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Declarada la idoneidad del uso de la RIC para construir una red privada de telescopios robotizados en el Teide

El proyecto prevé una inversión de 15 millones de euros y se ejecutará en suelo del IAC, que recibirá a cambio el 25% de los tiempos de observación

El Consejo de Gobierno declaró hoy la idoneidad del instrumento financiero presentado una empresa para la ejecución y explotación de una red privada de telescopios profesionales robotizados en el Observatorio del Teide, de modo que los inversores interesados en participar del proyecto podrán materializar fondos de la Reserva de Inversiones en Canarias (RIC). 

El proyecto, denominado Two-Meter Twin Telescope (TTT), prevé una inversión de 15 millones de euros y la explotación científica y económica de la red de telescopios, que se construirán en un plazo inferior a los a tres años y tendrán una vida útil superior a 30 años.

La actuación se formalizará a través de un convenio entre el Instituto de Astrofísica de Canarias (IAC), que cede el suelo a cambio de derechos de observación, y la sociedad promotora, RICTEL TTT, SA. Los telescopios se colocarán en suelo del IAC y éste recibirá el 25% de los Derechos de Tiempo de Observación (DTO).

La financiación del proyecto se realizará mediante la emisión por la entidad financiera M8 LAGUNA FCRE de un título valor destinado a suscribir una ampliación de capital, consistente en 150 acciones de RICTEL TTT. Cada una de las acciones a las que se destinan los recursos captados por M8 LAGUNA tendrá un valor nominal de un euro, plenamente desembolsado, y una prima de emisión de 99.999 euros por cada una de las acciones. La suscripción mínima por inversor con RIC será de 100.000 euros.

Por su parte, Light Bridges, SL, que es la entidad que ha presentado la solicitud al Gobierno, gestionará los permisos y licencias oportunas para asegurar su construcción en Tenerife. La instalación se realizará con pleno respeto medioambiental, con el objetivo de asegurar el cuidado y preservación del ecosistema de la isla de Tenerife.

La Ley económica del REF (Ley 19/1994, de 6 de julio, de modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias) prevé que las dotaciones de la RIC se puedan materializar en la suscripción de cualquier instrumento financiero emitido por entidades financieras, siempre que los fondos captados sean destinados a la financiación en Canarias de proyectos privados, cuyas inversiones sean aptas de acuerdo con lo regulado en el artículo 27.4.D.3º de la Ley, siendo preciso que las emisiones estén supervisadas por el Gobierno de Canarias y cuenten con un informe vinculante de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

El expediente incorpora el informe favorable de la AEAT, que considera que la inversión prevista y la forma de materializar la RIC es apta, estableciendo condiciones que deberá cumplir la inversión que se realice. La AEAT destaca que el papel de la sociedad vehículo RICTEL en la explotación de los Derechos de Tiempo de Explotación (elemento principal de la actividad a la que se dirigirá la inversión que se declara apta para la RIC) debe de ser un papel principal, preponderante y autónomo, y no que se traslade ese papel a la sociedad gestora Light Bridges, SL.

La Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias declara la idoneidad del instrumento financiero para materializar la RIC, mientras que la comprobación efectiva de la corrección de dicha materialización, principalmente en lo referente a la inversión que se va a financiar, corresponde a la AEAT.

 

 

 

 

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