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Solicitud de inasistencia por huelga estudiantil el día 15 de octubre de 2025

El próximo miércoles 15 de octubre está convocada una Huelga Estudiantil (promovida por el Sindicato de Estudiantes). Ante la solicitud de inasistencia de alumnado que desea acogerse a esta jornada, procede esta comunicación a las familias para que estén informados. La actividad del centro continuará con normalidad, salvo por la inasistencia del alumnado solicitante.


En relación con el derecho a inasistencia por motivo huelga estudiantil:

  1. El derecho a inasistencia se recoge en el artículo 10 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  2. En cualquier caso, el centro garantiza el derecho de quienes no deseen secundar la inasistencia a clase, y a permanecer en el mismo debidamente atendidos por el profesorado correspondiente. Por ello, la actividad del centro continuará con normalidad.
  3. A este derecho sólo podrán acogerse los estudiantes que se encuentren, al menos, en 3º ESO. Por tanto, el alumnado que curse actualmente 1º y 2º de ESO no podrá secundar la misma.

En relación con la justificación de la falta de asistencia:

  1. La solicitud de justificación de la falta de asistencia debe hacerla el representante legal (madre, padre o tutor legal del alumno o alumna), entregándola el alumno o alumna al tutor o tutora de cada grupo.

 

Visita de madres, padres (o tutores legales) con el tutor o tutora de cada grupo: martes 7 de octubre de 2025

Estimados padres/madres/tutores legales:

Les informamos que, una vez celebradas las sesiones de evaluación iniciales, tendrán lugar las reuniones de las familias con el tutor o tutora de su hijo o hija.

  • ESO: martes 7 de octubre de 2025 en horario de 17:00 a 18:00 horas.
  • Bachillerato: martes 7 de octubre de 2025 en horario de 18:15 a 19:15 horas.

Esta primera reunión se tratarán temas generales del grupo-clase en el que se encuentra matriculado su hijo o hija, así como información sobre el centro, aspectos generales sobre el grupo-clase, procedimientos para la justificación de faltas de asistencia, etc. Recuerde que su hijo o hija dispone de un correo electrónico educativo (respaldado por la Consejería de Educación). 

Asimismo, en la página web del IES Viera y Clavijo se indica cómo obtener (o regenerar, si ha caducado) el usuario y contraseña para acceder a las aplicaciones educativas (Pincel Ekade, AppFamilias, etc.).

Asimismo, también podrán solicitar información personalizada sobre la evolución de su hijo o hija mediante el procedimiento establecido (solicitud de cita al correo electrónico del centro o telefónicamente). Si la consulta requiriese un trato más directo, debido a alguna circunstancia que así lo requiriese, rogamos solicite cita previa con el tutor o tutora también a su correo electrónico (a partir de la próxima semana).

Asimismo, en la página web del IES Viera y Clavijo, en el menú FAMILIAS, dispone de información de especial relevancia (programación general anual, plan de acogida de alumnado y familias, datos de contacto, etc.) .

En relación con la visita, debe tener en cuenta que el instituto tiene un aparcamiento limitado (es prioritario que el profesorado pueda aparcar para poder atender a las familias) y que el centro también recibe alumnado en turno de tarde (Bachillerato Semipresencial).

Sin otro particular, reciban un cordial saludo.

El Equipo Directivo, el Claustro de Profesorado y el Personal de Administración y Servicios.

Solicitud de inasistencia por convocatoria de Huelga Estudiantil (2 de octubre de 2026).

El próximo jueves 2 de octubre está convocada una Huelga Estudiantil (promovida por el Sindicato de Estudiantes). Ante la solicitud de inasistencia de alumnado que desea acogerse a esta jornada, procede esta comunicación a las familias para que estén informados. La actividad del centro continuará con normalidad, salvo por la inasistencia del alumnado solicitante.


En relación con el derecho a inasistencia por motivo huelga estudiantil:

  1. El derecho a inasistencia se recoge en el artículo 10 del Decreto 114/2011, de 11 de mayo, por el que se regula la convivencia en el ámbito educativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.
  2. En cualquier caso, el centro garantiza el derecho de quienes no deseen secundar la inasistencia a clase, y a permanecer en el mismo debidamente atendidos por el profesorado correspondiente. Por ello, la actividad del centro continuará con normalidad.
  3. A este derecho sólo podrán acogerse los estudiantes que se encuentren, al menos, en 3º ESO. Por tanto, el alumnado que curse actualmente 1º y 2º de ESO no podrá secundar la misma.

En relación con la justificación de la falta de asistencia:

  1. La solicitud de justificación de la falta de asistencia debe hacerla el representante legal (madre, padre o tutor legal del alumno o alumna), entregándola el alumno o alumna al tutor o tutora de cada grupo.