La Dirección General de Modernización realiza el primer diagnóstico en su labor inspectora de los servicios públicos para evaluar la aplicación del decreto por los centros directivos
La Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, que dirige Nieves Lady Barreto, impulsará medidas correctoras en la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo en la Administración Pública para mejorar su cumplimiento y apremiará a los centros directivos a reforzar su aplicación. Estas son algunas de las conclusiones que forman parte del primer diagnóstico sobre la implantación del teletrabajo realizado por la Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios, en su labor inspectora, para evaluar el nivel de ejecución de los centros directivos en el cumplimiento del Decreto 74/2023, detectar disfuncionalidades en el sistema y realizar las recomendaciones que redunden en una mayor eficiencia.
La directora general de Modernización, Juana María Reyes, ha destacado la voluntad de este Gobierno por la autoevaluación como herramienta eficaz para mejorar en la ejecución de las normas “y cambiar lo que no funciona” porque nos aporta información valiosa de las carencias en su aplicación por los centros directivos, a los que solicitaremos mayor implicación porque son ellos los que deben autorizarlo y velar porque sea conforme al decreto.
Los aspectos inspeccionados han sido organizativos, como son la existencia o no de los planes individualizados de trabajo; procedimiento de autorización del teletrabajo, si existe o no solitud y su mecanismo de autorización; y del sistema de control existente en el centro directivo, como es la comprobación del cumplimiento de la jornada y la localización telefónica permanente.
La evaluación se ha realizado en todos los departamentos y sus organismos autónomos y entidades de derecho público vinculadas o dependientes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en una muestra que ha incluido, al menos, un centro directivo de cada uno de ellos.
De los resultados obtenidos se detecta por parte del equipo inspector los siguientes aspectos: aceptable cumplimiento de la presencialidad en la oficina, y del teletrabajo en los días formalmente autorizados; inadecuada definición en las instrucciones dictadas por los centros directivos de las limitaciones y requerimientos a la autorización de teletrabajo para su adaptación a la situación concreta del centro; escaso control del cumplimiento de los requisitos previstos en el Decreto 74/2023 y la existencia de escaso tiempo para la respuesta por parte de la Administración a la solicitud ante el sentido positivo del silencio otorgado en el decreto. Además, se recoge un alto nivel de desconexión y de desatención telefónica entre el personal que teletrabaja y un generalizado incumplimiento de contar con un plan de trabajo personalizado, o insuficiencia en los elaborados.
Todo esto lleva a plantear una serie de actuaciones a realizar para que el teletrabajo se aplique garantizando el sentido de la ley, como una posibilidad de la organización del trabajo sujeta al interés general y en todo caso cumpliendo con la prestación de servicios. En este sentido se propone ampliar el plazo máximo para resolver la solicitud con el objetivo de realizar los planes de trabajo; cambiar el sentido del silencio administrativo a negativo para que no exista teletrabajo sin autorización expresa; establecer, como requisito previo a la autorización del teletrabajo, la conexión telefónica del empleado por medio de las aplicaciones corporativas; revertir las autorizaciones que no cumplan con las condiciones establecidas en caso de que no sean regularizadas, y continuar con el desarrollo de los talleres contemplados en el Plan formativo del ICAP en el año 2025, dirigido a los responsables de unidad con el objetivo de facilitar la elaboración de los planes de trabajo.