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Administraciones Públicas somete a consulta pública la modificación de la Ley de Juegos y Apuestas

Fase de consulta pública previa de la modificación de la Ley 8/2010 de Canarias

La ciudadanía ya puede formular sugerencias, hasta el 6 de octubre, a través del acceso web para la Participación Ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa.

La Consejería de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad ha abierto la fase de consulta pública previa de la modificación de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas con la finalidad de que la ciudadanía realice sus aportaciones a la nueva legislación. Para ello contará con un plazo de 20 días hábiles, contados desde el 16 de septiembre, por lo que acaba el 6 de octubre, en el que cual puede formular las sugerencias que estime oportunas a través del acceso web para la Participación Ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa.

Esta modificación legal pretende dar cumplimiento a la Resolución 10L/PNLP-065 del Parlamento de Canarias sobre regulación efectiva del juego y las apuestas en Canarias contra las adicciones en la que, entre otras cuestiones, se insta al Gobierno de Canarias a regular con eficacia la prohibición de acceso de los menores de edad y demás colectivos necesitados de especial protección a los diferentes establecimientos de juego. Asimismo, la citada iniciativa legislativa pretende incorporar medidas complementarias en materia de juego responsable.

Los objetivos que se persiguen con la modificación de esta ley, además de otras cuestiones que pudieran surgir durante su tramitación, son tanto dar cumplimiento al mencionado mandato parlamentario, como también, y en el marco del principio general de juego responsable, proteger a los colectivos más vulnerables mediante la regulación, entre otras, de las siguientes determinaciones: la relación de personas que tienen prohibido su participación en los juegos y apuestas; la inclusión de nuevas determinaciones en materia de publicidad, patrocinio y promoción; la regulación legal tanto del Registro de Prohibidos como del Registro de Personas Vinculadas a Operadores de Juego; el análisis de los aspectos a tener en cuenta por el Gobierno a la hora de llevar a cabo la planificación de los juegos y apuestas, así como la regulación en la propia Ley, no solo de una distancia mínima entre locales de juego y centros docentes o de atención a menores, sino también entre los propios establecimientos de juego; y, como complemento de todo lo anterior, la revisión de los tipos infractores y de las sanciones derivadas de los mismos.

El pasado mes de marzo el Boletín Oficial de Canarias publicó el Decreto ley 3/2020, de 5 de marzo de suspensión de títulos habilitantes de nuevos locales de juegos y apuestas, por el que se suspendía durante los siguientes 18 meses la presentación de solicitudes de instalación, apertura y funcionamiento de nuevos salones recreativos y de juegos y locales de apuestas externas mientras se tramite la modificación de la Ley 8/2010, de 15 de julio, de los Juegos y Apuestas, y del nuevo Decreto de Planificación de Juegos y Apuestas en Canarias. Asimismo, se suspendió el otorgamiento de nuevas autorizaciones de espacios de apuestas externas en casinos y salas de bingo.

Según señaló el consejero de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, Julio Pérez, la nueva planificación del juego y las apuestas en Canarias deben ser afrontadas tomando en cuenta los datos disponibles y la participación de todas las partes implicadas a fin de abrir un debate sosegado y riguroso, pero priorizando en todo caso la salvaguarda de menores y demás colectivos necesitados de especial protección.

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Abierta la consulta pública para realizar aportaciones a la iniciativa reguladora de los PEF

Abierta la consulta pública para el reglamento de los PEF

La propuesta tiene como fin acabar con una legislación dispersa e incompleta y evitar los vacíos legales, y las contribuciones a la misma se podrán realizar hasta el 20 de marzo

La web de Participación Ciudadana del Gobierno de Canarias ha abierto la consulta pública previa para recabar la opinión de personas y organizaciones interesadas y potencialmente afectadas por la futura iniciativa reguladora de los Puntos de Encuentro Familiar (PEF), elaborada de forma conjunta entre las Consejerías de Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad y de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud. El plazo para realización de aportaciones finaliza el 20 de marzo de 2020.

La iniciativa normativa tiene como objeto acabar con una legislación dispersa e incompleta y evitar los vacíos legales, y tiene como objetivos fundamentales llevar a cabo la ordenación del régimen de organización, funcionamiento y gestión de los PEF en Canarias, los requisitos de acceso y permanencia de las personas usuarias al mismo, fijar el plazo máximo de duración de la atención y las causas de finalización de la intervención, así como la cualificación profesional del personal que presta sus servicios en los mismos.

El PEF es un recurso social especializado que ofrece un espacio neutral e idóneo en el que, con el apoyo de un equipo técnico multidisciplinar, se facilite la relación de los niños, niñas y adolescentes con sus progenitores y demás integrantes de la familia en situaciones de conflictividad familiar o cuando la relación se encuentra interrumpida o dificultada, realizándose en los mismos un programa individualizado de intervención.

Más funciones

Con esta normativa, se pretende un concepto de PEF que no se limite, únicamente, a ser un medio para garantizar el cumplimiento de un concreto régimen de visitas impuesto por una autoridad judicial. Esta será una de las funciones a cumplir, pero, junto a ella, debe atenderse también a las derivaciones provenientes de los órganos administrativos que, en el ejercicio de su competencia en materia de tutela, asistencia y protección de niños, niñas y adolescentes, consideren necesaria una específica intervención familiar ante una situación de dificultad en este entorno.

Además, dado que la regulación de un recurso como los PEF tiene una clara incidencia de género, pues enlaza directamente con él ámbito de educación, cuidado y protección de las personas menores de edad, se propone una norma en la que la perspectiva de género actúe como un principio informador de todas y cada una de las intervenciones que se produzcan en el centro. Asimismo, se entiende que debe abordar también la realidad de la violencia machista.

Se estima igualmente necesario que profesionales del equipo técnico que actúen en los PEF cuenten con formación específica en materia de género desde posicionamientos que engloben el respeto y atención a la diversidad.

Según recoge el informe sobre la iniciativa, la necesidad de establecer Puntos de Encuentro Familiar, como recurso social especializado, deriva tanto de instrumentos normativos internacionales como de la propia legislación española y, específicamente, de la legislación vigente en la Comunidad Autónoma de Canarias.

No obstante, Canarias no ha desarrollado una regulación jurídica específica, como si acontece en otras Comunidades Autónomas, lo que ha generado importantes lagunas jurídicas que hacen necesaria una inmediata regulación normativa con el fin de acabar con una legislación dispersa e incompleta y evitar los vacíos legales que, ante la importancia y trascendencia del recurso al que afectan, no pueden cubrirse con meras directrices o protocolos de actuación.

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