Este documento ha sido el fruto de numerosos talleres participativos y reuniones presenciales con la población palmera afectada
El texto, compuesto por 20 artículos y diferentes disposiciones, deberá ser aprobado definitivamente por el nuevo Gobierno, que tomará posesión en las próximas semanas
El consejero en funciones de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias, José Antonio Valbuena, ha presentado este viernes, 7 de julio, el último borrador del ‘Decreto Ley de recuperación de la situación de normalidad residencial en la isla de La Palma tras la erupción del volcán Cumbre Vieja’.
Este documento, compuesto por 20 artículos y diferentes disposiciones, ha sido fruto del consenso con los vecinos y vecinas de los municipios implicados en este proceso eruptivo. A través de 26 talleres participativos a los que han asistido más de 1.200 personas, así como la atención presencial e individualizada a más de 900 personas en las oficinas de Gesplan en La Palma, se ha logrado recabar la opinión y las aportaciones de las personas perjudicadas por la erupción.
Esta última versión del Decreto Ley, que estará disponible próximamente en la página web https://lapalma.planderecuperaciondecanarias.es/prclp/, deberá ser aprobada de forma definitiva y publicada en el Boletín Oficial de Canarias por parte del próximo Gobierno de Canarias, que tomará posesión en las próximas semanas.
Valbuena señaló que “el objetivo prioritario de este texto es permitir la ordenación estructural y pormenorizada de los ámbitos de recuperación residencial y el restablecimiento definitivo de los medios de vida y la condición sociocultural y económica de las personas afectadas”.
“Este último borrador es la octava versión realizada. La primera versión tenía como objetivo contestar a las dudas e inquietudes de las personas afectadas, cosa que en este último borrador se ha conseguido tras el trabajo realizado con representantes de las y los afectados en un trabajo conjunto del Gobierno de Canarias y la ciudadanía”, explicó el consejero en funciones.
Valbuena añadió que con la aplicación de este Decreto Ley “se traza una hoja de ruta marcada con tiempos, que es algo que las personas afectadas venían demandando. Tan pronto se apruebe, se puede comenzar a construir en aquellas zonas de coladas que mantienen los servicios de carreteras, principalmente en los bordes de coladas”.
Además, Valbuena aclaró que el Decreto permite a aquellas personas afectadas en los ámbitos en los que hay zonas con menos de 10 metros de colada volver a recuperar la vivienda que tenían en el mismo lugar, mientras que también será posible vender la propiedad a la administración pública por el valor de mercado anterior a la erupción.
Uno de los aspectos destacados de este Decreto Ley es la creación de la Agencia de Gestión de la recuperación de la situación de normalidad en La Palma (AGESNORM), como organismo público de naturaleza consorcial, a la que se podrán incorporar la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Administración Pública del Estado, el Cabildo Insular de La Palma, los ayuntamientos de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte, así como los representantes de las personas, colectivos y sectores afectados. En esta agencia las administraciones y la población tendrán la misma cuota de representación y deberá estar constituida antes del 31 de diciembre de este año.
Todas las entidades públicas implicadas tienen que destinar en sus créditos presupuestarios partidas específicas para el sostenimiento en común de la Agencia y de sus funciones. La sede oficial de esta Agencia siempre estará en la isla de La Palma.
Entre otros objetivos de la AGESNORM, se establece que dicho ente deberá ordenar el ámbito de recuperación de la normalidad, formular los proyectos de reposición y de reparcelación y derivados de dicha ordenación, realizar obras de infraestructura urbanística o de edificación, o elaborar cuantos estudios y trabajos sean necesarios para llevar a cabo esta recuperación. Así mismo, ordenará las zonas para la recuperación residencial que se dividen entre los bordes de colada, zonas con menos de 10 metros de colada y otras futuras parcelas condicionadas por el enfriamiento de la colada.
En el articulado del Decreto Ley también se reseñan otros aspectos fundamentales como la ejecución urbanística en el ámbito residencial, especificando que las obras de urbanización de los ámbitos de recuperación se ejecutarán por la Agencia de Gestión y serán financiadas por todas sus administraciones integrantes.
Por otro lado, se recogen los criterios que se aplicarán a la hora de adjudicar parcelas con aprovechamiento edificatorio dentro de los ámbitos de recuperación. En el caso de las personas propietarias de viviendas habituales, se incluyen criterios sociales, sociofamiliares y urbanísticos, sin perjuicio de la prevalencia de los criterios sociales.
En el caso de la venta o recepción voluntaria de parcelas urbanizadas, las personas propietarias de terrenos en los que se hubiera ejecutado una edificación, destruida o afectada por la erupción volcánica, o de terrenos situados en los ámbitos de recuperación residencial que tuvieran edificabilidad prevista, podrán vender los mismos a la AGESNORM por su valor de mercado a fecha de 18 de septiembre de 2021.
También se hace referencia a la posibilidad de obtener, a través de permuta, una parcela urbanizada con aprovechamiento en los ámbitos de recuperación de acuerdo con magnitudes tales como la edificabilidad equivalente a la prevista por el planeamiento aplicable para la respectiva parcela o la edificabilidad materializada en la edificación destruida o afectada.
El Decreto Ley refleja que las parcelas de titularidad pública delimitadas en uno de sus anexos se destinarán a la ejecución de vivienda pública para las personas propietarias de terrenos en los que se hubiera ejecutado una edificación, en situación legal o asimilada a la misma, destruidas o afectadas por la erupción. La adjudicación de estas viviendas tendrá lugar teniendo en cuenta la composición de la unidad familiar o de convivencia y los ingresos de la misma.
Del mismo modo, en caso de que se agoten las bolsas de suelo dentro de la colada y las parcelas para la construcción de vivienda pública, y en caso de que resultara indispensable la obtención de nuevo suelo para la reubicación de personas afectadas, se procederá a la delimitación y ordenación de nuevos ámbitos a través de Proyectos de Interés Autonómico o Insular que elabore la Consejería del Gobierno de Canarias con competencia en materia de ordenación territorial o el Cabildo Insular de La Palma, respectivamente.
El texto también hace referencia a particularidades específicas de municipios, como es el caso de los asentamientos rurales de Cabrejas, Paradiso y Las Norias, delimitados en el Plan General de Ordenación de Tazacorte, cuyas parcelas mantendrán su delimitación original. Asimismo, se reconoce el derecho de la recuperación de la edificabilidad materializada o prevista a fecha del 18 de septiembre de 2021 en el asentamiento rural de El Pampillo y Todoque y suelo urbano limítrofe al camino El Pampillo. También se establece el régimen urbanístico que es de aplicación a las zonas de restablecimiento en borde de colada.
Valbuena adelantó que, en todo caso, se podrá empezar a construir en aquellos suelos con servicios habilitados a partir del año que viene. El consejero en funciones también aprovechó la ocasión para destacar la labor desarrollada por el equipo multidisciplinar implicado en el proceso de participación ciudadana y en diferentes labores relacionada con este Decreto Ley, formado por las empresas públicas Gestur, Gesplan y Grafcan.