Protección de datos

La protección de datos personales es un derecho fundamental de las personas físicas amparado por el artículo 18.4 de la Constitución Española y regulado por el Reglamento Europeo 2016/679 y por la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Cualquier actividad que se realice con datos personales, sea de manera manual o automatizada, constituye un Tratamiento de datos, el cual debe hacerse conforme a la normativa vigente en matera de protección de datos. 

La recogida de datos para la matrícula, la actualización del expediente, la gestión de calificaciones, así como la captación de imágenes y voz del alumnado, son ejemplos de tratamiento de datos, y en todos ellos se debe garantizar la normativa vigente en materia de protección de datos.

Derecho a la educación digital

La educación digital es un derecho, artículo 83.1 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales modificado por la disposición final 4 de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre.  

El sistema educativo garantizará la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un consumo responsable y un uso crítico y seguro de los medios digitales y respetuoso con la dignidad humana, la justicia social y la sostenibilidad medioambiental, los valores constitucionales, los derechos fundamentales y, particularmente con el respeto y la garantía de la intimidad personal y familiar y la protección de datos personales. Las actuaciones realizadas en este ámbito tendrán carácter inclusivo, en particular en lo que respecta al alumnado con necesidades educativas especiales.