
El día 28 de octubre hay convocada una huelga estudiantil. Recordamos a las familias la información contenida en nuestro plan de convivencia en relación al derecho a la inasistencia colectiva recogida en el DECRETO 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias:
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Las decisiones colectivas de inasistencia a clase, como la huelga, solo podrán afectar al alumnado a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria. Estas no tendrán la consideración de falta de conducta ni serán objeto de medida prevista en el Título IV del Decreto de Convivencia, cuando hayan sido el resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro por escrito, al menos tres días antes del día propuesto para no asistir al instituto. Aquel alumnado que desee acudir al centro será atendido por el profesorado.
Todo el alumnado que no acuda al centro recibirá la falta de primera hora para que los familiares sepan si acude o va a secundar la huelga.






















