionalizar el empleo de los recursos hídricos de la Isla, protegiendo su calidad y economizándolos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales. Con la entrada en vigor de la Ley de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias, en las que se asimilan los Planes Hidrológicos Insulares a los Planes Territoriales Especiales, los Planes Hidrológicos mantienen su contenido sectorial propio y se le añaden aspectos territoriales respecto a su contenido y procedimiento de formulación.
Revisión del Plan General de Ordenación de Guía. Consulta interadministrativa Modificaciones Sustanciales a la Aprobación Inicial. Término municipal de Santa María de Guía.- La Cotmac informó el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA) y las cuestiones ambientales de las modificaciones sustanciales del Plan General de Ordenación (PGO) de Santa María de Guía en sentido condicionado a que se subsanen cuestiones técnicas ambientales recogidas en un informe ambiental.
En virtud del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, informó además las modificaciones sustanciales del PGO de Santa María de Guía en sentido condicionado, pues deben subsanarse determinados aspectos, entre los que destaca el deber de incluir en la Memoria de Ordenación Estructural los datos de la aprobación definitiva y publicación del primer Plan Parcial de Roque Prieto, y ello para acreditar que dichos terrenos no deben desclasificarse a Suelo R
ústico de Protección Territorial (SRPT).
Además, entre otras cuestiones, debe incluirse en la Memoria del documento un apartado que recoja el contenido que exige el acuerdo del Gobierno de Canarias, de fecha 21 de diciembre de 2009, que dispone que la Memoria del documento debe contener un análisis completo sobre todas las determinaciones vigentes, o sobre la imposición de nuevas limitaciones singulares, que impidan o limiten posibles derechos adquiridos a urbanizar o edificar, tal y como se indica en un informe.
El Plan General de Ordenación de Santa María de Guía cuenta con adaptación Plena al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales Protegidos. La Revisión de este PGO es para su adaptación plena o íntegra a la Ley de Directrices de Ordenación General y del Turismo de Canarias.
Modificación Puntual del Plan General de Ordenación de Telde relativa a la unidad de actuación Calero-4. Solicitud de exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental e Informe artículo 11 del TRLOTENC. Término municipal de Telde.- La Cotmac informó en sentido condicionado a que se cumplimenten determinadas cuestiones en la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación (PGO) de Telde relativa a la unidad de actuación Calero-4 y excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental la citada Modificación, al considerar que las afecciones que pudieran originarse por su desarrollo no tienen efectos significativos sobre el medio ambiente, y no haberse producido objeción por alguna de las administraciones consultadas.
Entre los condicionantes se indica que, toda vez que la totalidad del ámbito de estudio se encuentra incluido en las zonas de servidumbres aeronáuticas legales correspondientes al Aeropuerto de Gran Canaria, el Ayuntamiento de Telde deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el informe emitido por la Dirección General de Aviación Civil, según el cual la modificación podría ser informada favorablemente en caso de que el Ayuntamiento de Telde acredite, en relación con la unidad de actuación Calero-4, que los suelos incluidos en dicho ámbito de ordenación son suelos urbanos en el vigente planeamiento municipal y no se aumenta la altura máxima de las edificaciones permitidas respecto al planeamiento vigente.
El ámbito de actuación de la Modificación propuesta lo constituye la unidad de actuación denominada Calero-4 del PGO de Telde, y se redacta en ejecución de la sentencia firme del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 24 de septiembre de 2004, dictada en el recurso número 232/2002, según la cual se anula la ordenación asignada a la unidad de actuación Calero-4 reconociendo el derecho a que se redefina el aprovechamiento de acuerdo con las prescripciones legales y las cargas exigibles.
Tal y como se recoge en la Memoria del documento, en ejecución de la sentencia se establece una reordenación del suelo que constituye una nueva unidad de actuación y se propone la redelimitación del ámbito de actuación; la exclusión de la totalidad del suelo clasificado como rústico con la categoría de protección de entornos; la nueva ordenación pormenorizada del suelo urbano no consolidado, ajustando los aprovechamientos, reservas y estándares así como alineaciones; y el cambio del uso pormenorizado a dos lotes de suelo urbano consolidado situados en la manzana colindante en su lindero este, pasando de residencial a viario.
Se propone una nueva unidad de actuación de 10.831 metros cuadrados de superficie y con la misma denominación de Calero-4, cuya delimitación coincide con la parte de suelo urbano no consolidado en la vigente unidad de actuación.
Revisión Parcial del PGO de Ingenio. Solicitud de exoneración de Avance y exclusión del procedimiento de Evaluación Ambiental. Término municipal de Ingenio.- La Cotmac informó en sentido condicionado la Revisión Parcial del PGO de Ingenio, pues deben subsanarse determinados aspectos; informó exonerar del trámite de Avance la citada Revisión Parcial, pues las modificaciones propuestas no alteran de forma sustancial el modelo territorial; y excluyó del procedimiento de Evaluación Ambiental esta Revisión Parcial.
De manera paralela, la Comisión igualmente acordó que, conforme con lo especificado en un informe emitido por el Ministerio de Fomento, deberá solicitarse con carácter previo a la aprobación inicial el informe preceptivo, al estar el ámbito de las modificaciones afectadas por las servidumbres aeronáuticas y las del Aeropuerto de Gran Canaria.
En cuanto a los aspectos a subsanar de esta Revisión Parcial, se indica el deber de incluir un apartado en la Memoria del documento con el estudio económico financiero de estas modificaciones, ya que muchas afectan a variaciones en las calificaciones de suelo que se destinan a usos públicos, incluidos espacios libres.
También, entre otros asuntos, se advierte que, una vez aprobado inicialmente el documento, se debe solicitar informe al Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo.
El objeto de la Revisión Parcial del PGO de Ingenio es el ajuste de alineaciones y calificaciones, la corrección de errores materiales, el cambio de categorías y clasificaciones de suelos por el desarrollo de unidades de actuación, y resolución de problemas de gestión y ejecución del planeamiento detectadas a lo largo de la aplicación del mismo desde su entrada en vigor.