Archivo mensual: septiembre 2017

Atención a familias y días de libre disposición

Puede acceder al calendario de visitas de padres y días de libre disposición para el curso 2017-18 en el enlace http://www3.gobiernodecanarias.org/medusa/edublogs/iesprofesorjuanpulidocastro/familias/

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Programa de Desayunos Escolares

Se podrá beneficiar de este programa el alumnado matriculado en el curso escolar 2017/2018 en cualquier centro público de la Comunidad Autónoma de Canarias de Educación Infantil y/o Primaria, Educación Especial y alumnado de Enseñanza Secundaria Obligatoria cuyos ingresos familiares no excedan del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), teniendo en cuenta el número de personas que conforman la unidad familiar y que cumplan las condiciones establecidas en la Instrucción segunda.

Los ingresos de la unidad familiar de los beneficiarios de la subvención de desayunos escolares, no pueden exceder del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) establecidos en la Ley 11/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015 (BOE Nº 253 de 31/12/2014), que para dicho año es de 6.390,13 €. A partir del cuarto miembro este límite se incrementará en 1.600,00 euros por cada miembro computable adicional.

Para acogerse a la medida, deberá justificarse que los ingresos totales de la unidad familiar, no superan las cantidades citadas en el párrafo anterior, además de alegar situación económica crítica, que deberá acreditarse aportando, al menos, alguno de los siguientes documentos:

a) Certificado y/o informe de los servicios sociales municipales, en el que se refleje la situación socioeconómica actual de los miembros computables de la unidad familiar.

b) Certificado y/o Informe de alguna organización no gubernamental legalmente reconocida, en el que se haga constar si los miembros computables de la unidad familiar reciben ayudas básicas, de forma regular.

c) Certificado del Servicio Canario de Empleo en el que se hará constar la situación administrativa y laboral actual (ocupado o desempleado) y del Servicio Público de Empleo Estatal de ser o no beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo y, en su caso, su cuantía, de los sustentadores principales. No será necesaria la presentación de dicho certificado en el centro educativo cuando se haya autorizado a la Consejería de Educación y Universidades el acceso al Servicio Canario del Empleo y al Servicio Público de Empleo Estatal para su obtención.

Se deberá cumplimentar el impreso de solicitud cuyo modelo se adjunta (Anexo I Solicitud del alumno), y aportar la documentación que se indica en el mismo, presentándolo hasta el 26 de septiembre de 2017 en el propio centro. Toda la documentación aportada por las familias será custodiada por el centro educativo.

En el caso de solicitar que se bareme el criterio de renta y la situación de desempleo para la admisión y subvención, será obligatorio realizar las oportunas autorizaciones a la Consejería de Educación y Universidades para el acceso a los datos correspondientes, en el propio modelo de solicitud.

El alumnado solicitante que haya sido admitido al comedor en el curso escolar 2017/2018 como situación crítica (cuota cero), solo deberá presentar el impreso de solicitud del servicio de desayuno escolar.

Renta y miembros computables de la unidad familiar:

Para el cálculo de los ingresos de la unidad familiar se tendrán en cuenta las siguientes reglas:

Serán miembros computables de la familia, el padre y la madre, el tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, en su caso, que tendrán la condición de sustentadores principales, la persona solicitante y los hermanos y hermanas solteros menores de veinticinco años y que convivan en el domicilio familiar, o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado de convivencia correspondiente.

En el caso de divorcio, separación legal o de hecho de los padres no se considerará miembro computable aquél de ellos que no conviva con el solicitante de la subvención.

En los supuestos en los que el destinatario de la ayuda sea un menor en situación de acogimiento familiar, será de aplicación a la familia de acogida lo dispuesto en los párrafos anteriores.

El programa de desayunos escolares se iniciará el 2 de octubre de 2017.

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