Logo del Gobierno de Canarias

Sanidad comunica provisionalmente 2.891 casos de COVID-19 en las últimas 24 horas

Hasta hoy se ha realizado un total de 2.864.037 de pruebas diagnósticas en las Islas, de las que 9.194 se corresponden al día de ayer

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias comunica de manera provisional hoy 2.891 nuevos casos de coronavirus COVID-19. El total de casos acumulados en Canarias es de 185.717 con 65.299 activos, de los cuales 65 están ingresados en UCI y 480 permanecen hospitalizados. En las últimas horas se ha notificado el fallecimiento de nueve personas: seis en Tenerife, dos en Gran Canaria y una en Lanzarote, pendientes de validar por parte de la Dirección General de Salud Pública.

La Incidencia Acumulada a los 7 días en Canarias se sitúa en 1.229,21 casos por cada 100.000 habitantes y a los 14 días en los 1.800,64 casos por 100.000 habitantes.

Por islas, Tenerife suma hoy 1.048 casos con un total de 91.532 casos acumulados y 32.911 casos activos epidemiológicamente; Gran Canaria cuenta con 66.287 casos acumulados, 1.244 más que el día anterior, y 22.495 activos. Lanzarote suma 182 nuevos casos con 13.153 acumulados y 4.386 activos epidemiológicamente; Fuerteventura tiene 8.783 casos acumulados, con 176 casos nuevos y 3.430 activos. La Palma suma 186 nuevos positivos por lo que tiene 4.064 acumulados y 1.703 activos. La Gomera suma 38 nuevos casos, por lo que tiene 1.068 y sus activos son 217 y El Hierro suma 17 nuevos positivos, por lo que sus acumulados son 818 y tiene 149 casos activos.

Hasta hoy se ha realizado un total de 2.864.037 pruebas diagnósticas en las Islas, de las que 9.194 se corresponden al día de ayer.

La Consejería de Sanidad recuerda que estos datos publicados hoy en el portal de Grafcan son provisionales y están pendientes de validación por parte de los equipos de Salud Pública. De este modo, se sigue la dinámica del Centro Coordinador de Alertas y Emergencias que no recepciona por parte de las Comunidades Autónomas información epidemiológica los sábados, domingos y festivos.

Por ello, los datos contenidos en esta nota de prensa pueden sufrir variación una vez sean revisados epidemiológicamente y consolidados por la Dirección General de Salud Pública según los protocolos establecidos, por lo que en los próximos días pueden surgir discrepancias en la actualización de los datos contenidos en la web de Grafcan.

Etiquetas

Tenerife pasa mañana lunes a nivel de alerta 4 ante la evolución de sus indicadores epidemiológicos

El cambio de nivel entrará en vigor a las 00.00 horas de este lunes, quedando supeditado a posible revaluaciones periódicas. La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, en el nivel de alerta 4 queda limitada a un máximo de 6 personas, salvo convivientes. En las islas en nivel de alerta 4 el uso del certificado COVID es obligatorio para todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios

Tenerife pasa este lunes a nivel de alerta 4 ante la evolución de sus indicadores epidemiológicos, conforme al acuerdo adoptado el viernes por el Consejo de Gobierno de Canarias, en la actualización semanal de los niveles de alerta sanitaria, en base al informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública, sobre la evolución de los indicadores sanitarios por COVID-19.

Según este informe, Tenerife ha evolucionado sostenidamente en una tendencia alcista de los indicadores de incidencia acumulada en nivel de riesgo muy alto y los indicadores asistenciales han ido progresivamente situándose en un porcentaje de ocupación de camas de cuidados críticos, ya en la últimas semana, en nivel de riesgo muy alto.

Este cambio de nivel entrará en vigor a las 00.00 horas de este lunes, día 10 de enero, quedando supeditados a revaluaciones periódicas.

Medidas y restricciones en el nivel de alerta 4

Con este cambio de nivel, serán de aplicación las medidas establecidas para este nivel de alerta 4 en el Decreto Ley 11/2021, de 2 de septiembre, de medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias, que incluyen modificaciones puntuales para este nivel de alerta, que estarán en vigor hasta el 24 de enero.

Entre las principales medidas generales se recuerda que el aforo general, excepto para aquellas actividades o servicios en los que se establezca expresamente, en el nivel 4 de alerta se mantiene en el 33 por ciento del aforo al aire libre y del 25 por ciento en espacios interiores.

La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, en el nivel de alerta 4 queda limitada a seis personas como máximo, salvo convivientes. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido.

Hasta el día 24 de enero, el horario de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior se establece a la 00.00 horas.

En cuanto a las medidas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías, la ocupación máxima por mesa será de seis personas y se establece el cierre completo a la 00.00 horas. El aforo de estos establecimientos se sitúa en el 75 por ciento al aire libre y en el 33 por ciento en interiores. Estas medidas están en vigor hasta el 24 de enero.

En el nivel 4 de alerta, la práctica de la actividad física y deportiva no federada en instalaciones y centros deportivos tendrá un aforo de público del 33 por ciento al aire libre y del 25 por ciento en interiores, en grupos máximos de seis personas, salvo convivientes. Los aforos de público serán del 50 por ciento en espacios abiertos y el 33 por ciento en recintos cerrados. No se permiten actividades de combate o de otro tipo en los que se requiera contacto físico interpersonal continuado con el adversario. Durante la realización de la actividad se mantendrá la distancia interpersonal de 2 metros y será obligatorio el uso de mascarilla durante la práctica deportiva o actividad, salvo las excepciones previstas en el artículo 9 del Decreto Ley.

Hasta el 31 de enero, en el transporte público regular terrestre, urbano y metropolitano el aforo será del 75 por ciento, tal como se aprobó en la sesión del Consejo de Gobierno del 16 de diciembre.

Desplazamientos interinsulares

La normativa vigente deja en suspenso la aplicación del apartado que establece que los viajeros de 12 o más años procedentes de islas que se encuentren en nivel de alerta 4 que se desplacen a otras islas deberán acreditar la realización, en el plazo máximo de las 48 horas previas a su llegada, de una prueba diagnóstica de infección activa para SARS-CoV-2 con resultado negativo, salvo los supuestos y excepciones contemplados en la norma.

Certificado COVID obligatorio

La Consejería de Sanidad recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ratificó la implantación obligatoria del certificado COVID para todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios en las islas que se encuentren en niveles de alerta 3 y 4.

Esta obligatoriedad afecta a los establecimientos y actividades sujetos a límites horarios y de aforos en las islas en niveles 3 y 4 y no permite que éstos pueden beneficiarse de aplicar medidas del nivel inferior como venía sucediendo cuando el uso del certificado covid se mantenía como voluntario en las islas en niveles de alerta 1 y 2.

Por lo tanto, el acceso de usuarios de más de 12 años y 3 meses a determinados establecimientos, instalaciones o actividades requerirá la acreditación de ausencia de infección activa de COVID-19, mediante la presentación de resultado negativo de una PDIA (prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19) realizada en laboratorio legalmente autorizado con una antelación máxima de 48 h, no siendo admisibles pruebas de autodiagnóstico.

Esta acreditación podrá ser sustituida a opción del interesado, por la acreditación de vacunación contra COVID-19 certificada oficialmente la pauta completa de la misma, a partir de los 14 días posteriores a la administración de la última dosis de la pauta completa, o bien por la acreditación de haber pasado la enfermedad entre los 11 y los 180 previos, mediante certificación oficial. La presentación en soporte digital o papel se hará a las personas designadas para el control de accesos por el titular o responsable del establecimiento o actividad.

Etiquetas

La Palma, Lanzarote y La Graciosa pasan mañana lunes a nivel de alerta 3 ante la evolución de sus datos

El cambio de nivel entrará en vigor a las 00.00 horas de este lunes, quedando supeditado a posible revaluaciones periódicas. La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, en el nivel de alerta 3 queda limitada a un máximo de 6 personas, salvo convivientes. En las islas en nivel de alerta 3 el uso del certificado COVID es obligatorio para todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios

La Palma, Lanzarote y La Graciosa pasan este lunes a nivel de alerta 3 ante la evolución de sus indicadores epidemiológicos, conforme al acuerdo adoptado el viernes por el Consejo de Gobierno de Canarias, en la actualización semanal de los niveles de alerta sanitaria, en base al informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública, sobre la evolución de los indicadores sanitarios por COVID-19.

Estas islas se encuentran en una situación de riesgo de transmisión elevado, por empeoramiento muy brusco de la situación epidemiológica con un incremento exponencial de la Incidencia Acumulada a 7 días en la última semana.

Este cambio de nivel entrará en vigor a las 00.00 horas de este lunes, día 10 de enero, quedando supeditados a revaluaciones periódicas.

Medidas y restricciones en el nivel de alerta 3

Con este cambio de nivel, serán de aplicación las medidas establecidas para este nivel de alerta 3 en el Decreto Ley 11/2021, de 2 de septiembre, de medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias.

Entre las principales medidas generales se recuerda que el aforo, excepto para aquellas actividades o servicios en los que se establezca expresamente, en el nivel 3 de alerta se mantiene en el 50 por ciento del aforo al aire libre y del 33 por ciento en espacios interiores.

La permanencia de grupos de personas en espacio de uso público y privado, cerrados o al aire libre, en el nivel de alerta 3 queda limitada a seis personas como máximo, salvo convivientes. En el caso de que el grupo esté constituido por convivientes y no convivientes, no se sobrepasará el número máximo de personas establecido.

El horario de cierre en establecimientos y actividades que con anterioridad a la pandemia no tuvieran fijado un horario de cierre o tuvieran fijado uno superior se establece a la 01.00 horas.

En cuanto a las medidas para actividad de hostelería, restauración y terrazas, bares y cafeterías, la ocupación máxima por mesa será de seis personas y se establece el cierre completo a la 01.00 horas. El aforo de estos establecimientos se sitúa en el 75 por ciento al aire libre y en el 40 por ciento en interiores.

En el nivel 3 de alerta, la práctica de la actividad física y deportiva no federada en instalaciones y centros deportivos tendrá un aforo de público del 50 por ciento al aire libre y del 33 por ciento en interiores, en grupos máximos de seis personas, salvo convivientes. No se permiten actividades de combate o de otro tipo en los que se requiera contacto físico interpersonal continuado con el adversario. Durante la realización de la actividad se mantendrá la distancia interpersonal de 2 metros y será obligatorio el uso de mascarilla durante la práctica deportiva o actividad, salvo las excepciones previstas en el artículo 9 del Decreto Ley.

Hasta el 31 de enero, en el transporte público regular terrestre, urbano y metropolitano el aforo será del 100 por cien, tal como se aprobó en la sesión del Consejo de Gobierno del 16 de diciembre.

Certificado COVID obligatorio

La Consejería de Sanidad recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias ratificó la implantación obligatoria del certificado COVID para todos los sectores que estén sometidos a restricciones de aforo u horarios en las islas que se encuentren en niveles de alerta 3 y 4.

Esta obligatoriedad afecta a los establecimientos y actividades sujetos a límites horarios y de aforos en las islas en niveles 3 y 4 y no permite que éstos pueden beneficiarse de aplicar medidas del nivel inferior como venía sucediendo cuando el uso del certificado covid se mantenía como voluntario en las islas en niveles de alerta 1 y 2.

Por lo tanto, el acceso de usuarios de más de 12 años y 3 meses a determinados establecimientos, instalaciones o actividades requerirá la acreditación de ausencia de infección activa de COVID-19, mediante la presentación de resultado negativo de una PDIA (prueba diagnóstica de infección activa de COVID-19) realizada en laboratorio legalmente autorizado con una antelación máxima de 48 h, no siendo admisibles pruebas de autodiagnóstico.

Esta acreditación podrá ser sustituida a opción del interesado, por la acreditación de vacunación contra COVID-19 certificada oficialmente la pauta completa de la misma, a partir de los 14 días posteriores a la administración de la última dosis de la pauta completa, o bien por la acreditación de haber pasado la enfermedad entre los 11 y los 180 previos, mediante certificación oficial. La presentación en soporte digital o papel se hará a las personas designadas para el control de accesos por el titular o responsable del establecimiento o actividad.

Etiquetas