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El Gobierno impulsa el proyecto de mediación familiar por derivación judicial

El Gobierno impulsa la mediación familiar por derivación judicial

Se pondrá en marcha en el partido judicial de Las Palmas de Gran Canaria y las partes podrán ser derivadas de forma inmediata, en el mismo momento en el que se celebra el juicio, a mediación

El Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, impulsará a partir del próximo 24 de febrero el proyecto de mediación familiar que posibilitará una derivación inmediata a la mediación en el mismo momento en el que las partes acuden a juicio, según explica la titular de la Dirección General, Marta Bonnet, quien informa de que además se ha mejorado la comunicación al abrir el acceso a la plataforma LexNET a este servicio.

A pesar de que desde el año 2009 la mediación estaba en funcionamiento, la experiencia a lo largo de esta década ha puesto de manifiesto la necesidad de incluir mejoras en este proceso, de modo que ahora se cuenta con un equipo específico de profesionales de la mediación, con formación, experiencia y profesionalidad contrastada; y se mejoran los mecanismos de derivación y comunicación con los órganos judiciales, detalla Bonnet, quien afirma que asimismo se potencia la información sobre la mediación en cualquier momento procesal, así como las derivaciones inmediatas a Sesiones Informativas de Mediación (SIM), dándose la circunstancia de que el mismo profesional que hace estas sesiones pueda llevar a cabo la mediación.

El actual proyecto de mediación, manifiesta, tiene como finalidad solventar las deficiencias localizadas. Así, se ha mejorado el servicio y la coordinación con los órganos judiciales, lo que posibilita ofrecer una mayor calidad del mismo a la ciudadanía

El servicio de mediación familiar se volverá a poner en marcha, de forma inicial, en el partido judicial de Las Palmas de Gran Canaria en el Juzgado de 1ª Instancia número 3, 5 y 15 de la capital, que son aquellos que tienen competencia sobre los asuntos familiares. Cada órgano judicial podrá derivar a SMI un día a la semana bien por medio de cita programada o por derivación inmediata.

Bonnet destaca la importancia de la mediación como un mecanismo complementario para la resolución alternativa de conflictos y para fomentar la resolución amistosa de disputas, ya que son las propias partes, orientadas por profesionales neutrales e imparciales, las que a través del diálogo buscan una solución a sus discrepancias.

Mediación familiar intrajudicial

La mediación familiar intrajudicial o por derivación judicial posibilita que, a pesar de ser un proceso contencioso, se dé la oportunidad a las partes de llegar a una solución consensuada por las mismas o, al menos, se reduzcan las materias en discordias o sirva para pacificar el conflicto.

En la mediación, la persona encargada- mediador o mediadora- actúa como facilitadora del proceso y vela por su legítimo funcionamiento, lo que proporciona que en este encuentro prime la equidad comunicativa, la libertad, la seguridad y la igualdad. En este proyecto, la selección del equipo de mediadores (formado por 33 personas y otras diez en lista de reserva con alto grado de especialización, experiencia y formación en la materia) se ha hecho de entre los especialistas inscritos en el Registro Público de Mediadores Familiares de la Comunidad Autónoma de Canarias en el partido judicial de Las Palmas de Gran Canaria.

Por lo general, a la persona mediadora que le corresponda las SIM tendrá un máximo de seis casos durante la mañana. Cuando se celebre la primera sesión se leerá y entregará a las partes el acta inicial donde se explican todas las características y las reglas para el correcto desarrollo del proceso de mediación y donde se concretará con las partes los aspectos a tratar, el orden de los mismos y la planificación de las sesiones necesarias. A partir de la firma de este documento y al tratarse ya de una sesión puramente de mediación, se comienza a trabajar sobre el primer tema propuesto.

Una vez se desarrolle la SIM conjunta, puede suceder que una o las dos partes opte por no iniciar un procedimiento de mediación; que una o las dos partes decida posponer la decisión sobre el inicio de un procedimiento de mediación; o que las dos partes elijan iniciar un procedimiento de mediación, formalizándose en el acto de la SIM la solicitud y acordándose la primera sesión.

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